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4 4 e imitar- la discreción y prudencia de nuestros Superiores Generales en semejantes circunstancias, mandamos a todos los Padres Provinciales, Definidores, Custodios, Guardianes, Presidentes y Vicarios, que antes de dos días, y en carta cerrada y se­ creta, nos envíen los nombres de los que crean según Dios más aptos para Provincial, Definidores y Custodios Generales, y en una nota especial, los que más a propósito juzguen para Superiores locales. Lectores y Maestros; declarando que, en virtud de las mismas facultades y dado el escaso número de sacerdotes, podrán ser reelegidos en todo o en parte, según se juzgue conveniente o oportuno, los Superiores actuales. Los demás sacerdotes profesos solemnes podrán también indicarnos en carta igualmente privada el nombre de los que según Dios les parecieren más dignos para los mencio­ nados oficios. III. Como por ahora no podremos visitar todos los Conventos, queremos que to­ dos los Religiosos a quienes personalmente no hayamos oído, nos manden en carta se­ creta y cerrada, que a nadie habrán de comunicar, cuanto justo y útil crean decirnos com o "si por sí mismos nos hablasen. Les exhortamos que en cuanto nos escriban sean sinceros, justos, caritativos, mansos, modestos y humildes, y den todos la carta cerrada al P. Guardián o Superior local, el cual reuniéndolas todas en un sobre fuerte y debi­ damente sellado y certificado nos las mandará antes de dos días. Y para todo esto, damos a Superiores y súbditos el mérito de la santa obediencia. IV. Como en tiempo de renovación de Superiores no faltan algunas renuncias temporales o perpetuas, advertimos anticipadamente que deben presentarse antes de las elecciones; por tanto, no tendremos en cuenta sin grave necesidad las renuncias que después de las elecciones alguien presentare, y aun en las primeras preferiremos siempre lo que convenga al bien común, antes que el consuelo a que aspira el particu­ lar o renunciante. V. Mandamos, además, a los Superiores Provinciales y locales que en asuntos de importancia y en cambios personales nada resuelvan sin nuestra aprobación; pero los súbditos deberán en todo caso atenerse a lo que les digan sus Superiores inmediatos. Les bendecimos de lo íntimo de nuestro corazón y nos encomendamos en sus oraciones. Dado en nuestro convento de Orihuela, a los 6 de diciembre de 1892. Fr. José Calasanz de Llevaneras Visitador General L+ S Por mandato de S. P. Rma. Fr. Ruperto M\ de Manresa, Serio. P. D.: Las cartas a Barcelona. [La postdata no está en la carta autógrafa]. (A continuación de esta carta, escrita con otra letra se encuentra la siguiente nota:)

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