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6 6 quienes parece que se aconseja. Aquellos que sostienen el derecho de los legítimos Definidores son objeto de la más viva persecución por parte del Rmo. P. Comisario, y los Definidores mismos nombrados por la Santa Sede sufren iguales violencias. A esto hay que añadir otra cosa aún más grave. El Rmo. P. Comisario dice sin ambages que sólo él es oído en Roma, que sólo él es creído, y que todos los Religiosos que acudan a los Superiores Mayores de la Orden en quejas contra él, serán considerados como dís­ colos v sediciosos. El pésimo efecto que estas doctrinas están causando no es necesario ponderarlo, porque por sí mismo se deja comprender. Este triste estado de cosas in­ terno se trasluce al exterior con hechos que nos hunden en el descrédito. Las luchas con el Exmo. Sr. Arzobispo de Valencia, la fundación de Lucena, en el Obispado de Córdoba, el ruidoso asunto del P. Mollina, las misiones fracasadas en el mes anterior en este mismo Obispado, cosas que ya había sucedido en Zaragoza, Calatayud y Carmona, y otros hechos que podría consignar, efecto de la inobservancia de los Decretos tomados de común acuerdo en las Definiciones celebradas en los primeros tiempos, hacen indiscutible mi aserto. Para remediar tan graves desórdenes se ha pedido al Rmo. P. Comisario por los mismos Definidores que reúna la Definición, que si no quiere reunirse con ellos haga se nombren, en debida forma, otros Definidores, de modo empero que no se gobierne por si solo, ni se aconseje sólo con los religiosos que le son afectos, y que no tienen ninguna responsabilidad, o bien que convoque un Capítulo en el que asistan todos los religiosos que tienen derecho a asistir. Mas el Rmo. P. Comisario se niega a todo, y continúa su marcha con gran de­ trimento de la paz y legítimos intereses de la Orden. Suplico humildemente a S. E. lima, que, como representante de la Santa Sede, por cuyo Decreto fueron nombrados tanto el Rmo. P. Comisario como los Rmos. Definidores, intervenga en este asunto, y ponga dichoso fin al gran cisma que nos per­ turba, y que tantos males nos causa, antes que perezcamos en el descrédito. Dios guarde a S. E. lima. m[uchos] a[ños]. Fr. Cayetano de Igualada. Pamplona y Noviembre 15 de 1884. Al Exmo. Sr. Nuncio Apostólico de Madrid. * * * * IDENUNCIA CONTRA ELP. COMISARIO JOAQUIN DE LLEVANERAS ANTE ELMINISTRO GENERAL (8 diciembre 1884)] Rme. Pater: Non libenter, sed magno taedio affectus et quadam necessitate compulsus has litteras tibi scribo ut notum Tibí faciam quidquid inter nos versatur magno, uti conji- cere licet, omnium maerore. Si res superficialiter inspiciatur videntur omnia recto tratime currere, omnia esse in pace, velociterque pergere ad magnam prosperitatem. Verum si res non forinsecus sed intrinsece pensatur ut par est; nam, nopn quid appa- rent, sed quid sint in se ipsis considerata, scire oportet, lucctuossum esse rerum nos- trarum statum, a nemine in dubium revocabitur. Non tranquilitate gaudemus, sed valida tempestate jactamur, a duobus fere abhinc annis. Causa adeo lacrymossae per- turbationis, est scissio de die in dies magis suvrescens inter Rmo. P. Comissarium et

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