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bilingües y valorado de acuerdo a normas técnicas y a las realidades indígenas de la zona por FCUNAE y el Vicariato Apostólico de Aguarico. 3.- 4.- . .. 5.-Que se nos autorice la creación de Escuelas Bilingües lnterculturales en las Comunidades de Minorías étnicas de Sionas, Secoyas, Cofanes, Huaorani y Quichuas que deseen, hasta cubrir la Primaria completa bilingüe como es su derecho inalienable y presenta mejores oportunidades para el aprendizaje de la lengua oficial de castellano sin complejos de inferioridad, muy frecuentes en las escuelas de cultura envolvente a las que se ven obligados a asistir los niños de estas minorías étnicas. Quito, Arch. Procura Aguarico, Asuntos indigenistas. 15. MONS. LABAKA/ JEFATURA ZONAL DEL IERAC Coca 23 de septiembre de 1986. Después de u1111 refcrencin n 111111 visitn personal y a la legislaci611 del Estado, pre– s1•11ta esta so/icit11d para q11e se reconozca el derecho de Posesión milenaria n los aboríge– nes Hunor1111i del Yasrmí. Incluye copia de otros documentos en los q11e se razona esta 11ost11ra de la Iglesia y de la Misión Cap11clrht11 de Aguarico. ... De acuerdo a nuestra grata entrevista y teniendo en cuenta el Acuerdo Ministerial N 0432 del Ministerio de Agricultura y Ganadería, como también el Aviso de los días 29, 30 de junio y del primero de julio de 1986, tengo la sa– tisfacción de presentar la siguiente solicitud para que se reconozca el derecho de Posesión Pacífica Milenaria de los aborígenes Huaorani de Yasuní, así co– mo también de los Tagaeri y otros grupos Huaorani. No es la primera vez que, en nombre de Ja Iglesia y de la Misión Capuchi– na de Aguarico, hacemos esta solicitud. Al intensificarse estos últimos años los trabajos exploratorios en la zona repetidamente insistimos ante los organismos del Estado para que se respeten los Derechos Humanos de estos grupos étni– cos minoritarios en peligro de extinción fisica. Adjunto encontrará Ud. copia de nuestra argumentación y también un proyecto aproximativo de los límites que se les pudieran asignar a estos hermanos ecuatorianos totalmente margi– nados, dignos de mejor suerte. Solicitamos que conforme a los Articulos 102 y 103 del Reglamento Gene– ral de Aplicación de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, se haga justicia a estos héroes que han mantenido nuestros de– rechos amazónicos, dándoles l9s títulos en forma global comunitaria de sus te– rritorios históricos, deslindándolos del Patrimonio Forestal y del Parque Na– cional Yasuní. Esperando que sea escuchada esta voz de la Iglesia en favor de ''los sin voz" en el Ecuador. Coca, Arch. Vicar. Apost. Aguarico, Asuntos indigenistas. 191

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