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26 lida ,i licita. Díxe: no lo fue enel pri» mer cafo, porque las leyes irritantes (qual es efta) comprehenden en comun fentir de Theologos , i Canoniftas a los que per accidens las ignoran; i que uno, 0 otro, elte, 0 aquel haya eltado ignorante de ella , no quita que dicha lei tenga, 1 de» ba tener en el cafo puefto toda fu fuerza, Hoi ya fi hai alguna ignorancia en los Có> fellores , es vencible, crafla, i afeótada; pero fi en algun cafo ahora , 0 antes ( de£ de el tiempo obligatorio 4 queda dicho ) con conciencia erronea invencible confef só ,¡abfolvió a fu complice, que inven> ciblemente tambien juzgó podia fer-ab- fuelto por el tal Confefior , deberá ebt:1 Confeflor tomar losmas prudenciales mo- dios , para que fin revelacion del figilo fa- cramental , que refulió enla confefsion, le dé licencia de hablarle a cerca de ella, í dandofela,le debe advertir, que de nuevo tiene obligacion a confeflaife con otro Confefíor , manifeftandole todas las cu!- pas morales que en tal confefsion decla- ró,

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