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' ¿gpologl en defenfa del Santo Tribunal. 67 naturales”, con fer la inobfervancia de algunos de eftós tan horros rofa 4 la maruraleza, y tan diflonante 4 la razon,comoen ellos fe dez, xa ver: Qué diremos de los preceptos humanos,que no obligan con tanto apremio, ni tán eftrechamente , como ellos? Dirémos, que en ellos, potiori jure,defobliga de la obediencia, y la tranfgrefsionel te- mor, y peligro de gráve daño. Proligo: A los Inquifidores del Lufi- tano Reyno , para no entregar los proceflos , que vucítra Beatitud ordenaba , fuera de otras muchas razones de mucho pefo, afsiftio temor,y peligro de grave daño en la comminacion del Principe; pues, como fe moltrará mas abaxo , elte- eside los temores , que caen en Varon conftante : Lucgo figueíe de primo ad ultimum , que dichos Inquifidores en dicho cafo, ni incurrieronen defobediencia , ni en pecado alguno, aduce venial, PUNTO. ll, 21 pasados incurrieron por lo dicho dichos Inquifido- res en excomunion mayor : porque para efta fe re- quiere pecado mortal, como es notorio. Lo uno, porque aísi lo tie- ne la. comun fentencia:de los Doétores. (C) 22 Lo otro, porque aísi confta de varios Decretos, que refiere Graciano. (10) Lo otro , p rque afsi puede inferiríe del Sagrado Contilio de Trento, en las palabras figuientes, que fon bien graves; [+ Quamwis excommunicationis gladius nervus fir Ecclefiaftica difci- plinz , 8 ad continendos in officio populos valde falutaris:, fobrié tamen , magnaque circunfpeétione exercendus eft : cum experientia docear , fitemere, aut levibus ex rebus incuciatur , magis contemni, quám formidari , dc perniciem poti parere , quám falutem. ] Hafta aqui dicho Sagrado Concilio. De que infiere, y bien, Villalobos, que ni aun por qualquiera pecado mortal fe ha de imponer : Luego mu- cho menos podrá imponeríe por venial, 23 Lo otro, porque ni porla obra, que es en el exterior venial, aunque fea mortal cn el interior, le ineurre excomunion , como lo tienen muchos. ( E ) Y la razon es : porque la Iglclia no excomul: ga los actos internos ,fino los extemos folo , y requiere , que el adto externo fea de fuyo grave. ; 24 Lootro,porque aun de la excomunion menor, dudan al- gunos,fi puede imponerfe por pecado , que fea folo venial : y fi fe ha de imponer efpecialmente ab bomine ,lo niega abíolutamente Hur- tado, y confiente Diana , porlos fundamentos, que fe pueden ver en ellos. (F) Quanto', pues , menos podra incurrirle fin mortal la excomunion mayor? 25 Lo otro, porque al/ás, efta pena , que es la mayor de la Igle- fia, cómo lo' tiene San Aguítin :(G) y confta de fus efeétos , no fe comenfuraria con la culpa: lo qual es contra toda razon; pues lo esel aplicar medicina rigurofa 4 enfermedad ligera ; y ponet graá pena por ligera culpa 5 contra el Tridentino, ubi fúpra , que dice, no debe hacerfe co levibus rebas: y contra todo Derecho , que enfeña , que las penas fe han de proporcionar a las culpas, como def- pues veremos. LEAD | ' 26 Lo otro, porque no es conveniente, ni confono ¿la razon, el privar delos fubfidios del Reyno de los Ciclos , al que por el pecado no fe ha privado de ¿l3 como lo tiene el Angel de. las Elcuelas, (H) y lodiéta el Sinderis. 4 37 Lo otro, porque lo dicho es verdadero , hablando de las cenfuras todas ; eftó es , de la excomunion mayor , fufpention, y en- tredichq, Prugbate efto. Lo 7. porque afsi lo tiene la comun fen- tencia de los Doctores. (:) Lo 24. porque aísi confta del Conci- o 'Tridentino, y del Derecho Fanonico. (L) Lo otro, porque es contra la Juíticia commutariva dar grave pena por leve culpa. El (C) Tra tenent Suarez, de Cenfurs difp. 4. fed. 4e o difpo 18. fe, 3. num. 20+ Leands de Cenfur, tradia 1» difp. 8. queft. 9. Souía de Soli- Cite trad. le CApero numo 8. trad. 2. CAP» 19. NUM? 5. Fagnane adtextum «in cap. Relatum , de Cleric. non refíd. num, 40. Caltro Palaus part. 6. de Cenfuro difpe ze Part. 3. num. 5. Bonacina tom, 1. trad?. 3. de Cenfur» difp. 1. quefo 2. part. 3. Villalob. parte 1% trado 16» dif. Y. num. 5. E 6. Diana, partes. tral. 5 .rsfol.6s. 9” trat, 9. refol. 41. cum Portello , 8 San- chez , quos citate Idem renet De Thom. Cafpents $ alii infra ci- tandi, (D ) Textus in cap. Nemd 41.1 To que. 3. O 24. quel .3. ex Tri- dent. fe/f. 25. de Reformat. cap. 3. (E) Ita Sanch. in 24 libo. Deca- E log. cap. 8. num. 7. wbi citat pro hac fententia Henriq. Gurierr. Sí alios , tenentque Portel. 8 Diane ubi fupra , X Bonacin. de Cenfure dilp. Ye qual. 1. part.z. num.7o cum Fillucio , Sayro , 8 áliis. (F) Hurtado de Cenfur. in com- mun. dif. 1. num+42.5 Dianaparto So tralt. 9a ref. 47. (G) Ita D, Auguít. relatin capo Corripiantur 24» quef?. 3. Palaus, 8: Diana ; ubi luprá. (H) Nam ur dixit D. Thom. ?n Additionib.5. parte quel. 21e arte 3» Confonim non ef? privare fubfi- diis Regni Coeleffís ; quí per peccas tum nonfe privavit, (TF) Ira tradunt ex omnium fen= * tentía Coninchs di/po 13. dube Ya.» concl. 2. Suar. difpe qe fett.40 Ldy- mar» in Sumo libe 1. tradh. 5. capo 5. Gafpar Hurtado de Cenfur. d:fpo 10. num. 43. Sanche in Sum. libo + (Ape 4. HUM. 55 + VazQs tomo 2. difp. 158. cap. 5. Navat. cap. 27. num. 6. Covar. cap. Alma mater, 1. part. Se 9. Avila 2.part. de Cen- Juro capa 5. difpe 1. dube 2. Palaus, toma 6. difp. Yo Part. 7. NUMETo Le Fillucius , 1073 1. tra. 11. Capo 1. que/?. 8. Dina, part. 5. tradta 10. ref. 19. Sotus in 4. dife 22. Jo Le Art. 1. concl. 24 Cornejo in 3. partetralt.s de Sufpenfo difPe 3. dub. 2. Villalob. Bon2cin.Cafpénts és alii quamplutes , quos Bonacine citat', de Cenfuris , difpe 1. que, Ta part. 3. numo 6» ) (L) Colligitur aperté ex Tridens «in. ff. 25. capo 3. de ¡Reformat. ex cap. Ner y Epifcoporum , capo Nullus Sacerdos 11.que/Í 3.
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