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: Apología en defenfa del Santo Tribunal. $7. peligro no hávrá de fubverlion :, y malas coftimbres en. la comunicas cion de'unos hombres tan contagiotos ; y. deran dañadas, y dañofas coftumbres , que fon /imál fimoniacos,ufurcros, y fodomiticos?-* 190 ¿Lo otro, porque , que bien le pueden eflár dun: Reyno, unos hombres , de:quien dicen comunmente los Doctores ,¿dn Ca- ycrano, Sylveftre, y Villalobos, (K-) que noles es lícito á los Fieles el comunicar con ellos , endos diez figuientes cafos : cohabitar con ellos : comeride fus acimos : llamarlos por Médicos : recibir las me- dicinas de fu mano : entrar con ellos en el baño: ir á fus combites,ó combidarlos: fer ftis griados, o fervirles como tales : ( L-)-criarles fus bijos.:(M) Unos hombres , á quienes prohibe el Derecho el ular oficios públicos entre Chriftianos? (A) 191 Y lo:otro , porque , que bienle pueden eftár ¿un Reyno, unos hombres,de quien efcribe Caton a lu hijo,y lo refiere Plinio,que' los expelan deta Republica, advirtiendo que £ dexallen sentrar los Judios en Roma, la aflolarian con fus trazas,y, letras de.todo punto, efpecialmente 6 fueflen Medicos? (0) Unos hombres , de quíc n dice, una ley de la Partida. [ Otrofi., defendemos, que ningun Chriftiano, non reciba melilinamento , ob: purga. que lea fecha por maño de Judio.] (P) Unos hombres:, á quien prohibe el Concilio , como lo. refiere el Derecho Canónico ¿que tengan oficios, públicos > (Q) Unos hombres;de quien dice. Tiraquelo, que por ningun modo fe les permita €l fer Medicos; y que el Derecho prohibe á los Fieles el que fe curen con ellos ? (R.) Unos. hombres,. cuyas mugeres no fe ad- miren por Nuerices en las Cafas Reales, y de: los Principes , por mas quecalias lean aptas para:el minilicrio 2 (5) Unos hombres, ex- cluidos de los oficios de la. Cafa Real , por: traydoresá la Mageltad Divina, y no feguros en manera: afbuna a la Mageftad humana? (7): Unos hombres, privados delos cargos del Santo Oficio, de los Cole- gios, de las Univerlidades, y de muchas Hermandades, y Cofradias, fegun una ley de la Nueva Recopilacion + Quales fon los Chriflíanos nuevos ? (Y) Unos hombres; que en las Carhedrales de Portugal no» pueden tener Canongias, ni Beneficio. , por:Bréve que han obtenido para ello, por los muchos inconvenientes, que.abtes experimentaron, bien á colta de fu credito ? Unos hombres, ¿ quien.no fe les permire íe ordenen , por los millares de; inconvenientes, que fe han feguido* de lo contrario ,'en los Sacramentos Sagrados: del Báutifmo., y la Penitencia ? Unos hombres, a quien excluyen rodas las Ordenes Mi- lirares , (X) y las Regulares del-mifmo modo 3:4unque a eltas muchas veces no las baftan fus prevenciones, para que ño:llegue la vigilancia; del Santo. Oficio á facar de-cilas a algunos , para caftigarlos, como, merecen? Unos hombres , á quien fe excluye de la Hermandad.de la Mifericordia en el Reyno de Portugal, y delos Colegios de la Uni=i veríidad de Coimbra? (27) Unos hombres ,:á, quien jultifsimamente fe les excluye en los Reynos»de Caftilla,y 'de; Portugal, de los cat=, gos de la hacienda , y de todos los de la Republica ,.afsi criminales, como civiles, delas relaciones, defembargo,éto, por que para dichos oficios fe deben cícoger los de fangre, limpia? (4) Unos hombres, que en Valencia no pueden fer Boticarios ? Unos hombres, que en el Reyno de Portugál imponen nuevos tributos.en Jas haciendas. de, la India , Guinea, Brasil, y-las demás partes ulrramarinas, 4 fin de im- poísibilitar el comercio de ellas, y la converfion de las almas ? Unos hombres, de quien dice el Señor, por S. Lucas. 21. Gentratio hec ge- neratio nequám efi? Efta generacion,.es una generacion malvada. Y fi hombrc> ue cra tad no. pueden eftarle bign+en manera alguna a]R%Áno, lo quele eftará mejor,, ferá el expelgrlos ; y quizás. de efta ñ « - . . > fuerte fe palparian los evidentes daños de fu comercio, afsi endos Pa- trimonios Reales,como.enlas haciendas de los. particulares delReyno. 192. Concluyo elte punto; con decir,que aunque en algunas par- tes Le permita ¡ultamente («por canías juftas., que tendrán para ello, Tom. 1. F Co- X | A (*) Referunt hoc Finos Adriza nus in /uo Flagello, lib.9. d CAP»T4e , 4/que ad 17+ S Vincentius Acofta, Jole 73. parte Lo fol. 94.995. Y fol, 120. pago 2. in fina WT in mar» gine. (K) Cajetan. in Summa. verb. Judeorum communicate Sylveítre Verb, fuder, $. 2. E" 32 Villalob, ¡ Part. 2. tralio1a de Fide, diffic.1 40 (L ) 1íti cafus funderiam prohi- biti a jure fub tam grávibus poenis, ut vidcri póteft in capi Nullus 28. quel. 1. incap.Omnes28. quefta 1. Y in cap. Ad boc , derfude;s, 9 Saracenis. Ubi Clericus Yrecipitur deponi , laicus vero excommunicaris Et efi notandum har legem accio piendam efe folum contra Judaos, non contra Sáracenos , t9 Paga- nos .tum quia Judai funt acerbio- resin Chriflum : tum quia facilims decipiunt: tum quia argumentis, minus fultis poffunt decipere fami- liares : 7 tunc quía quanto leges : volunt Saracenos , E” Pasanos am- plecti id exprimuns. a Diana cum» aliis, tomo 5. trato 13. refolo 1to (M ) Hoc prohiber jus 1m capo Ád hec, de fudais, ubi precipitur Prelatis , ut compellant ¡llos ad fe- * parationema (N) Cap. Conflituit 17. queff. 4 (0) Plinius lib, 29. CAP. lo (P) Leg. 8. tit. 240 part.7o (Q) Conffituit Sandia Synodus, ut Judai , aut bi, qui ex Jfudais funt, officia publica núllatenus appetanto Anan. in cap. 1. Cum fit , de Fu- dxis. Injuffum quipe effer Chriftia- nis veteranis noviores imperare.Silv. tefponf. Fur. lib. 1. Vide Villalob. part. 2. tral. 1. dif. 40. X Diane Parto satrali. 130 refol. 110, É (R ) Tiraq» de Nobilif. cap» 130 cap. Nullus 28, quel. 1. . (S) Mulieres Chrifiane nove non admittantur ad laldandos Prin- cipes , licet babeant optimum lace Lobeira Medico in lib. de Regimi- ne falutis , capo 150 fol.76. 8 pro= hibetur in cap. Ad bec , de fudzis. (T) Cumlonge. gravius ft atera nam , quam temporalem offendere Majefatem , ex cap» Urgente, vería Cum fecundum , de Hereticis, (10) Lego 220 tito7o liboto Recon pilatunova y Cajetan. in Qpufcula 10M. Le qual. 6. (XYZ) Silv. Re/ponf. Fur o 1 2e refpo $. 44. Vincentius Acofka, fala 90. Otalora de Nobilitate ,' parto Le Lertia principe CAP. 7. NUM: 250 )

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