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602 el Ordinario amé en los delitos atroces, 4 pag.9 7. MUM.24» y » 1 ara que Qué caulás le e afsi de parte No merece pena el que hace lo que la ley le per- eN elegar toda lu jurifdiccion , As eda deleg; arte de las miímas cau- mite, pag.86, NUM.126. Ñ ; d y ce ue : y ERA 154» y A Pag 450» 4 El que ufurpa la nobleza tiene pena de falíario, , »* . * mr 7ar dd 1d4 El inferior no puede mudar las penas públicas EN O ! Las palabras de los Referiptos, Leyes, 9 Conftt- “tuciones, deben obr fentido Gramatical , y en la mas propia fignifica- cion,y referiríe á la 63.64 y 65- derlas, pa9-529+ N.2» Pero Como fe entienda efto, pag»532. M-13» o. e 2 es, ibi. num.6. y 7+ : Indice copi oJifsimo 18.186, Num. 3. Pp mpueftas por el fuperior, pag.257.num.2. Vide alía verb. Ca/ados, Delitos, y Tenor. > Penitencia Sacramental. ? Si un ConfefloPpueda commutar la Penitencia Sacramental medicinal, que impufo otro Confef- ar alguna cola, pag.498. n.61. dor, pa8.257+Num.3.+ ÑO fegun el Un Regulur:obruvo de un Legado á Larere un Patios, vide verb.Prome/fas. Palabras» Y las palabras dudofas fe han de tomar «elegir Confeflor, y pára oir de penitencia 4 qualef- inteligencia pofsible, ibi. num. : quiera perfonas , y de qualeíquiera catos., adbue Y al fentitlo comun, y modo general de enten- Vide alía verb. Privilegios. privilegio paísivo , fuera dela Provincia del tal: ; Pareceres. Legado. Lo 2. Si podrá elegir Sacerdote no apro= Satisfacele 4 ciertos pareceres, á pag. 482. ad bado por él Obifpo,ui por Prelado Regular. Lo 3. 1 489.4 0.140. 24 191- Si podrá ufar del tal privilegio adtivo fuera de la 5 Parroquia, y Parrocos. _. Provincia del Legado concedente, Y lo 4. dado 1 Qué fea Parroquia,y en quantas maneras: y que. que pueda , fi deberá fer aprobado por el Ordina- ':* (e requiera para que una Iglelia fe diga Parroquial: rio del Lugar, cn que vía del tal privilegio adtivo, ' y fea lo mifmo Reétor , que Parroco, pag.180. d del Prelado Regular, en orden á la ablolucion de. 4 ánum.r.ad 5. los Regulares, d pa2.393- ad 310. 4 n.1. ad 69. Quiantos , y quales fon los derechos Parroquia- Penitencias publicas, vide verb.Di/penfaciones. Penitencias de la Inquilicion, vide verb. Elec Explicanfe dichos derechos, 4 pag. 181. ¿n.8.. ciones. ad 46. Pevitenciarian. Una Iglefñia no puede tener mas que un Parro- Quien pueda abrir las letras de la Sacra Peni- co, pag.185.1N.46. y i pa8.440. á n.96» tenciaria, 4 pag. 332. ¿n,12, 4d 24, y pag: 2347 - Quantas , y quales fean las precminencias dela: n.33. 34. y 35» /' lelefia Parroquial, y de fu Parroco, pag» 185. 4: . Y fifepuedan abrir fuera del Sacramento dela % num,47+ Penitencia, p4g»334+ M.34- Y 35» yi - El Parroco' no puede fervir perpetuamente lu Si el Obiípo, haviendo jufta caufa,podrá mudar ' Iglefia por Vicario; pag-446. 1.129» Y 130. la penitencia impuefta por la Sacra Penitenciaria, ” Wide alia verb. Curas, Ganonica porcion, Data- ¿pag.252.4n.1.4d 9. > ria, y Difpenfacion. Vide alia verb. Claufulas. Pecados, vide verb. Culpas, y Preceptos. Penfiones. y > c La penfion que fe dá fobre los reditos del Bene- S y - PU. Siel que le y a peligro” probable de pecfP, ficio, no debe fer tanta, que 21 Beneficiado no le peque: y que 4 cligro, formal , y proximo de. quede lo baftanre para obfervar la hofpiralidad, pecar, pag.5/9: 4 0.72. ad 75. - vivir boncítamente , y una congrua fultentacion; Peligro de grave daño, vide verb.Preceptos. I-54Ó6. 0.23: 24. y 25» 7 Penas. Si las penfiones, y gravamenes impueltos por Las penas deben fer á medida de las culpas, y lo' los Sumos Pontifices , fe deban reputar por fruros | contrario feria contra todo derecho,razon, y juítiz del Beneficio ¿ ¿pag.546. 3n.26. ad 34. 0 cia, á pag.69. i num.33. 1d 44» Perdomo 00000 La pena fupone culpa, y debe conmenfuraríe No conviene que la Tglefa conceda yá nuevo con el deliro:, y no fe pués caftigar á uno por perdon general a los defcendientos de los Hebreos. 4 erro, pa9,86. n.127. y enéns letras marginales, en el Reyno de Portugal, pag-79. 4 1» 87. ad.95- Por los megitos alíás hechos fe fuele remitir la y á pag.94. ¿n.9. ad 24. AN pena, pag.87. Num. 130» Los que multiplican, y repiten el delito ho de- ; Es mejor el perdonar al culpado, que caltigar al ben cíperar perdon, d pag.94. D-13= LA inocente, pag.86. num.128. Aunque Dios perdona la culpa á los: que la «Por la multitud de los déelinquentes no fe debe deteftan , no relaxa 1: pena temporal, á pag: 96. 0 difiminuig la pena, antes le debe aumentar, Mxi2 NUM, 22. y 23» y A , » eN privilegio ilimitado,perfonal,aétivo,y paísivo para ' a E E 4 4 ! refervados , y con toda aquella amplitud , quefu % colas: Lo. 1. Si dicho Regular podrá ufardel tal 2 y a E h 4 5 e A 0 Ne Eminencia podia concederle. Preguntanfe quatro 4 Vo 1 13 a Ñ q YE iÑ ' A A y ) A € Ñ AS 7 1 f - y 7 ES
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