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Pe , “e , 1 A A ” de e E o K (E) Praxis , Y Prius Sedis Apofolica folet pluries tólerare ali- qua inconvenientia , ob evitanda majora : quod rudeneisime , juftrfsime effiditur ob commune bo- num , T quia aquitas prajertur ri- góri,leg. 1. $. Siego, fo Si pars bared. pet. lega fin. m fin. ff. de Of- fic. Prefid. Quodque elt juxta fua- vitatem S. Pontific. Chrifti D. qui ait March. 1. Jugum meum fuave ef, 9 onus meum leve: X alibi: Difcite áme , quia mitis fum, Y bumilis corde. El. enim reótitudo judicii náruralem fequens ratio- mem. Bald: in leg. Omnes populi, n. 19. ff. de juftit. Y Fur. Et ipla jufticia naturalis. Fulgofius in leg 1. num. 7» 7 8. Cod. de Leg. Et «digna fupremo Principe, leg. 1+ f. de Comflit. pecun- ibi : Prator favet maturali equitats , qui conffitura ex confenfu falta cuffodit.Quod vero fzpius Sedes Apoftolica ita: geffe- ricex- quo, bono judicando, == añt Lezana 10m. 4» confult. 39. nu- mer.3 8. Tam certum eft, ut exem- pla referre fupervacaneum videa- «ur , 8 ex hoc dixerat num, 36. :«Quod fepivs , ob eviranda imconve- mientia foler Sedes Apoftolica fupple- re nullitates Capitulorum , perfonas eletas confirmando , vel de novo inftituendo. Er vide plura , que al- Jegar ad hoc intentum , confulr.46 ubi agit de Meretricio , an In Re- publica Chriftiana permitendo JE num. 37» ad 47. inclufive , ubi ita concludit : Commune autem borum Patrum ,t9 aliorum Ad. funda- mentum eff:quod ad evitanda majo= ramala, que prudenter timet po- refas bumaca , pote minora , fci- + dicer fornicationes cum fcortis per- EN. mittere , non quidem illa approban- _. do y aut pro licitis babendo : fed non puniendo , 9 Dei judicia punienda relinquendo. Sic exprelsé Lyranus in cap. 19. Genef. maxime Covar. 8clare: Abulenús fuperius relari , 8 Stephanus Nachen criam relatus, wi affert ad intentum illud Plauti in difticho: > Quansa mea fapientia ef d malis 0 multis. Malum quod minimum cf. Vide fupre fol. 36. Pag. 2. list. A - * e NE a EA Á > , PLE SN j A 46 uk Tratado: pronero. tn caltigo , de que es precifo fe hayan de originar muchas ofenfas de Dios , y muchos daños á dicho Reyno: y mas quando la lgleGa, los Príncipes, y el mifmo Dios, fuelen tolerar muchos males ( y iniales , que lo fon verdaderamente ) porque fe eviten Otros mayo- res : como fe probo arriba enel numero 97. y fé confirma de nue- 3vo?Lo uno , porque no todo fe debe caltigar, ni llevarle todo por fus cabales , fi ha de quedar la prudencia ilefía. Lo otro , porque la equidad debe preferirfe al rigor , fegun el Derecho Civil. (E) Y es llo mas conforme á la fuavidad Evangelica , fegun aquello del Sumo Pontifice Chrilto nueltro Bien : Mi yugo es fuave , y mi carga leve. El yugo Ecleñaftico , y Evangelico no ha de fer 11 deffruétionem, que ello feria fer pefado ; ni ha de fer de rigor , fino de blandura, O in' edificationem que es el fuave. Y lo otro , porque efto pide la'redfitud de juicio , que figue la natural razon , fegun Baldo : mo, esla miíma natural Jufticia, fegun Fulgofo ; y es digna del Su- premoOrincipe , como fe dice enla Ley primera : quanto mas del Supremo Principe de la Iglelia ! Y es tan cierto , que fuele la Silla Apoltolica obrar muchas veces de dicho modo, que dice Lezana, feria fupervacaneo el referir exemplares de lo dicho. Pues £ cfto es alsi, Beariísimo' Padre, aun enlos vérdaderos males 5 aqui que no ha havido mal, fino una reverénte súplica, en que fe reprelentaban los males , que de poner enexecucion los ordenes de vueftra Santi- dad ; fe havian de feguir : no ferá razon , ni equidad fe caftiguen; y mas con cafligo , de que fe han de feguir muchas ofenías de Dios, que fon mayores , y verdaderos males? A que fe allega, caftigar enlo dicho 4 los inocentes ; pues no puede fer todo el Reyno culpa- do en ló dicho, cafo negado quafuefle culpa. Zmo,ni los Inquií- dores, como fe ha dicho , fobre quienes inmediatamente recae la ,privacion ¿1 no quando mucho , pudiera ferlo fu Alteza, que fe niega del mifmo modo , como yá digo. o, PUNTO VII. 139 Es nono , porque tampoco enfu Alteza ha havidola menor culpa , ni ha faltado ¿la obediencia de vueltra Santidad en lo dicho , como queda abundantemente probado delde el: numero 98. halta el 124: inclulfive. Y de mas a mas fe confir= ma. 140 Louno, porque eftá tan lexos de'haver obrado mal en lo dicho , que antes debiera fer loado por ello de vueltra Santidad mucho; pues ha impedido con eflo los muchos inconvenientes , y tragedias , que huviera delo contrario padecido fu Reyno: como conita de lo que queda dicho en el numero 77. enel 114. y en otras partes. " 141 Lo otro, porque conociendo fu Alteza , que efto fe en- caminaba , aperto marte , a favor de los Hebreos , y en contra del Santo Tribunal de la Inquificion, y viendo los daños , que fe le han ícguido a fu Reyno , por havgr dado el eseguatur Regio á la prime- ra inhibicion , creyendo feria por breves dias , los que han fido mas de tres años: no pudo dexar de temer los daños , con que ame- naza á fu Reyno la Santidad del Papa Alexandro Septimo en la Bula tantas veces citada, de permitir que los Hebreos , á caufa de Lus finieftros informes, por los arcadyge : le har fabido ganar con fus artes , O doblones-, falgan con fu vados , quanto antiguos intentos; y oponeríe por configu te , con rodo fu esfuerzo , á ellos : lo qual debió hacer en conciencia , aun para el bien efpiritual de los mifmos Hebreos que eftarán con efío mas refrenados ; y aliás creerian fe aprobaban fos errores: pues como dice el Derecho: El error, que no /e contradi- A Lo , .. > AS y 3 S " . P
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