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2 per que por ella debe decidir , y fentenciar á favor de Cafandra el caío de la prefente Con- fulta : Por quanto, aunque cn;el lugar donde fe hicieron los contratos de Florinda, vivió, y mu» rió efta,no cfti obligada á la obfervancie de las Leyes de Navarra , en quanto ordenan, ¿inti- man fu obfervancia , por -fer de la Corona de Caftilla ; pero eftando, como efta,, a los Fueros de Navarra, para que por cllos le hayan de regu- lar todos fus ados, difinir , y fentenciar todas íus canías; y pleyros:; debe eftár á las dichas le- . yes, en quanto fucren interpretativas , y decla- * rativas de dichos fueros. Y afsi , pues por-dicha ley int. pretativa, y declarativa del dicho fue- ro , confta expreflamenre , que el donarario , ni fus hijos no puedgn difponer en la muerte de los bienes donados propter nuptias, por quanto fegun dicho fuero endicha ley explicado , de- ben tener reverfion 21 donador fobreviviente, queda con la dicha ley evidentemente com- probado , todo quanto vá decidido en elta Confulta á favor de Cafandra , contra lo dif- pu, en fu Teltamento por el hijo de Florin- £ $5.26. Y porque puede (er , que alguno di- ga, que el no poder teftar los hijos del donara- río de los bienes donados propter nuptias ,no les efti prohibido. por el dichofuero ; porque efte antes bien parece fe. les concede , lino por la ley, que lo declara , y le interpreta, como fe we en aquellas ultimas palabras fuyas., ibi : Sin embargo de lo que en efg fegundo cafo del bijo del donatario difpone en el dicho fuero, Y como la Icy noobliga fucra del Reyno de Navarra, £ino el dicho fuero con los demás ,.á los quales eftán aforados algunos Lugares de Caftilla, y en, efpecial el Lugar donde le conínita el prefente cafo,no parece que dicha ley interprerativa pu-. - do impedir al hijo de Florinda: el difponer de dichos bienes, mandados propter muptias, á fan. Nor de Sempronio lu padre.Se reíponde á todo ello lo figuiente: : $.27. Refpondo lo primero,que en el dicho fuero , alegado en el $. 4. como confta de todo Íu contexto , y Ivo dicho defde el $. 13. haíta, el 16.no fe halla difpoficion alguna politiva, que conceda la tal facultad de poder teftar los hijos del donarario de los bienes donadosprop- ter nuptias: y íí alguna le halla ,no es pofítiva- amente ordenada por el dicho fuero., fino fupo- fitiva , por guánto parece que la fupone el in- reftato de aquella clauíula difyuntiva , ibi: O /:n fazer tefament mueren 5 mas como a eflto vaya reípondido en los $$. 17. y 18. diciendo efpe- cialmente en efte ultimo , que lo que una ley, o fuero Íupone , O prefupone, no debe llamaríe ordenado , ni difpuefto por ella : Lex mon dici- tur dijponere id , quod prefupponit: y quelas palabras dequalquicra ley , O fuero, aunque en £l modo de fignificar Ínpongan , O prefupongan “Tratado IV, De los Contratos. yl alguna coa , nofe dá por difpuefta,ni ordenaga en ínfignificado: Verba $ quealiquid prefuppo- nant., non difponunt,fe reproducen aqui dichos $$. por primera refpuefta de efta nueva dificul- tad, $/28. Refpondefe lo 2. fercofa muy reci- bida en Derecho, que la interpretacion, O de- claracion de qualquiera Icy , o fucro debe ficin- pre regularíe fu inteligencia con el arregia- miento 4 las palabrasecontenidas en la miíma ley , O fuero : Interpretatio fumenda eff , cui verba conveniunt, l. Non aliter, ff. de Legaz.3. leg, 3. Quotics, ¡Fde Damn. infeft. O i0i Anto- nius Monackus in fuisDecifioribus Florent. 16. num. 11. Y aísi , arreglefe la intcligencia de la declaracion , o interpretacion del dicho fuero, con las palabras que en el fe contienen; y fe ha- llará,que no eftando politivamente ordenada,ni difpuefta entodo el la facultad de poder teftar los hijos del donatario de los biencs donados propter uuptias. , fimo 310 funio, iupofitiva, O prefupofitivamente , por lo que Ínpone, O pre- fupone en el inteítato de aquella claufula dilyun- tiva ibi: O fín ficer teffament mueren,O*c. lolo en clle fentido fupolitivo, 9 prefupofitivo , po- drá decir la ley interpretativa del focro,que efte antes de fu interpretacion difponia la facultad de poder teftar de los bienes donados el hijo del donatario : pues folo en elle fentido, y no en el otro puede arreglaríc la dicha ley interpretativa con palabras delfuero interpretado: Interpreta- tio fumenda ef? , cui verba conveniunt. 5. 29. Refpondefelo 3. que-la interpreta. cion, O declaracion de dicho fuero, hecha en la fobredicha ley , por alguna razon de dudar, que havria en la inteligencia de el; debe, fegun Derecho , entenderíe fiempre , y. recibiríc de luerte que revalide., y no invalide el ado , o el finintentado,y ordenado por el dicho fuero in- terpretado: Interpretatio in dubioea femper fu- menda eft, que validitatem actas judicat , ex. Quoties, F.. de Verb.obligat. leg. Si qugndo in principio, ff. de leg, 1. O ¿bi Menochius de Ar- bitrar.cafu 199. 1.23, O Cardinális Mantica, de Conjectur, ultim. volunt. lib. 3.fÍt. 2. 1.10. O fequentib. Y 4 mas de elto, fe ha de enyrender: Liempre la interpretacion de fuerte, que de ella, y lo interpretado: no refulte algun abíurdo en lo que eftuvicre difpuelto por lá ley, o por el fuero : Interpretatio facienda ¿fi ne fequatur: abfurdum. Ita Gravet qonfil. 130.m. 8. Surdus' confil. 85.m. 27. O alii. Es tambien cofa muy” recibida de los Jurifconfultos , que la interpre- tacion de qualquiera ley , O fuero , fe ha de en- render de fuerte, que- fu difpoficion no quede frultrada: Interpretatio facienda efi Apalar reddatur ¡lluforia.Ita Addit.ad € se AJLon fi. 225. im fin.Cardin. Mantica ae Tasit.O-ÁAmbI¿. convent.lib.2.tit. 12: num10.9 alii : Digate pues, que laley interpretativa del fuero en qn e > as » a ¿

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