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r 6 1453 perfora ,que fiziel]e donacion , pr ra- zon de inatrimcnio. Primero: Si muricre el que " pecibe la donacion /ín criaturas , que deben he- edar , que los bienes de la dicha donación tor- la al padre , 0 ála madre, ó ad aquell ,0 ad aqueill.. perfonayque fiziere la donacion. Segun- do + E fi moriere con. creaturas , Or morieren — lascreaturas , antes que veingan a perfecta edat. Tercero; O defpues fin creaturas. Quarto: O fin fazer Teftament mueren , que. los bienes de la dicha donacion tornen al abuclo , o á la abuela , 0 ad aqueilla períona , que fizo.la donacion , Íi viviere: dz fi fueren muertos , que hereden los mas cercanos parientes , fegun di- cho fuero. $. 5. Supongoclo quinto , que en el co- piado fuero de arriba fon quatro los cafos , 0 eftados , en que expreflamente Íc ordena , oue los bienes donados por razon de matrimonio, tengan lu reyerfion forzofa al fobreviviente. El primero es , quando el donatario muriere. fin hijos. El fegundo es , quando los tuviere, y los dexáre , y eftos muriellen (in llegar á edad perfcéta, El fercero es , quando los dichos hi- Js , delpues de haver llegado 4 la edad perfec-. tá,murieren fin fuccefsion.Y el quarto es,quan- do los tales murieren fin hacer Teftamento.Co-: mo todos, y cada uno de los dichos quatro ca- fos , o eltados confta de las palabras de dicho . fugro , fegun , y como ván feñaladas en el par- slo antecedente, Y le advierte aquí, que: los» dos cafos primero. , y fegundo , fe. hallan ex- piAO en la manda , de que habla efta Con-' - fulta; y pues en eftos fe conforma con efte fue- ro la donadora, en los dos ultimos cafos fe debe dár por fupuelto. ooo $. 6. Y para mayor inteligencia de el fu- puelto antecedente , fupongo. lo fexto , que: aquella diccion De/pwes, quete hallaen la pri-, mera parte de:aquella oracion difyuntiva, ibi, urin $. 4. 0 de/pues fin ercaturas 30. Jin facer Teffament muricren , al pao: que: le refiere. aquella otra diccion Antes: ,, que: le halla en aquella otra oracion , que, immediaramente la. “antecede , ibi: Es morieren las creaturas. ;an- tes que vengana perfebiaedat,, es. vilto eli to-, buen fentido Gramarical, Civil, Politico,y Icolaftico, que.eflas dos: dicciones , fcilicer, antes , y dejpues; fon correlativas entre si: mif-> mas: y aÍsi, como tales debe darfe por difpuef- ro.en la una, lo queen la otra tiene ordenado el dicho fuero;que uía de dichas dicciones, fe- gun aquella regla del Derecho:Correlativorum idem efi judicium, O de uno difp:fitum trabi- tur ad alrermm.Leg.Si, fo de AcceptioJeg.fin.C. de Indict.viduititollend.leg.Si quis jervo, C. de Furt.O' leg... de Tranfadt. y de otras. $..7. Lo digo , y fby de fentir , que fegu: los citados Eucros de Navarra , y otros, el hijo de Florin- ] Todo efto fupuelto, como es cierto, “Tratado IV. Delos Contratos, da no pudo difponera: favor de Sempronio fu padre , de los bienes que Gríandra le mando 4 íu madre en los contratos matrimoniales , por haver fobrevivido laddonadora á la donataria, y A 4u hijo : y por el configuiente. , dicha Ca- fandra pudo difponer bien , y. licitamente: de dichos bienes mencionados, fin que Sempro- . o nio pueda embarazar fu difpoficion , ni con- tradecir con buen derecho la fundacion de la - Capellania , que Cafandya dexó ordenada , y diípuefto en fu ultimo Teftamento. $. 8. Pruebafe lo primero con el fuero alegado en el parrafo fegundo , pues hablando- Te en el delos bienes; que pertenecen al hijo del donatario por herencia , donacion , O con- quiíta , fe ordena. ; que li el tal hijo del donara- rio, á quien el dicho fuero fupone de edad per. feta , y capaz de poder cafar , muriere no de- xando hijos, quelos bienes :, que le pertene- cian, no puedan paflar de ningun modo, ni ma- nera á ín padre, ni a lu madre, fino que deben tener fu reverfión forzofa. Lo primero 4- fus hermanos, fi los tuviere; y fimo los tnviere,de- ben paílar d fus.parientes mas cercanos , ibiz No aeben tornar. al padre, ni a la madre ; mas deb:n tornar ala bermandat 50: fino los han, a los mas cercanos parientes.: Y £í bien elte fuero parece fe halla derogado por el otro fuero pof- terior , alegado!, y, compulfado en el parrafo quarto , felo le debe entender en. los proprios términos: , de que habla, y no en otros: y pies efte fuero y reformativo'del primero , ordena, como fe veeñ'el , que las donaciones hechas, O mgxime propter muptias , tengan reverfion forzola 4 los donadores lobrevivientes, quando los donatariós muricren fin hijos, 0 dexando- los , y elosmurieren cambien fin fucceísion : y que elta reverlion no paífe en eftos cafos a los parientes mas cércanos ,;como” lo difpone-el fuero primero en el parrafo 'fegundo alegado: yal paíío que queda reformado efte fuero , por el alegado en el parrafo:quarto ; folo qn que la reverfion de los bienes donados; Ú maximé propter nuptias , le haga Y los donadores fo- brevivientes, y no/a los parientes mas cerca- nos: es vilto que en todo lo:demás quedo en lu vigor , y fuerzalel otro fueró y; alegado en el parrafofegundo , en el qual, eftando excluidos los padres de poder heredar a fus hijos, y hen- do llamados porel dicho fuero reformativo los donadores fobrevivientes ; en lugar de los pa» rientes mas cercanos, que difponia el fuero 182” formado, es vifto tambien, que el hijo de Flo- rinda no pudo diíponer en fu Teftamento de los bienes, que Calandra mandó 4 fu madreen fus contratos, por haver fobrevivigo a dgns- dora á la donararia, y d fu hijo , y tener en vir tud de efto dichos bienes fu reverfión forzofa a ella, / $. 9. Y no baíta el decir contra efto, | Ny ea gue e 0 ' f É |

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