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112 de. aquellos mismos que ya se confesaron en otras confesiones, para de este modo asegurar el verdadero dolor, y propósito de la enmienda y presentado el peni- tente en el confesonario con estas disposiciones , se esplicará en los términos siguientes, Padre espiritual, hace (tan= tos dias ó meses ) que no me he confesado: cumpli la penitencia que se me impuso: y me acuso si no la he cumplido del modo debido: me acuso de las faltas que tengo para recibir digna- mente este santo Sacramento; especialmente me acuso de todo lo que he faltado contra Dios, coutra mí, y contra el prójimo,

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