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366 dos de ayunar, aunque algun día no trabajen ; Ó porque llueve , O por fer ficlta; Torrecilla ¿bid.n1 3. 191 Digo lotercero: Quetam- pocote condena el dezir ¿quelos ofi- ciales, cuyo trabajo es leve de luna turaleza , (¡relpeGo de algun Ípgeto fl1co,y poco robulto fuelle pefado,e incompatible con el ayuno, (ea libre efte tal de la obligacion de ayunar vs g- vn Saltre, que fino trabaja en lu ofi- cio , puede ayunar muy bien » pero es de complexion tan delicada , que el dieque trabaja, le fatiga mucho, clte ¿tal ño cltá obligado a ayunar, y que no le condene elta opinion, /e prueba, porque la Propoficion códenada del- Obligava de ayunar, aunque no fecer- tificalle la incompatibilidad del tra: bajo con el ayuno : Sed/ic eft; que yo nó cículo de soe, fin de incompatibilidad , fino (uponiendola Juego no fe condena el dezir , que el oficial, cuyo trabajo de fu naturaleza es leve: , pero relpeéto de efte Íujero flaco,y poco robulto, es pelado,e:in- compatible con el ayuno , queda del- obligado de la obligacion de-ayu- Mar. > MA De-aqui es» que tampoco fe con. dena el desir que todos los oficiales, aunque fu trabajo (ea leves puedan el- tar elculados de el ayuno por enfer. medad achaques , O por otras caufas tales , que prefcindiendo de el traba- jos elculan a otros fujetos de ayunar. Porque la Propoficion condenada ef. -cuíava de ayunar atodoslos oficiales por canla:ce el trabajo. ,4tqui yo no Trabt. XV 11. Explicahfe las Propof cond: por Alexand.y 17, ; gonoÍe condenara, el d los elculo por cauía del trabajo por enfermedad, otra canfa e ezir dos los oficiales , aunque fu es lea leve, puedan eftár clculados dee ayuno por Enfermedades 5) Oltas canías. XXXI. PROPOSICIÓN. Con. denada. Abfolutamente efán dejabligados de ayunar todos aquellos, qUe caminan a cavallo, de qualquier modo, que lo hagan aunque el caminono fe necefa fario,y fea folo de Un dia, ¿ 191 V pongo » que clta Pro: : poficion dezia- trés co. fas. La primera > que todos les que andan a cavallo; eftán libres del ayu» no, de qualquier modo,que andenfes E a Jo che, carro. gale» ra,cavallo,mula,8tcs La (egunda, que no folo cra elto permitido y fiendo el viage neccflario » peró aunque nolo fuefle. Y Ja tercerasque aunque el vie je fuefle de lolo yn dia,y a cavailo, no avia obligacion de ayuriar. 193 Digolo primero: Queay- ' folutamente no eltan'defobligados de ayunat todos los que hazen Viaje a cavallo,. en literás, coche, carro, mu la,8tc, nO fiendo neceÑario lu vizje, y durando folo ya diazy el dezir lo con: trario,elta condenado en cíta Propo- ficion31«y con razon; porque para elcular dela ley del: ayuno; es.menel- ter. fea el trabajo incompatible con el: Sedficeft, que no esincompatible con
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