BCCPAM000545-2-12000000000000
jor, y mas firme que la de la Íenten- cia contratia:La quinta, quelos otros DoGores nola reputen comunmente por improbable: Y la lexta, que la tal opinion no c(té códenada por la Igle- fia. Concurriendo eftas condiciones fiente Lumbier, que la opinion de va Autor fingula r Íer d legura ¿n praxi: Y encl num. 63 1.al fin , fiente que efto no le condena por Alexandro VII. 177 Digolo quarto: Que aqui no fe condens el dezir , que lea licito [eguir la opinion probable , dexada la mas probable ; y la opinion fegura» dexada la mas fegura : menos en los cafos condenados por Inocen- cio XI. Propoficion primera » fe- gunda »tercera » y- quarta. Y que efto no efte condenado s es llano: porque la Propoficion condenada dezia , poderle feguir la opinion por ayerla Impreflo vn Autor moderno en lu libro :.4tqxi , nueftra conclu- fion no dize cílo » fino que pueda feguiríe la opinion probable» dexa- da la mas probable , y mas legu- ras luego aqui no fe condena el de- rir , que pueda feguitle la opinion probable, dexada la mas probable, y mas [eguras XXVII. PROPOSICIÓN CON- denadas No peca el pueblo , aunque fín caufa al guna noreciba la ley promulgada por elPrincipe. D' elta materia de la recep- cion de las leyes Ecclefialti- Cas , y leculares traté de propoíito en Propo/.XXV 111. Condenada. 361 mis Conferencias par. 1. trad?.3. Con- fer. 2. per totam d fol. 380. donde [e podrá ver» por importar mucho , lo que alli le dixo, para la mejor inteli- gencia de elta Propoficion condena- da ; elpecialmente fe vea allfel caío Harto , 12m. 2.7. num, 28. 19. fcq" ol.391, Aqui folo tocaré lo precio para la inteligencia de efta Propofi- cion condenada, y el fentido > en que fe declara por falla pradticamentes 1738 Digo lo primero : Que el pueble , que fin caula no recibe la ley promulgada por el Principe peca; y el dezir lo contrario » es lo [que fotr- malmente [e condena en la Propofi» cion 28. y con fazon: porque el pue- blo efta obligado a obedezer a (uPrin- cipe : Atqui, fi pudiera no recebir los leyes fin pecar , no eltaria obligado a Obedecerle: luego peca el pueblos que fin cauía no recibe la ley pro» mulgada por Íu Principe. Y amnque en elta Propolicion folo le dize , que O es do mortal, 0 venial, pero fe fot ner, que fila materia dela ley fuel le grave , pecará mortalmente el pue- blo , que fin canía no la recibe; y li fueffe leve) pecard venialmente,co. mo fe dixo arriba numero 116, y NUMETO 1 19: 179 Digo lo fegundo-Que no fe condena el dezir ¿que el pueblo., que con jufta cava notecibe la ley pro- mulgada por el Principe, no pecarág potque la Propolicion condenada de- 212 » QUe nO pecava el pueblo, que lin alguna cauía no reciba la ley promul- gada por el Priocipes y loque digo yo Zz es» ¿EA O A A ptr pu e a e al sá -
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz