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Li A XX. PROPOSICION CONDE: pada. Larefitucion impuefia porPio Y. los Beneficiados, quenorezan , no fe des ween conciencia » ántes de la fenten- cia declaratoria del Juez; porquees pena. 127 Se ERA ¿Que Sy 13 todas las vezes» que el Beneficiado fe acuía de culpa en omi- tir el rezo »eftá elculfado tambien de da obligacion de reltituyr los frutos,Á alids devierareltituyr por la omiffion delas horas; v. g. 1 por olvido natu: ral, porenfermedad por (er muy:te- nue el Bencficio,O-por-alguna Otra de las cauías legitimas,en que fía peca= «do [e puede dexar elrezo Divino,cefa falwobligacionde reftituyr, como fe collige delas palabras mifmas de la conftitucioa del o fe, y del Papa Pio Ve i nn p be e Ya.dexe tratado arriba»y explicado , quando, como,y aquié fe le ha de hazer la ref titucion de los frutos por la omiffion del rezo Divino. Vealc enel trad.1z. cap. 3 a nu26.0 fegfal.:30. 128 Supongo lo fegundo:Que la reftitucion impucíta por el Concilio Lateranen(e» y Pio V. a los Beneficia» dos,.que no rezan, no es p.na , como Lon aquellas» queleñalon algunas le» yes civiles, para los que paíian mer- cancias por los puertos , cagan en montes agenos O pelcan enrios ve- dados,Kc.Porque de eltas a y Opinion > policia XK Condenádas: 30003 , A 339 probable ,que dize, que fiendo leyes ¡pora mente penales, ma'obligan en el fuero de la conciencia; legun lo que dixe en mis Conferenciasitraél, 3. com- ferenc..6.:$<: 1onwm 5» fol.448..Pevo cla obligacion de reftituyr , por:omi- «titel rezo , baze de noener «derecho alos frutos de el beneficio»que fe dán propter Officium»: 129 Supongo lotéerceroQue al- gunos beneficios ticrrenotras-catgas anexas a mas del rezo del oficio Divi- no» y en eltas el Beneficiado , que de: xa de rezar» no:tiene obligación de reftitoyrtodos los:frutos por entero, (ino folo aquellos , que correlponden al OfcioDiwinosfacados los que cor- “relponden.a los otros trabaxos , y eXxcrcicios,y Cargas» que tiene el be- neficio; como dixeen el tratado 12. citado rap. 3. Muni, 27. y mátn, 3 9. Sun pongo. lo :quarro: Que el Beneficiado, queno reza en los leys primeros me- des de ues dela pcálclfion pacifica mente,no ed obligado a teca yr E 130 Digo lo primero:Que el Bo- neficiado , que por omiflion de las horas Canonicas» tiene carga de rela tituyr los frucos » lo debe hazer antes delafentencia declararorio del luez, clto cs , in termecefario »queel Inez declare , que tiene obligación a' la tal re(litucion: y la Opinion contraria es clicalo condenado en eta Propofi= cion:20. Y es la roBONSporqueel De- mrficiado onmÑlo en ber, ip/o facto contrahe celta Obligación , y aunque diciemos , que ello fucile pena de lu culpa, pero 10 es de aquellas penas Yu a Clvi- Ea . al A E El de A A 1 A ¿MN
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