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336 Trad. XD 11, Explicanfe las Propo/. Cond. por Alexand. y 11, ma, 0 vida, quando no tengo otro re: curíos ni medio para mi defenía » Que el matarluego elpeculativamente ha- blando pareze » que ferá licito matar al acufador fallo » fallos teltigos, y Juez » de quien le teme ciertamente la fentencia injulta » no aviendo etro medio ni camino parrla defenía. 118 Noobltante,digo lo prime- ro: Que es cola cierta,y ya indubita- ble,que no es licito matar al fallo acu- lador teftigos fallos , ni al luez > de guien fe teme la fentencia injulta cier- tamente» aunqueno aya otro medio de defenía» que el matar ; y el dezir lo contrario elta condenado , como im- probable pradticamente, falío , y ef- candaloío en la Propoficion 18. La Mrazon es : porque aunque el derecho aatural permite licencia a qualquiera de defender fu vida»fama, y bicnes del Anjullo agrefor » Pero ha de fer por medios proporcionados, y medidos: Sed ficeft, que el matar alos teltigos fallos, al aculador, al Juez, de quien fe teme ciertamente la injufta lentencia, es va medio exceflivo : luego no le ¡puede vfar de'él , aunque no aya otro ¿medio para la defenía+ Lo otro; por- Q e elo > feria abrir cami- mo a graviffimos inconvenientes , y daños, y podria cada qual juzgar con paÑñion ¿que el que le acusó, lo hizo fallamente » q ue los teftigos juraren con mentira > que.el Juez no obr a con lilara,e:ir matando fintie nto.mi repa= ro a. quantos [e le antojafle le hazian agraviorluego para Cerrar la puerta a tales inconvenientes, etá juftificadiís fia amente condenada la Propols 13, 2aquen la legunda Impredlion ; fino A la razon de dudar pueíta arriba; [e reíponde: que es verdad, permite el derecho natural , que pueda para de. fender la vidasfama > y hazienda ma. taríe al injulto agreffor, quando no otro medio para la defenía ;00n tal, que el matar lea en lange , que fe juas gue medio meníurado > y mediocre, mas no quaudo fe reputa medio cx. ceffivo; y como fea medio exceflivo matar a vna perlona publica , quiles vn luez, por temor cierto, de que da» | rá fentencia injulta;y Íca tambien me y fallos teltigos , por ellarazon no le deve, nipuede permitir cíto. 119 Digo lo legundo: Queno (e condena el matar en clte calo como pecado venial folamente > como dize Prado lobre efta Propoficion mk, 5, y con el Torrecilla (obre la mulmam, quefe condena, como pecado mot: | tal ; porque aunque la Propoficion | condenada dezia, licitoes: y el QUe afirma, que es pecado venial, no di- zc, que eslicito , por donde parecele lalva el tigurolo fentido de la Propo: ficion; pero como la materia declía $ fea grave, le deve juzgar condenada como grave, y pecado mortal,como he dicho enla explicacion dela Propoficion precedente * xk e ka dio exceffivo matar el aculadorfallo, |

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