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bere nonpoteft: como có Angelo, Sylw. Bonscina» Susrez»y Sanchez dize Pa- lao ibid. Sed fic /f, queno pudiera te- ner efeño la facultad y que fu Santt- dad concede de ablolver de los calos a él refervados > fi por eftar anexa la relervacion del Obi/po'á ellos , no fe pudicran abfolver: luego fe ha de te- ner » que quando el Pontifice conce- de facultad» para abíolver de los Ca- los releryados a fu Santidad;:podrán dichos cafos ablolverle , aunque los aya relervado tambien el Obifpo. De todo lo dicho confta, con quán poco fundamento [e introduxo el R. 'P.Fr.Manuel de la Concepcion a pre- e cantar mi doétrina, la qual en O» y en Otros» quetepo- drán Tereleho Tratado) en los num. 94» 156. y 275: he juzgado precifío amparar » porque nadie pienfe , que por dexarle indefonía la aflentia por falla > figuiendo el diétamen del cap, confentire, dit. 8 gu donde dize el Papa Gregorio 111..Confentire vi en ti, qui ad refecanda , que corrigi debent, mon occurrit, Y porque la verdad de mi doétrina no quedafle confundida, por no defenderla, de quien fín razon ha querido pervertirla : Veritas cum minime defenfatursopprimitar; co» mo dixo el Papa Inocencio, cap. error ead, difi. 84. * xk e Propofición XIII. Condenada. 321 XIH. PROPOSICIÓN CONDE- nada. Satisface al precepto de la Confe/Jior anual , el que fe confieffa con algun Religio/o , que prefentado d examen al feñor Obi/po » fue injufamente ren : provado por el, 84 Gyrongo lo primero: Que defpues del Concilio de Trento fe/).2 5. cap.i5. dereform. para adminiftrar el Sacramento de la Pe- nitencia > es neceffario á mas del of- den de Presbyterado aprobacion del Ordinario; y que efta aprobacion es naa Fhentico de la uh ciencia , que el Sacerdote tiene para exercitar efle empleo. Supongo lo fé- gundo: Que efta aprobaciones necel- faría , no folo enlos Sacerdotes fecúk lares,fino tambien enlos Regulares; para que puedan confeffara los (ub= fefíar a otros Religiolos, no nece fis tan de la aprobación de los Obifpos, fino de la de (us Prelados relpeGiya- mente. Supongo lo tercero : Que los Regulares > 2UNQue Neceffitan s para confeflarlos leglares dela aprobació del (eñor Obifpo3. pero lajorifdicion la e inmediatamente del Papa» puefta como condicion la ¿probació del Ordinario. , po 85. Digo lo primero: Que el que fe conficfa con algun Religiofo, que le prelentó a examen ánte el feñór Obi'po,y quedó reprobado; aunque £ucdle ¡ojuftamente, ne comple con él pre-
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