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a cateciss alguna de las condenadas porla San- tidad de Alexandro V IL. La razon es, porque la Supre ma Inquilicion ha publicado, y recebido el Decreto de Inocencio XI. y refervado a el calli- de los tranígreflores» el dia-24. de Iulio de 1679» Lo qual no ha hecho cen el Decreto de Alexandro VI. Luego el.que enfeñare , O praéticare alguna de las Propoliciones conde» nadas por Inocencio X], deve fer de- latado al Santo Tribunal de la Inqui- ficion; mas no el que praÉticare al» guna de las condenadas por Alexan- dro VII. 5. Advierto lo quinto : Que aune que algunos Dodtores enfeñan , que cellando el fin de la ley totalmente, celía la obligacion de la ley > como puede verle en mis Conf, fmpra confer- 7. $5.12 Y otros dizen » quelas leyes fundadas en preluncion , cellan. cel- fando la preluncion como referi en miPraÉtica par.1.t1a6h,7.cap.r1:fol, 138. de la fegunda Impreflion. Pero elto no tiene ltgaren eltos Decretos, que condenan como falías las Propo- ficiones, las quales no ferálicito prac ticar por penfar, que cefla el fin , 0 preluncion de dichos Decretos. Vet» dades, que encafo de extrema ne- ceflidad » no [era ilicito pradticar alo guna de las Propoficiones condena» das como.con Hozes, Lumbiex,y Fil- gueyra dize Torrecilla enel Proe- mio difkic. 5.nume- 7022. kk . Prop 0/1. Condenada por AlexandroV 11. 3287 1. PROPOS. CONDENADA. El bombre enningun tiempo de fu vida efid obligado d hazer ato de Fé , Ef- peranca y Caridad , en fuerga de los Divinos preceptos , que pertenecen d effas virtudes. 6 Ft fe dá la mano con la Propoficion 16. que condenó el Papa Inocencio XI. que dezia , que la fé no caja baxo precepto elpecial > que obligafle a ella; y. con la Propoficion 7. conde» nada por el miímo , la qual afirmavas que el aéto de caridad lolo obligava» quando teniamos neceffidad de juíti. ficarnos , y no avia otro camino , Ó medio para efle fin. Todas eltas doc- trinas foo fallas, dimprobables , y le ha de afirmar , que por precepto di- vino obligan per fe los aos de las djs: Theologales, lo qual coníta dize Chrilto porSan M Qui veró non crediderit, condemuabitur. Dela elperanga lo dixo San Pablo ad Roman. cap, 8. Spe falvi faléi fumus. Y dela caridad lo repitió Chritlo:en el Evangelio de San Matheo.cap. 2.2; Diliges Dominum Deum tum. ex toto corde tuo bre, 5 a 7 Supuelto elto, digo lo prime- ro : Queen elte Decreto no le deter- mina, el quando obliguen los Precep- tos Divinos de la Fé, Elperanga , y Caridad; porque lolo le condena el dezir , que el hombre en todalavida efe obligado alos aótos de elas vir cu-
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