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a 32 P. Ali miímo me acuío Pa- dresque no he fido leal,en dar los me- dicamentos » legun el Medico los re- cetava. C. Porque faltava v.m. a eflo? P. Padre,porqueno me pagavan lo que cra julto. C. Y dava v.m, cola , que fuelle deigual bondad, a la que el Medico recetava 2 Porque (i dielle cola de igual bondad » y que tuvielíe cierta- mente-el miímo efecto,que la Otrazno condenariz al Apotecario a culpa grave, aunque no diefle la milma,que el Medico recetava. P. Padre bueno era lo que davo, aunque no tan bueno , como lo qué dezia lareceta. C. Gravemente pecan los Apo- tecarios , que dán los medicamentos cotruptos,ó fin virtud, Ó no dán los quelos Medicos ordenan, fino otros, queno tienen la miíma vittud, y no folo pecan contra caridad; fino tam- bien contra juíticia» con obligacion derellituirlos daños , que al enfermo fe figuieren » por aver dado maleadas las medicinas : Machado ibid, num, 3. Nilesbalta dezit que no les pagan bien; porquesó eltán conducidos con la Republica por vn tanto, con obli- gacion de dar recado a todos los ve» zinos;0 no eftando conducidos , pa- gan los que llevan medicinas, lo que el Medico tallare? Si eltán conduzi- dos, y obligados ala Republica , es llano, que deven dar +lo que el Medi - co recetare y y que no pueden alegar, que no les pagan» Si no eltán condu - zidos; O no dén las medicinas,a quien Cap VI. Delos Apotecarios. : 277 prefumen » 0 faben, que no las ha de pagarzO filas huvierao dado, pueden cobrarlas por julticia luego nuoca les elcula , para dar los medicamentos adulterados » el dezir queno les pa» an bien» De la obligacion , que tienen 10$ Apotecarios de fervir » de limoloa a los pobres; fe ha de diícurrir lo mil- mo , que avemos dicho arriba de los Medicos, fobre efte punto mimo: y le ha de difcurrir de la miíma maneta de los Cirujanos. Mucho importa, que el Apoteca= rio lea hombre de buena conciencias pende deél , la vida , O muerte de los hombres; bien eS, que vivan preveni- doslos Confeffores , para encarecer - les efta obligacion , quando lleguen a fus pies ! Muchiflimas vezes luclen gaftar miel enlos jaraves , que avian de hazerle Con azucar» y hazer otras drogas lemejantes con perjuyzio bien grave de la Republica : materia , que deve repataríe muchiflimg» Cap. 6. Determinaciones de las leyes de Navarra y "acerca de los Medi- cos , Cirujanos, y Apote- carios, 33 Nel Lib. 2. dela Reco- pilacion tit, 16. ley 3. le ordena , que los Medicos no lean ad- mitidos a curar »- fino es que delpues del curlo de artes , ayan curlado qua- rro años en medicina , y platicado otros tres con algun Medico de le- tras»y experiencia» Y la ley 2. del mila motitulo determina $. 1.y $2. los de* 4

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