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e tada ÓN .230 Perofi yá le han notificado lacita, cion,para que comparezca, fiente on Filiucio,Salo:t, Navarro, Navarra, y - otros, Fagundez, tom. 2.in decal. li, 8.04P.42,n4m 9y)n:m14. Que ea obligado a reflituir el daño,que fe (i- gue al inocente,por no aver ócurrido a.el con fu depolicion, a que es cita- do,y llamado por el Juzz. Lo contra- fío tiene por probable Lofio li 2.de iuff cazo dub.3.n.59.Y con Molina, Bonacina tó.2.di/p.3 in8 precep.q 3: pun.3 .num.13.La razon Cs, porque la obligacion de refticui? maec de la le fion de la jufticia comurativa:cn elte cafo no ay Iclfion de la julticia: co- 'mutativa,fino dela legal:luego no ay obligacion de reltituir. Vna , y otra opinion juzgo probables:y la pritne- ra mas Ícgura, 67 P. Tambien Padre me acuío, Que en yna ocafion,que fervi de ref tigo contra vn reo aculado de que a- ía hecho vn daño en'vna viña, aun- que el Juez me preguntó juridica- mente, no quite dezir la verdad,y con elfoel reo fue abíuelro. C.Y 1 conocia v.m. que ocultando “layerdad,quando devia manifeftarla, “pecava gravemente? E psi Padre. A C. Y fe facisfizo al dueño de effa viña el daño,que fe le hizo? DSi Padre, el mifmo reo fe lo fa- risfizo ocultamente;pero por aver yo ocultado la verdad,no le condenaton en la pena,¿ avia de llevare el firco. -. C.Dos pecados mortales en efpecie diverfos cómotc, el que jura falíamé- te en juyzlo;el yno, contra la virtud Tradl. XV-De los Minifivos detufticia. Pdo” de la Religion : Y cl otro, cónria Julticia. Sic Thonvás Sanchez en ly fuma rom.1.1i3.c4.1.1.9 i» fine Mas, es probable,que v.1m.nó tiene obliva. dion de refticinir al Arto E pena, eb que huviera (ido condenado efe reo, fi v.m. dixera la verdad; 1unque ellas ria obligado a refticuis a la parte e daño,que fe le bizo, /ra Sa verbo pgs futuro 1.4 4-Porque ciTa peñano (e deve antes de la tentencia de cHuez; y puesy. m. confiélla, que et mino reo [atisfizo a la parte cl daño, que Je hizo en la viña,no le quedaria y. m, obligacion alguna de refticurr, ; 68 - P. Aculome Padre, que he re. cebido dineros de vna perfona , pot examinarme a lu favor. C.Y fele feguia a v.m, algun da- ño, pot fer examinado ? Porque jufta compenfacion podria reccbirals -guba cola; v.g. fi vn jornalero porit “a examinaríe en favor dealguna per- lona, perdierfe fu jornal; podria co? brarlo de la perfona miíma,G le lle vó 4 fer examinado para Un veilidad, P.No fe inc ocafiono daño alguno, por fer examinado. C. Y recibio vim.efe interesa por jurar la verdad? porque aunque Ni- yarro c4,25.%.45. y Otros fienten,que | el reftigo,que recibe interes por jurdt la verdad, nofolo peca,fino que tam- An bienefta obligado a reftituir; lo qual fienten comunmetite los Dodtorts, telte Trullenc:t0.2.52 decál 1,.8:643, | dub.9.num.1.Aunque cl mifmo Tru- llenc £b5.juzga por probable,que ño tiene obligacion de refticnir.. Perol primera fentencia es yerdadera, pot- que

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