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que fe lee el inferumento , los. teftin gos» íu nombre4c. Y el que por 18- norar eftas cofas, haze algun ¡aftru- mento mal, cón daño de. tercera per- fona, elta obligadoa refarcirlo : mas ya que no Íe figuió en. el caío de v. m. daño alguno, ceffa la obligacion de reltituir:pero no dexów.m,de pe- car gravemente, en aver tomado el oficio, ignorando fu obligacion,me- nos quela buena fé , le aya eículado. + Concedido es a los Obifpos por el Concilio de Trento, f./f.22.cap.1o. de reform, Efcudriñar, y examinar la [uficiencia delos Notarios , aunque lean: criados por la Sede Apoftolica; o por los Emperadores ; y Reyes; no hallaudolos cabales ; pueden fi É penderlos del oficio. AS 43 P.Me aculo Padre,que avié- dome llamado,para hazer vna efcri- tulrawy dar fé,de que vna perfona avia pagado vna cantidad,di fé de ello; fin ver que pagallela dicha. cantidad, C.Y cl acreedor dixo en prefencia de y. h.quefedayapor pagado de a- quella cantidad? P. Si Padre. * C. Y dezia v.m. cnc inftrúme- tosqueenfuprefencia fe avia defem- bolíado el dinero, y entregado? "P¿No:Padre, fino lolo; «que ya fe avia pagado la cantidad. C. Pies no-tiene y. m1, que «ha- zcr cfcrimpulo: pe quando las par- tes dizen , que fe-recibió el dinero, 2unquenote aya recebido *, no peéa el Notario, “ni Secretariosni Efcriva- BO 5 que cfcrive:dveríe récebido: co- mono diga, que en fu prefencia le 3.Caf. 4. Delos Notarios: 217 delembolgó , y entregó : Sic Bona cina tom. 2 difp. 1O.circa 8. precep, 4 3.punc. ule.n.2¿Balleo verbo. No- tarims 1.2, 44 P. Tambien meacuío Padre, que en vna efcritura puíe vna clau- fula,y circunftancia falía, C. Y fué por inadvertencia,ó con cuy dado? P. Con cuydado lo hize, +, C.Y procedió de clto algun dañe al proximo? P, Si Padre. C. Y fue dañoen la vida , ó en la fama,ó en la hazienda? P, EnJa hazicoda folamente, 10, Fueen cofa grave? 1: P; Cantidad de trcinta ducadosle fueron deagravio á vna perfona. C.Dos pecados mortales en elpe- cie diftinétos cometió v.m.en ca o. cafion; yno , contra la virtud de la Religion, por aver quebrantado el juramento, que los Notarios, Secre- tarios, y Elcrivanes acoftumbran 4 hazer, de fer fieles, y veridicos en fir oficiozy otro,contra juíticia,por aver fido ocafion de daño, y menofcabo en la bazienda del proximo ; y eltá obligado a refarcir elfos treinta du- cádos ala perfona damnificada, Por- que el que es canía eficaz. de algun daño, éfta obligado a reflituirlo ; +. m. fue cauía eficaz de elle daño;lue- go cltá obligador-rcllimitos.. P. Padre yo nome hallo con dií- poficion de pagar efic.dinero , por yerme-cón. pocos medios , para ha- zerlo. C.£n veil de. quico tedieron los Ec treyN- 1

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