BCCPAM000545-2-12000000000000
E E an 0 E 202 opinion mas probable , y lo contra- rio efta condenado , como noré al principio de efte capitulo; fi las opi- miones fonigualmente probables,ya tengo dicho en orraparte,que el Juez puede aplicaríc a donde le parecicre, cautelando el -eícandalo ; y lo tiene con Navarro, Decio, y otros , Juan Valero in differ.vtrinfque fori verbo 0pinio difer.3 mx, A P. Padre, tan dudoía eltáva la materia , que no pude hazer juizio «probable , ni del hecho, ni dere- cho, C. Y eftaya alguno de los litigan- “res en polleffion > Porque fi eo fue- ra , fe aviado aplicara favor del que polícia; *QUia in dubio melior efi có- -ditio poffidentis, * P.Ninguna delas dos partes elta- vaen polle (ion, i e" ¿C. Y erala materia , fobre que fe -litigava, divifible? Que fiendolo , fe ha de dividit entre ambas partes, quando es la materia dudofa, Diana P.4<rabt 5 refol.40. P. No.era la cola partible, fino in- divifible. C. Pues en elle 'caío que hizo v. nm? - P.Padre,difpu'e,que hechaísé fuer- tes, y al que le tocalTe la fuerte, fea lleva(Te. ; C.«Bien hizo;en caío dudofo,fien- do la marcria del litigio indivilible, “fe ha de difponer,que ie hechen fuer- tes,y el que tuviere mas fortuna,ten- drá mejot derecho en cl efeéto, Dia- na ibid. 19 P. Aculome tambien Padre, ; "TMÁAXV De los Minifivos de Tuflicia. > «¡Mecientesa ATES que he fido algo tardo en defpachap con brevedad las caufas,que hañile: gado a mis manos. C.Ylo ha diferido v.m.por impe. dimento legitimo, que le aya ¡ fibilitado , para dar puntual expedi, cion alas caulas¿ "324 P. Mucha pereza, y omiffion he tenido en trabajar. C.Gravemente peca el Juez,que por negligencia dilarala expedicion de las caufas, y no folopeca,fino que elta tambien obligado a refarcic alas partes los gaftos, y daños, que potíh .omiffion fe le han feguido. Bonacina tom 2difp.50.im decal q, 2 pun. 30, 4-Marerra es efla, que devicranpon» «derar mucho los Juezes , y demás MiniltrosdeJuíticia,atendiendoa fer «puntuales en la expedició de das caja ds deno hazerlo,fefigue cados «póbres litigantes muchodetrimenta, «gaftosspelares, y enfados; dexan (us «calas, hazjendas,y familias, por feghir fu litigio,y filos tienen cntreténgdos con dilatadas.elpcrancas,es motivar Jes muchiffimas incomodidages,. : Si eb Juez pueda perdonar ito la pena,que debia, fe dixo en lap. de las Confer tra? .z.conf,6.5.? calo 5.1. 21, fol. 453. Donde fe relolvio, que el Juez inferior no la.pueda pss- donar,y el ¡npcrior,fi. Larga. cofa(e- A es ria cratar aqu todas las colaspperte- | empleo del Juez;y para elloera mencíter tratado mas diful- Lo: balten por aora las efcritas y que fon mas practicas, y necellárias:: «para: la inftruccion del: tus 2 “Confellore: «+; gl Cap.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz