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Cap. 1. De la obligacion que tienen á refidir los Parrocos, declaratione non fequata,Óc. , "8 P. Aquien he de reíticuir celta rcion de frutos? C. A los pobres,0 4 la fabrica de Tu Iglefia , dize el Tridentino , que le haa de reftituhir. P. Y no polré componerme con Bulas de Compoficion, como lo pue- den hazer,los que han omitido el Re- zo de las Horas Canonicas? C. No hijo,porque en efte caíolo prohibe el. Concilio exprellamente: E Prohibita quacumque conventione, vel com pofirsone. * Y lo tiene tambié Barbo:a de voref. Parrochi par. £, $4p.8. nm. 68. con Navarro, y Otros, Pone el Concilio otras penas a los Curas, que no refiden,como fon dar facultad a los Ordinarios , 4 que los llamen por ceufuras,fequeftracion, y iubtraccion de frutos, y Otros reme- dios del derecho, que por quedar a la difpoficion del los Ordinarios, de que no me pertcuece tracar aqui, las PRLO, Advertencia. TO puede ecufar mi buen defeo, N el executar alos Señores Cu- ras , 2 que [can vigilantes toóbre fu rebaño, y no le detamparen hazicn- do aufencias de fus feligreios, Fragil cola:es la vida humana, no ay yidro mas expuelto, a quebrar!c que ella a acabarte; y viviendolos mortales có efta contingencia , no-es bien , que los Parrocos fe aufenten de fus fub- ditos., pues (1 les fobreviene vn acci- dende tubito,pueden moriccon gran 87 deícon'uelo , y vivircon rezelo na menor. Singularmente ca Pueblos, ea ue cl Cura es folo, fi el le aulenta, quedan fio Mila las Almas, (im ufra- io los Difuncos, fin coníuelo los vi- vos,y fin culto Dios Sacramentado, Siel Paftor fe aulenta de la vifta del rebaño, facilmente (+ delmandan las ovejas , le delpeñan por los rilcos, y fe precipitan alos valles,y quedan exp pueltasa los dientes de el lobo, Que huya el mercenario, palfe,pues no le percenecenlas ovejas; que le aulente el Paítor , es coía laltimoía, pues de- genera de los empleos de fu oficio,y nombre, Por loquallepedira el Prin- cipe Supremo de los Paftores muy ugida.quenta de fus delcuydos , en el dia feyeriffimo de la refidencia mas temeroía. Cap. 2. De la obligacion que rienen los Parrocos de predicar el Sugrado Evangelio, y e feñar Ls Doclrina Chriftiana á Jus Feligrefes, 9 P Acufome Padre, que he sido negligenteen expli- car cl Santo Evangelio a mis Feligre- les. C, Para proceder con diftincion en ella mareria , QuE es tan e'crupu- loía,como ardua,es precitlo fuponer, que por tres preceptos,nacural, divi Divino, y Ecleialtico effan los Cu- ras obligados a predicar, y eufcñar a Jus” Feligretes, Por derccho natural, por el quali contragto , que ay ensre el

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