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156 Provincia Baethica oON CLICS IL Y habiendoseme suplicado fuese servido, de mandar se guar- den y cumplan las preinsertas Ordenaziones, por los Missio- narios Capuchinos de todas las Missiones de Indias: y que si algunos de ellos no las admitiesen, mis Governadores de las Pro- vincias de todas las Indias, den el auxilio suficiente á los Pre- fectos de dichas Missiones, para que los remitan á España: y aviendose visto en mi Consejo de las Indias, con lo que dixo y pidió mi fiscal en el, he tenido por bien de aprovar las expressadas Or- denaciones, en cuya conformidad, mando a mis Pressidentes y Oidores de mis audienzias Reales del Peru, y nueva España, y a los Governadores de ambos Reynos, ú otros qualesquiera Mi- nistros, y Justizias de ellos, no vayan contra su thenor, ni forma. y que dén el auxilio que les pidieren los Prefectos de dichas Missiones, a fin de que las hagan guardar, y observar por los Missionarios, y que puedan remitir a estos Religiosos y a los que faltaren a la observancia, y cumplimiento de las referidas Ordenaziones; que assi es mi voluntad, Fecha en Madrid, á quatro de Uctubre de mill settecientos y siete años. — Yo el Rey. — Por mandado del Rey nuestro Señor, — Bernardo Frias de la Escalera. Concuerda este traslado, con las Ordenaciones Originales que quedan en el Archivo de la Procura de Indias Occidentales. que se halla en esta Provincia de Andalucia; y vá cierto Y ver— dadero en cinco fojas, sin esta; y para que conste, lo firmé en este Convento de Cadiz, en diez y siete dias del Mes de Agosto de mill setecientos Y treynta y ocho: FR. ATHANASIO DE GRAZALEMA Notario Appostolico.
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