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142 Provincia Baethica A RÓS AA AR nuestro Señor que Dios guarde) de todas las Missiones que tiene el dicho Orden de Capuchinos en las Indias Occidentales etc. A todos los RR, PP. Prefectos, y Missionarios de nuestras dichas Missiones de las Indias Occidentales, que al presente son, y con el tiempo fueren, Salud, y paz en nuestro Señor Jesu Christo, que es verdadera paz. Hazemos saber, a todos los dichos R.os Padres Prefectos, y Missionarios de las dichas Missiones de Indias, nuestros Subditos, que por cumplir con la grave Obligazion que como jugo suabe puso la divina Misericordia sobre nuestros flacos hombros, y attender a la Real voluntad de el Rey nuestro Señor (que Dios guarde) que tanto por nuestro Ofizio nos incumbe, como obe- decer, y observar su catholico zelo expressado en el nombra- miento que fue servido hazer de Nos, de tal Comissario general por su Real zedula fecha en San Lorenzo el Real a veinte y seis de Octubre de mill seiscientos y sesenta y dos años, y por su Real zedula, fecha en Barzelona a primero de Abril de mill set- tecientos y dos años, y el especial cuydado, que S. M. sobre nos puso, en la asistenzia del gobierno espiritual de nuestros Mis- sionarios de Indias, encargandonos toda vigilanzia, en lo perte- neciente a la Observanzia de nuestra Seraphica Regla, Aposto- licas Constituziones de nuestro Santo Instituto, y estrechissima Profession, como todo pareze y consta por otra Real zedula de S, M.“d fecha en Madrid, a veinte y siete de Agosto de mill seiscientos, y setenta y seis exhonerando su Real Conzienzia, y onerando la nuestra, por las dichas y otras repetidas Reales zedulas, mandando nos que pongamos todo el desvelo, y atten- cion, que es nezessaria, en las providenzias que debemos dar para el mejor regimen y gobierno de todos nuestros Missionarios y Missiones de las Indias. Por tanto, siendo, como somos motivados de gravissimas, justissimas y urgentissimas Causas, para poner puntual remedio a muchos y experimentados inconvenientes, y obiar otros ma- yores, que de ellos resultan, y con el transcurso del tiempo pueden resultar; Mandamos establecer las pressentes Ordena- ziones generales que hemos hecho (en cumplimiento de las Reales leyes de la nueva recapitacion de Indias, que para este efecto estan prevenidas) para que en todas nuestras Missiones, invio- lablemente se observen y guarden por todos nuestros Missiona- a
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