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e? 210 LA VIDA RELIGIOSA extrema necesidad, peca la monja que sale de la clau. sura é incurre en excomunión, y eso aunque salga sólo por un momento ó por broma y sin ánimo de apostatar; y aun le bastaría para incurrir en ese doble crimen sa- car fuera de la puerta ó del muro de la clausura la ma- yor parte del cuerpo. Es cierto también que puede en- trarel médico para curar las enfermas, el sacerdote para administrar los sacramentos, el que ha de hacer dentro algún trabajo que no pueden hacerlo las mon- jas y el prelado ó su delegado en visita canónica, que no se hace más de una vez al año; pero en estos casos manda el derecho que el visitador y confesor regular vayan con honesta compañía, y todos los demás sean vigilados y acompañados por las religiosas más graves ó las que tengan el cargo de hacerlo, por guardar con- sigo las llaves de la clausura. Fuera de estos casos, no se puede entrar en ella sin incurrir en pecado y en la excomunión reservada al Papa. Esto te parecerá muy rígido y muy severo por los abusos que hay en contrario; pero esta es la ley, esta es la verdad, y los decretos que sobre este punto ha dado la Sagrada Congregación, son bien claros para que dejen lugar á duda. Fíjate en lo que dicen éstos que copio aquí con la fecha en que fueron dados. “El confesor (6 capellán) no puede entrar en la clausura para hacerlas exequias de una monja difunta. (Sac. Cong. Ep. 10 Martii 1577.) Ni para rociar las celdas con agua bendita el Sábado Santo (Sac. Cong. Ep. 4 Sept. 15667) Ni para acompañar al médico ó trabajado- res; ni para confesar á una enferma ó tullida que pue- da bajar ó ser bajada á las rejas; ni para imponer el hábito á alguna; ni para un enterramiento. (Sac. Cong. Ep. 13 Sept. 1583;), Y si esto está prohibido, ¿qué diré de la diabólica costumbre de meter por el torno niños pequeñitos de la familia (6 extraños) para que las reli-
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