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— 176— enél, ni en ninguna religion. De estas escenas , que pasan en las asambleas publicas, somos testigos 4 cada paso, y con ello demuestran los hom > que. Por, muchos esfuerzos que hagan, no pueden prescindir en el gobierno de los pueblos de ser en politica lo que son en religion: esta es la planta, aquella el fruto; gobernante ateo, politica atea ; ; gobernante ¢catdlico, po- litica catdlica; gobernante: protestante, politica protestante; gobernante sin religion , politica irreligiosa. Puestos estos preliminares, se abre ya el paso para “al exa- men de lo que tiene que ser, en fuerza de estos principios, la — politica emanada del prolestantismo, politica ruinosa para la autoridad y mas ruinosa para la verdad. Porque, en ultimo resultado , la autoridad tiene el recurso de la fuerza para haverse respelar, y obligar‘4 los rebeldes 4 su obediencia; pero la verdad no:se impone a nadie por la fuerza ; mas si la politica autoriza 4 ‘que cualquiera dispute el imperio 4 la verdad, esta, como hija del cielo, tiene la propiedad de volverse 4 él, y dejar al mundo ‘en tinieblas. Vamos a examinar, la he es - = Tuinas en el ee q i ary 104 e ap Heit) . BT Ot ‘ } BUTE HHO FO : } eer lps reyes que no Ee up » Glande nea autoriza competentemente al hombre} ‘para que comente como 4 él le plazca un mandato de’ Dios; lo auto- riza para que con mejor derecho comente a su gusto y manera él mandato de un hombre. Cuando otra ley sanciona que la’sobera- nia reside esencialmente en el pueblo, y que el otorgamiento de Ja potestad para mandar es la prerogativa de los hombres re- unidos,,-supone en el pueblo el derecho esencial de confeccionar las leyes, y el de poder ideshacerse del soberano cuando le agrade. No hay-que*dudarlo: ningun derecho existe , sin’ que coexistan ‘todos los que le son relativos , pues tarde 6 temprano, se han de desenvolver con exigencia imperiosa.

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