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(210) logro. ; siendo tiértala vocacion akEstado, y' al em pleo», y grande la suficiencia para su exácto deseris peño?-No basta , responde mi P. $. Bernardo; y' es mucho lo que debe temersé la eterna perdicion' de aquel , que , siendo:su vocacion verdadera , no vive segun aquel fin para que fué llamado. (1 ) Poco sir- vela santidad de aquel estado 4 que Diosnos ha trai- do ,si no:obramos, y vivimos segun sus Leyes. ¡Qué oportuna la Doctrina de San Pablo ! Circumcisio qui- dem-prodest. silegem observes : si autem pravarica. tor Legis sis, Circumcisio tua preputium facta est. (2) Grande , altisimo., y apreciabilisimo es.el estado Sa= eerdotal ; por él somos acreedores a los favores mas altos de Dios, a los mas rendidos obsequiós de los Angeles, á las veneraciones mas religiosas de los hombres, y:á los mayores premios de la Bienaventus ranza , si legem observes , si observamos, y cumpli: mos sus delicadas. leyes ; mas si en el puestos, prevas ricamos contra ellas , quebrantandolas , omitiendo- las ,ó ignorandolas , circuncisio tua preputium.facta est.,.todo es perdido en esta , y en la otra vida, para eon Dios , y con los hombres, aún quando fuese la wocacion verdadera como lo vemos en Saúl. e Las Leyes de un Eclesiastico secular las com- pendia mi amado P. S. Agustin en estas ponderosas elausulas.: Clericus duas res professus-estoy sanctita- | A $1) S. Bernard. de conversione.ad Clerjo, 6-27. ¡ (2) Rom 2.25. a ”” e il "TSE x

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