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CONFERENCIA VIGÉSIMA TERCERA 99 género que se cometen por este motivo, son el resultado de ciertos testamentos monstruosos, inspirados, no en la recta conciencia y las leyes de la moral cristiana, sino más bien en el apasio- namiento, en afecciones particulares ó en otros móviles no más nobles y razonables. El terciario, al hacer su testamento, ha de tener su mirada únicamente puesta en Dios, á quien debe dar estrecha cuenta de todos sus actos en breve plazo; debe, antes que todo, disponer que se satisfagan sus deudas y otros deberes de justicia, ha de procurar que en la distribución de sus bienes aparezca el orden que pide la caridad, aconsejándose para ello de personas instruídas, prudentes y cristianas; en fin, disponga el tercia- rio de sus cosas en aquella forma que menos se preste á pleitos y disgustos entre los herederos. Y aun así tenga por cierto que le será difícil con- tentar á todos y evitar murmuraciones y quejas, pues los intereses han sido siempre la manzana de discordia entre las familias. Pero al menos, si al hacer su testamento ha tenido en cuenta los de- beres de su conciencia y el cumplimiento de las leyes de la caridad y de la justicia, aunque luego, por la miseria humana, ocurran disgustos entre los herederos, siempre tendrá el consuelo de no haber dado ocasión directa para ellos. Aquí pongo punto final á lo que se me ha ocurrido deciros sobre este estatuto de vuestra Regla. Como no es mi intento ofreceros instruc- ciones jurídico-canónicas para hacer debidamente

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