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140 y Erudicion cion (aun quando elta dudofaMe ha de interpretar fegun derecho: Menoch.conál. 5 55. n.8. Bartol.in l.vxor, $.Teftam. delegar. 3.Bald.in 1.4 duo, ff. de acquir.hzred: Luego interpretar las palabras, les Ordinarios de los Lugares, elto es, los Guardianes,es in. icrpretacion totalmente voluntaria,y por fer con» tra derecho,ha de fer repudiada. ] 5 Loquarto,porque N.P.S.Franciíco,no dixo los Ordimarsos de los Conuentos, ino los Ordinarios de Jos Lugares , y los Guardianes nunca le pudieron llamar Ordinarios de los Lugares, porque no lo fon,y no auia de darles nueítro Padre el tirulo,que fegun derecho les venia muy impropio,y mas quá- do fabemos , que el Serafico Padre , quando quilo hablar d+ los Guardianes, los nombró con toda ex- prelsion Guardianes, veale luteltamento,$.3 firmi- ter,y el guiente, Con que liaqui quiliera hablar con los Guardianes,Guardianes los llamara:no los llamó Guardianes , pudiendo ¿luego no habló de ellosporque fegun axioma de Juriítas , 4 legislator id voluiffes, exprefeffes, lovnica, $.Sin autem ad defi. cientis ,C.de cad.toll.l.(i lervas;f.Pretor ait,verí Non dixit, f.de acquir.hxzred. cap.ad audientiam de detimis. 6 Lo quinto, porque como prueba N.R .P.Fr. Leandro de Murcia,cáp.4.fobre el 8.de la Regla, n.2.% laté cap.7.con Rodrigaez,Miranda,y otros, los Guardianes lolamente [e equiparan con los Ar- cipreltes. At (ic elt,que los Arcipreftes fegun ¿ers ; cano,
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