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476 ¿9 103. ad 127. y la razon dá nueítro intento es: porque las dichas opiniones, y cada vna deeilas, es muy diuería de la propolicion condenada, ve ex fe pater:orgoXc. iz Lomiímodigo,y porla mefma razon de las opiniones , que elculan del ayunoá los Cocineros , que guifan para vna comunidad grande 5 v.g.deó0. períonas ; O los que guiían quatro,0 cinco platos para treinta, O quarenta períonas:a los ganapanes,criados,y criadas,que trabajan mucho en barrer, fregar , y facar agua de los pocos,Ó en acompañar la mayor parte de el dia el coche de fus amos: d las mugeres que laban la mayor parte del dia 5 á los que en ador- nar los Altares trabajan la mayor parte del dia; 4 los que firvená muchos enfermos 5 á losli- mofheros de las Comunidades, queandan todo el dia pidiendo pan,trigo ,6c.de puerta en puet. ta:y á los que fe acortan en las procelsiones pu= blicas condifciplina larga, fuerte, y vigorofa: d los que fe han defatigado mucho jugando á la selora,andandoá caca, y femejanres; acerca de lo qual fe vea dicho Leandr. difp.3.9.77.78-3 1. 83. y figuientes 92.119. y Íguientes ,) 154 Y figuientos. 13 Y lomifmo digo,y por la miíma razon, de la opinion que afirma ,que los Cabadores, Herreros,y los demás Oficiales,que elián efcua fados del ayuno porrazon del mucho trabajo, no eftinobligados á ayunar vn dia, ú otro, en queno trabajan : acérca de lo qual fe vea Dia- na, part.1.n+.9.ref.o.y dicho Leandro, 7.64. CONCLVSION Ill. 14 Di16GO0 lotercero:que lo que fe conde- ma en la propoficion 3 1 .es el dezir : que ablolu- tamente eftán efcufados de ayunar todos aque. llos,que ván camino a cavallo,de qualquier mo do que hagan el tal viage,aunque no fea necel- fatio,y lea de lolo vn dia: y con razon : porque quando el viage esbreuc, y la caualgadura bue- na,y fe camina fin mucha agitacion, no ay tta- bajo confiderable , ni fe fatiga , mi debilita mu- cho el que afsi camina : luego el tal notiene batante caula que le efcule de el ayuno : ergo, Sc. 15 No empero queda condenada aqui la fentencia,que efenfa del ayuno 4 los que cami. naná piejaunque ca por folo vn dia : ni la que dize,que baftan tres leguas para efcular del ayu- noá los que caminan a pie:porque cftas debili- tan,y canían baltantemente ; y afsi inducen ne- celsidad de mas comida de la que pide elavu. no:Leand.de ¡ciom.cr.s .difp.8.9.93. 94. 95 y 96. no apruebo empero efto vitimo, acerca de lo qual fe vea nueftro Balto,tom.1. Verb. leiumium 2 .mum.7.5.Iter habentes. +6 Tampoco quedan condenadas aqui las epiniones,que elcuían del ayuno á los poftillo- Trat. 9.de las Prepofic.de AlexandroV Il: nes,que corrén la pofta,en el día en que la corá ren:porque elle trabajo es grande,y con grande agitacion,y trae configo grande canfincio, y des bilidad:á los que hazen viageá cauallo, (el cas mino es por muchos dias , principalmente en Y erano,y en caualgaduras trotonas 5 porque efa to debilita , y canía mucho á los caminantes: moni laque efcuía 4 los que hazen viase por muchos diasjaunque fea en litera,coche ¿0 Cat ro,( fe defarigaflen mucho dicho Leand, ¿9. 99. ad 104.y nucítro Bafeo,Vbj fupra. 1: 17 Y la razon á nueítro intento esclara: porque qualquicra de las fobredichas fenten= cias es muy diucría de Ja propóficion 3 1. con denada,y ninguna de cllas , dize lo que cta dia ze,ni con la latitud que lo dize, fino con dife. rentes limitaciones, Vtex fe pater:ergo,8e, CONCLVSION 1y, 138 Dio loquarto: que lo que (e condo. ña en la propolicion 32.esel dezir : que no es enidente cl que la coltumbre de no conter hue uos,ni laíticinios en Quarefina obligue: v con razon,porqae aísi contta de la tradicion inme- morial de nueítros antecellores, rdibida de ro. do el Pucblo Chriftiano,con irme inteligencia de que obliga dicha abítinenciaya lo menos por coltumbre:ergo,Xc. 19 No empero queda condenada aqui la fenrencia de Fagundez , th 4. precepr. Ecclef.lib, 2.Cap.2.num,! 2. el qual dize : que no [e dá pre. cepto Ecicfialtico que prohiba fub mortal; los hucuos,y ladticinios en los ayunos de Quaref ma:la qual fentencia llenaron primeto que Fas gundez, Dominico, Pedro de Alagona, la Glof. Graciano,Pablo de Palacios, y Cayetano: y de los modernos, las V niuerfidades de Coymbra,y Ebora:item,quatro Obifposde Portugal : item, los infignes Doétores,y Maeltros de ambos Des rechos,Canonico , y ciuil de la Vniuerlidad de Salamanca, y los celeberrimos Doflores de la Vniacríidad de Alcalá ,confultados fobte eíte punto:y vitimamente el Supremo Tribunal de la Santa Inquiíicion de las Blpañas,, que avien= do lido delatada ante el,y examinada, la dió por libre de toda cenfira , y mando , que pudielle correr,por el Decreto del tenor figuiente. 20 EnlaVilla de Madrid a diex_y ocho dias de el mes de Abril,de mil feifcientos y treinta 45os auiendofe"viflo en prefencia del 1lmfbri(simo Señor Cardenal, Inquifidor General, y feñores del Confes jo de fu Mageftad,de la SanraGeneral Inguificion el brointirulado: Tradtatas in quinque precep- ta Ecclefiz, Authore Patre StephanoFagundez C locietate lelu, Theologo Lulitano Vianenfi: y todo lo actuado fubre las propoficiones delatadas , y los pareceres dados por diferentes Vnsaerfidades, y perfonas doctas,con vifta de toda la contelftura del del libro en quamso 4 la dobirina del, el defenforio de
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