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Propofición'6. E 2 qual añade,y bien:que fi alguno fe arreniófre ablo;ver de la heregia diredtamente, fin privite. gio concedido có etta expréfion, feria caftigado por el santo Tribunal de la Inquifición, fin que Je baltaficalegarignorancia, pues confta de el Ediéto. CONELVSION H. 6 DIGO lotérceró: que la herecía pu mental no eftá refervada, ni el tal hercge incur re en defcomuñion y comólo tiene Dianá ton imamerabies, parr.1 .eradt.s refol.1. y por confi- guiente podra ablolver de ella qualquiera Coni feílor aprobado : lo qual to ¿tá compre- hendidó en eta condenación, qué no habla de la heregía pure mental, (ino de la ex- terna oculta, 463 CONCLVSION lv. 7, DIGO loquartó : ¿que aquí no queda Comprehendida laténtencia de muctiós,que ci. Ya) y figue Moya, En hs Quéfliones Selc Tas, TOM. 1AVACt.3 mps quieta. precipwe, num. 5. 9 7 .1Os qualesdizen:que tl que ignoro [3 cebfurá del pecado de heregia, na cometió pecado de Herezla reférvado : porque ¿uñque comerió el tal pecadó , pero no incurtio en la refer vación: Yipore cenfuram ¡rnorams:y pot configalente, qué puede fer abíuelto por qualquier Confeor aprobadosy lomifmosquede lx ienoráncia, dize de la inadvertencia, a olvido aQual,num.s. Vide lam; y l3rizond nucttto THteñto Es : porque la Propolicion condenada habla de la heregia res fervada, y pór ta qual fe idtártió en deffomáús nion;y de vno,y otro elcafa la ignorancia en la fentencia coman:ergo,X%c, PROPOSICION:. Vik ONFESSARIVS, qu im Sacramental; confelsione tribuit penitenti chartam pojtcá legendam, A que ad Venere Tncirar, oh cenferi Johcitaffe in Confefsione, at pro inde Hon efi denuntian. dins. Condetiada: PROPOSICIÓN. Vil: Wim enadendi obligarionem dentariande folicicarionis EE fi foltoiratós CoBfitedrar Cum fos libitádre; bic porejt emm ablblvere ab[que honere denvniinto Condenada, CONCLVSION 1, t D168 lo ptimero:qué ld quefe conde- ía en la proptficion fexta;es el dezirtque el Có: feet, que en la conféfsion dio vna carta al pés nitente pará que defpites la lea, prouocativa á adtos vénetcos;no ha de fer délatado 4 la linquis ficion: porqué lá entrega del tal Villere, no E faéga (er foliciradcióm;so porque, como otfos dez zi4n,no ¿ra verdádera; y completa foliciración, 2 Y conjuftifsima razon fe condena dicha ptopoficiofí : potque la entrega dedicha cata en la Confelsion,es propia, y verdadera loliciras ejofí. ¿como atín antes de efte decreto lo tenia ot ¿trtifsinió, con Taan Sanchez, Diana, Tru= tench,y Fagundez , contra otros ; Leandro ; de Ponte vales dip 139.15: CONCLVSION, IL $ -DiGÓ lo fegundo : que ¿quí no fe cón- deñd la féntencia, de muchos que cita , y figué di Ho Eégndro,q44)?. 23.105 quales dizen : que no tez de denuriciar 21 Confelfor, que defpúss de auer confeflado á vía muger; vda cala de 14* ral,y allisoeñ el camino la foliéita : 5 el qué actpuesstolicita 4 la penitente, embiandólá paz peles amatorios por interhftritio, 4 Larazon 1 neltro intepro es - porque la propolición condeñada 6.Hibla flo de guandd el pipel fé da en la confefsion : jed fic ¿ft qué aqui no fé dá el papel én la confétsión , ni en el confeflonario, it intricdlirámente 4 ella ¿Antes Vel poft; comió taponemos:ergo, $e. CONCLEVSION IL $ Dico lotértefo:queldGde fe condená en lá (eptima propolicion,es el dezir:que el pe. niténte tolicitado á cotas torpes por el Confel for en laconfétsion, no Cta obligado A delarar el tal Confélfor4 la laquífición , 4 le conferir con €! tal folicitante : lá qual dpinion fue dé Thomás Hurtido; y la tutiéroñ Por probiblé otros michos. 15d , 6 Y lírazon que daú4 Er7 , Porqué pot vñ4 párré el Conféfor tiene jurifdición para ablol= ver al ral penitentes) por Otra ño cta bblivado aimpoñerló carga de quéle denuncie 5 ptes oinggo ne dUligicióon 111424; qué ig CG.

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