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442 quando vno €s interrogado de fin Fe por períos na priuada,no cftá obligado 4 refponder direc- tamente:fimo que podra callar, o relponder,que quien le mete en cilo ? Para quelo pregunta? ue le importa á el tal,que lo fea,o no? Y feme= jantes; y la razon á nueítro intento es clara:por= que la propoticion condenada , folo habla de el que es preguntado por períona publica, o que tenga publica autoridad:crgo,Sc. CONCLVSION ul 3 DiGo lotercero: que tampoco queda comprehendida en dicha condenacion lafeniea ciade Azor,Pedro de Ledefíma,Bañez. , y otros, que cita,y figue Sanchez, 1m Decalog hbr: 2. cap. 4 .num.,3.losqualesdizen : que quando vno es preguntado,aunque fea por la publica poteítad, 11 es Chrifliano? Que li la tal pregunta tuere he- cha,no por refpeítoa la Religion Catholica, li= no en orden 4 la nacion ¿como tuele lucoder en la guerra contra Infieles; que en tal calo podrá negar fer Chriltiano : porque en tal calo no fe niega la Fe Chtiltiana, puesmo le pregunta alli de la profefsion de la Fc , (mo que lolo niega ell ler de aquella Nacion , cuyos habitadores eltán reputados por enemigos 5 y aísi en tal calo no le pecaria contra la confefsion externa dela Fe, Imo, lila dicha: refpuetta fuclde con reitriccion feníible, y con graue cauía, no feria pecado als guno. : , 4 Y queladicha (entencia no ete comore. hendida en la condenacionde .etta propoliciony Jo tiene,o fupopone Filguera lobre la dicha3 y con razon : porque la propoticion condenada habla,de quando vno es preguntado de la publi. ca autoridad, acerca dela Fe que proteílas pero no,quando es preguntado en ordená la Nacion, O de que gente [ea:crgo,8c., $ Y lomefimo debe deziríe : 1d ynole pre. guntallen, (1 erasSacerdore,o Religiofo: 6 li aula dicho Mila, 0:exercido algun oficio de la Reli. ion Chriítian3;como aísiítir á los Diuinos Oti. cios,olr Mida,y femejantes exercicios , que pos! drá negar con reltriccion fenfible ¿porque eíto- no es negar la Fc,(ino negaralyan miniltetio, ú oficio de eila,lo qual (é puede hazer Gin pecado, í1 huuiere cauía legitima para var de reltriccion no puramente mental , como lo tienecon Sua. rez, Azorsy Coninch, dicho Padre Macítro Fil guera : y lo miímo Sanchez con Cayetano ; mt mer, 10. 6 Y queefto no fe oponga a la condenacion paterporque aqui no fe niega la Fe , que es delo que habla la condenacion , fino el particular cl tado , O el particular exercicio, Jmo, tiene lugar lo dicho,aunque con la dicha pregunta le preten da explorar la Fe del interrogadospues no la nie. ga clteporque niegue algun oficio , O exercicio de ella , Iupuctto , que lin cl tal munere [e puede Tratado 8.Delas Propofíciones de Innocencio: tener la Fe,como bien Palao,tom.1 tral di 1.puntt. 13.nu4m.4. y de elle dicho Filguera, CONCLVSION Iv, 7 Bi16co lo quarto : que tampoco queda queda comprelendida en dicha condenacion la fentencia de Suarez, Tabiena > Y Caítro Palao, q loscita,y ligue, Vos fuprd, pun?. 14 num. +. los quales dizen.: que quando la pregunta es en ve. neral,como (154.8. dixcflc el Rey: Los que fucres Cárholicos, fe manific/ten; no ay obligación,resua larmente i1ablarido, de manifeltaría vno;y la Tas zon puede verte en dicho Paláo, -+81 Y la que haze á nueltro intento es,lo vilo: porque la propotició condenada habla, de quan- do la pregunta es.en angalar , yno en general, que clloluacns aquel JE quis interroveruy PE lo Ea la condenación por de interpre- tación el recla,le ha de reltringirantes que am piiarrergo,dc. Asi lo tiene Fiivuera , fótsre di. Eng propoficion,s.Nec mihi difplicer, CONCLVSION y, o D1G0Joquinto: que aqui ho fe cónde. na el dezit: qué es lícito a vnó el huir,porqué el tirano no le pregunteslo vno: porque la propofi= cion: condenada imbia en cafo, y ex Júpofirióne de la preguntasy lo otro, porque es cierto de Fé gue ex gencre- fuo,esticito huir del tirano la per» fona purticular,para que no Ja examine de la Fe, nila de tormentos, como latamentre prucban Caftro Palao panét:1s num. 1. y Calpenfe, tom 2u:tratb.x5 disp fecEo .contlaf:S :mum.so . Y lo otro;porque huyendo del tirario Infiel, Intés fé maniñelta,que le nicga la Fesergoy Ke. CONCLVSION VL ro * D1G 0 lo fexro*que 2qui no queda cons denada la lentencia de Sanciiez,Reginaldo, Bo. 1 ) o > z nacina,Pala0,y orros'comunimente, que cita, y tigue Machado, ton+.1¿l¡b:> -PAYT.2.tY.2. docum $ nm.5.lós qualesidizeh : que anñaqué es pecado morral víar de feñales, o hechos protellatiuos de falía Seta, y figniticariuos de falla Relicion cO- moon la adoracion del lolo, la oracion A el y lemiejantes 5 pero que quando las feñales fon de luyo indiferentes (comolo foh,e! comér car. ne entre Flereges los Viernes; traer veítidos de' ludios,o Turcos) no es pecado vfar de cilas:co. mo ño fea cón efcandalo, 9 con animo de fioni. ficar,y proteftar falía Religion. A 11 La razona nueltro intento es; porque la prepoticion condenada folo habia del no con- fellar ingenuamente l4 ES, quando es pregunta- a mr. y la publica poteltad, lo qual ES muy luerío de lo que entencia di ir clta f ntencia dize, Ye ex fe pas
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