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Propofición 13, y YA. 12 Y afsino queda:comprehendido en di: chas condenaciones;lo primero, el dezir : que con zelo de juíticia es licito complaceríe , y de. fear el caftigo,y muerte de los malhechorés,por* - medio de la publica poteltad: porque ella es pe. ña debida por lus delitos, y. ado dela julticia. vindicariva, y conduce para el exemplo , y ens mienda deorros,como lo fuponen todos conLe- lio, de. ¡w/t, libr. 2,c4p .47.dubi4 m.21. ' 13 e la qual doétrina infiere luan San. chez, in felect.di fp . 2. mmm. 11 .que es liciro des fear,y pedira Dios venganca de los que nos in. jurian;con tal. , que note exceda en la peticion de la yengancga,la medida de la cuipa:porgue en tal.caloí« pideel caítigo,y punicion de el peca. do á la poteltad de! fuperior, que ha de caltigara Je,no por odio, fino por zela dela juíticia vindi- catiua. : 14 Lofegundo: noqueda comprehendido en dichas condenaciones,el dezir, que por cari. dad de los proximos,cs licira la complacencia,y el deívar laamuerte de los pecadores elcandalo- (0sporquengcan tropiezo, y Ocalion de ruina 3 oros. A ej lo tienen Toledo, Nanarro y-duan sanchez,Benacina,y Otros. rs. -Lo.3 aampoco queda cóprehendido enel» tas condenaciones el dezir ;.que puede vnolici. tamente defcar lamuerte A yn enfermo iucu.. rable,que padece mucho, porquefe acaben lus trabajos, como lo tienen lacomun de Doúto- res;porque en tal calomofe delsa la muerte del tal por algun emolumentotempogal , fino por caridad con el tal paciente + y lo milmo dize Lumbier, fiempre que la muerte es medio , para que el proximo 4 quien fe def<a,fe libre de algu. na grande aflicción ¿0 de viuir*vna- vida muy moleíta , y trabajoía , que fuele fer tenida por muerte ciuil,y equiparadad lanarural, 16 Loquarto, tampoco queda comprehen- dido en eftas condenaciones el dezir : que 11 vn Padre vielle,queá vn hijo luyo le auian de dar, dozientos agotes por la juíticia, qué le ferid lici- to en tal calo,el delear,y pedir á Dios le quiraf- fe la vida en lacarcel , antes de verte en, esla : afrenta: porque prudentemente puede reputar dicha afrenta del hijo,y detodos los (1y0s por igual,o mayor mal, que l3.mucrte natural de di- cho hijo: y no avria quisn en yn hombre depun.. to,condenalle dicho deleo,como bien Lumbier; y lo mifmodizs dela Madre3que delcalle la muerte de la hija, per temor , de que no tenien- do.con quelagamodarlas elta.á peligro de per- dyrís,o very mmalogro muy grande declla... ¿dim Loquioto;; rampocoe tá comprehendi» doén tas dichas conderiaciones la fenténcia, de Bonacina,y Loledo, los qualesdizen : que por ciridad acerca del, miímo pecador le puededes fiear,y pedir á.Dhos la mucrtóstl le y iefe, queno feauia de EVayertirporque no le fuelle mas gra usla conisnasiom al calomi el dezl gencralca - 439 te,que por al bien cfpiritua propio, d ageno, le puede deftar con atecto ineficaz dicha pena: parque en.el tal deleo,fe prefiere el bien efpiri. tual al temporal, lo qual nofe pronibe en dichas condenaciones.Imo, ni parece delordenado di. chodefeo. l ' 13.. Lo fexto:que mucho menos cltará com- prehendido en dichas condenaciones , el deféat al proximo, bros inferiores males , por algun bien glpiritual fuyo,o por el bien comun 3 v.«3, deldará n hombresobervio perdidas de hazjen da para querefrene lufobervia 4 ya deshuací to,enfermades para queno lo fea: y el pedirle A Dios males temporales para los hombres que vis uen mal , porque.concllos: corrijan (4 mala yi. da;,que es loque pedia David a: Diosen el Plala mo 82. Imple facies corno ¡gnan di: TT, querent nomen tum Domine .X alsi tambien por. otrosfis nes de la gloria de Dios deíto Elias, y pidiod Dios mai para los pecadores idolatras , 4. Reg. cap.1.y Nos para lu hijo Genefap.or: ob sii 19 Y lofeprimo :.quemucho menos edará comprehendido en dichas condenaciones el des zir generalmente :. quees licito por amor de la yimud,el tener aucríion á los pecadores en quás tojelonsugun aquello de David, Plalm, 1448. Insquos odio habws.Y aquello delP(11mo,133.Nox ne qu odernnr te Domine oderam 5; porque en elia parte (e imira a Dios, cui odio e /bimprys ¿CT im pietas cims, como bien Toledo, lib. 4. cap. 11. 1m princip.y OLTOS. : ¿30 Y quemada de lo dicho en. eflta.conclus lion tercera ete comprehengidon dichas cons denaciónes,lo tienen Lumbier, y Hozes , fobre dichas propoficiones; aquel, 24m. 18315. y Cíte, numa .2.y+3¿y esla razon la que diximos arri- ba,nwm.3 .conviened faber : porque en dichas propoliciones provibidas folofe condenael des feo de muefte, quando es por algun bien di! poral,de(igual al bien de la Vida del otro:lo qua _nofe verifica en cola de lo dicho debaxo de el Ha rercera coneluñon,crgo,Óc. CONCLVS1OMN MY. «nar Dic ofinalmente: que tampoco queda comprehendida en dichas, condenaciones', dal Sentencia de Trmuilenchyy Nauarro , los quales dizen:que deleyraríe del bien , que fe ha ocalios nado con la,mugrte, del proximo, como la de. leétacion nofea,teniendo por objeto la muerte, fino toloprecilamente atendiendo albicr , que (e ha leguido por ella, no especado:porque ayas, que cto cs bien dificuicofo enda praxis pero com todo clio 414uecdisdeel obras copa dicha pre. cion(como les ipuede lucader4 algunos) ni le- rá pecamino(o, p gompreaendidajen la conde. nacion de dicha3 propoliciones : pueslo que te condena en ellas es la delcótacion , que tenga por objeto 4 la muerte del proximo, lo qual y ú -

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