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424 PROPOSICION: TREINTA DE 0107 Inocencio Y ndezimo: á 6s ENquanto1loquefe dixo enla confit«: macionde la prueba quatta, mempe: que puede vn. hombre honrado matar licivamente al que pretende darle vna bofetada,o palo,y al ladron, quíe le lcua la hazienda , fino puede cuitarlo de. otro modozadvierto, que dichadoátrina no ela prohibida nicomprehendida enlasco ndenacio= nés de dicho Decreto de Inocencio Xl. y 66 Pruebafe efto:porqueen quanto d la pri- mera parte, folo pudiera eltár comprehendida cn - la,condenacion del wm. 30. dondete condena la Propoficion figuiente : Fas efPViro honorazo'oc.. cidere invaforem quiniciturcalumniam imferre , fi aliter hecignomini a Vitavinequir; ¡dem quoque de - cendum, f1 quis:tmm inparalapam vel fu/te perca— tiaT. poltimpattam alapam ' vel ittum Fuftes fuyiar fed fic efé querer elta Propoficion conde»: nada,nó le comprebende la primera parte dela fobredicha dodrina:eigoj deci io Ñ 67: Pruebale cita Ménor > Y explicale la dis cha Propoficion condenada ; Elta: propofición contiene dos parres; cn la primera foloíe condes na'el siezir,queesticiro al hombre de pu adonot matar para impedir epa contumelia(que le cau la ¡coin palabras: )qui miticar calumniamanferres lo qual no es licito,por grauc que fea la contumes halo wto;porque las palabras contumeltolas,có otras femejantés ferepelen:y áfsi la defenía na. tural del honor, nó necefsita de ele medio , de quitarla vida,comomal dezian Nauarca , Elco. bar ¡y otros, que vita Diana, pare, 5. tradt.4.rez foli1zs ¿LOs 63 Ylo otro : porque los Derechos Cano. fiicosy.Ciail', que caftigan fueramente dicho homictidiosro ipfomoadmiren,que el hazerle por dichoritilo, ita moderada defenía:lo qual,junto comlopeligrofo dla doctrina fuc júftificadi(si. ma, Y fobradacauífa de la (obredielta Condena. cioja:porque comodos” hombres pundonorofos teman mías la herida. de vna contamelia, que la' de vinvefpada, qualquiera palabra equiuoca les puil ixparccer;:y pareceria tal vezantojadiza.. fnente,fer vna contamelia muy grande,y los re= celosmal fundados de fu pundonot ., auluados det Mémonio,les hatia parecer , que eltauan ya én colo dejulla deféafa, y 7 podian matar'al q te lesaro arimvalor deb honor pór dicha inminen- te contumeliá mirojadiza; y avilo'refvaladizo dela dicha doátrinopudofer baltante motluo para condenar dicha primera parte de la Propo- ficion : pero elta parte no es contra nueítra doc. trina,que no havia de lanvafion del honor,que fe haze con palabrás , fino de lá que le haze por obra,ó con inítrumento,?de/t,con bofetada , pa- lo,O caña. ' 69 La fegunda parte de la dicha condena- Dat” - AA o 1 Tratado 7<del Duelo, Guerra Riña, y Aborto. cion, es verdad , que habla de la connimelia de obra,con boferada;o palospero habla emtato,, «q el que hadadola boferadazo.palo,buclvelasiefe paidas,y huye: Poftimpattano alapamfugiar; y: nucitra doátrina no lribia em cafo , que depues deédada ja boferada, o-pato';huya el injiriador, lino encato,queaun no ha injuriado,: y: pretende injuriar. de óbra con boferada;o palo, en clquai calo no hábla dicha condenation. 70d, digo: que idelpues de dada la bofes tada, facailo ek afrentado la elpada , y mataíle al injuriador,que fe quedo en el mifmo puelto,-0 para concingarsíi le ofrece, :0 para defender lo hecho,o como dandole autoridad, y aprobacion; que:en cal caló no habla tampoco la condena. cion,coma lo rienc Lunvbier y fobre- dicha Pro. policion;tom.3(pag. 11570878. 1871.y Larazon es:porque'eha tal caío aun dura el congrello,y le queda al injuriado de que detenderie:ergoj8e: 71. li preguntares:: porque razon no le ha de (tr licitomiitar al injoriádor que haye, y le ha de fer liciro mararles quándo te queda en el mecfmo puelto? : . 7,2: Reípondo: que por dos razones; la pri. méra:porque fegun las leyes del duslo y ebinfa= madono queda ofendido, fi huye el injuriadoc; y larazon de¡cltoes:porque cl injurlador,fegun dichas leyés; debe quedarte alli:4 defender fu accion;y:fino lo haze, (ino que huye , el queda notado de cobarde,y-noel herido ; y alsiá elte no le queda titulo de honor , porque no. le ha perdido. AGi lo tiene el: eruditifsimo Padra Mendo en lu Jarera opimionum ,difere 4 oque. 3.NAM.1L. l La (egunda es:parque quando el ofenfor hu- yc,ya eta concluidala injuria, v por configuien. te el matarlo en tal calo , no ferá defenía ¡fino venganca de la injuria recibida; pero quando el ofentor,delpues de auer injuriado,fe queda alli, aprobando,y autorizando ' lo hecho y dura todas uia el congrelío , y por configuiente n tal cafo lg queda adhac al injuriado de que poder defeñ. deferergo,Xe. OBjECTON. 73 (OPPONES:al que ha robado el dinero, y huye,puede feguirlo el agrauiddo,y matarlo en la fuga a0ual fimo ay otro medió pata cobrar fla dinero: luego tambien podráteguie al que l6hé injariado yy huye; y matarlo para cobrát fi ho. nor, hide hadeeltar álarazon, precila dictía condehacion::> : 74 Relpondosnegando lá confequericia,y la razon de difpatidad confifte,eque el que quitó la: honra,no 48 1leua la mifmahonra configo;co+ mo quien fe llena vía aihaja , que el injuriador fe lá pueda quirár, y 'boiverla A Fecóbrars y atsi el mararlo folo podrá ter venganca de la injuria res cibida,lo qual esiticito, y maló per fe. Pero el la-

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