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416 Efe esuditilsinso parecer copfirmaron,y fit» maron de lainciira Religion de los Carnicliras Detcalgos, los muy Reucrendos Paúres Mack tros Fray Mathiasde dan Agultin > y Eray luan de la Cruz ; y de lanomenos inclita de Trinis tarios Deícalgos , los Muy Reuerencos Padres Maceltros Fray Miguel de lesvs Maria,Fray uan de Santo Thomas, y Fray Francilco de San Felix. ESPECIE DE LO QVE AOBA 'SE conjulta al Autor, y parecer de efte. PROPOSICION TERCERA de Inocencio. D'ESPVES de dados los Páreces de arriba,mo obllante, que fe dixe por dos Vexes, que en concicn. pe e mode Ls cura referida y aunque íca mas probable el: peligro en elia de la muerte ; el dicho Ticio ha reparado en la Propofici on tercera de nueJtro Santifsimo Padre Inocencio XI. Y ajsi por el ejerupulo que le ha fobremenido con ello, pregunta, ps obftante puede feguir , Jim ninguno, los referi. dos pareceres, por no contenerfe, mi fer, loque en dia cha Propoficion fe condena lo que aqui fe dixg ferle dicito prabticary exécurar en conciencia * 3. Soy de fentir; que dicho Ticio puede li. citamente,y fin'eferapulo algunode conciencia admitic la dicha cura ( aunque fea mas proba- ble el peligro de muerte en ella: ) y: que la refo. lucion tan erudita, como ajuftada ; y coníentas mea dla razon natural del Reuerendifsimo Pa- dre Maeítro Franciflco Vazquez,y de los demás Reuerendos Padres Maeftros referidos fupra, que la fubfcriuieron,no fe comprehende en mas nera alguna en la condenacion dela tercera Propoficion porla Santidad de Inocencio Vn- dezimo. 4 4 “Pruebafe elto”;'lo vno , porque aqui no (e condena el feguir la opinion menos probable, o LN a lo Tratado 7. del Duelo Esas Guerra, y Aborto: dexando la más probable;y la más Tesura ; como enla primera, y fegunda Propoficion condena» da por dicho Sumo Pontifice. 5: Lo orro:porquelo eruditamente refelto por dichos muy Keuerendos Padres Maeltrosiná Lolo es probab!e;(itito mas probable,que lo opueck to,y comun lentiren lOs principios gencralesde- los Dadores, los quales dizeñ comúnmente, que con juíta canía es licito ponerte A rico, na tolo prcbable,O mas probable, fino á riefgo leau- ro de muerte, con tal¿que la intencionno fea dis rectede perderla vida ; y la razón es: porque el precepto qninto del Decalogo,no obliga:1 nan ca poner la vida á peligro, (mo á que no (e pon. g2 temerariaméñite, y con intención de perderla, Veale Machado, rom.1.libr.2.p4rt,3. trab. 17, dOC.3AUM TS o. Y lo otro, qyuafi a priori: porque loque le condena en dicha Propoficion tércera, eseldes zir , que obra prudentemente el que figue opis nion,que tiene tenue probabilidad; fed fic eff,que la reloiacionde que hablamos , no tiéne tenug probabilidad, fino grane;y de graniísimo pelosya por la mucha autoridad de dichos Reuerendos Padres Maettros 5 ya por ler comun entre los Dottores; y ya porqu tiene en lu fiuor razon fuerte , o fundamento graue : ergo , Sc. Elte es mi parecer, (alyo meliori,8te; > 7. Eita refolucion autorizaron con lis firmas * los muy Reucrendos Padres Macítros Fray An. tonio de Fuentelapeña, Ex-Prouincial de etá Prouincia de Caltiila,y Gomiffirio General de las Prouincias de Sicilia; y Fray Felixde Buftio llo,Calificador del Santo Oficio; Predicador de íu Mageftad, Ex-Prouincial de efta Prouincia; y Vilitador Genetaldela de Navarra dela mel. ma Orden de Menores Capuchinos.Vea.. fe intrá,tradt:s ¡m princip.donde (6 exa plicará exprofefío , dicha t6ts céra Propoficion COM denada, ES A. a | ED Era ES CON:
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