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406 fuprinum.13 9 14.y Cafpente citado:y la razon: "es, porque en tales cafos el duelo fe ordena dla juíta guerra; imo,es parte de la guerra,y muchas vezes conueniente para confeguir la vitoria; luego las melinas condiciones que honeftan la guerra , honcitan tambien dicho duclo : ergo, ec. 15 - Lo quarto:fi fe diefíe vn calo tan apre» tado,que 4 vnóle fuefle medio vnico para co- fervaríe en vn gran puelio, el admitir el de(a- fio,en tal calo le feria lícito el aceptar dicho duelosy lo miímo digo fino huuiefle otro me- dio de confervár la verdadera honra", O la ha- zienda prepria en quantidad confiderable: Aísi lo indíicaL umbier fobre dicha propoficion con. denada por Alexandro Vil tom.2.1n4m,7 15.) 717. pag.mihi 925 y la razon puede fer: porque lo dicho en dichos cafos, hablando propria , y =verdaderamente,no es duelo, fino licita,y juíta defenfa, la qual concede el Derecho actual en las cofas de gran momento:crgo, 8. 16”. Confismafe lo dicho: al invafor matural dela hazienda fe le puede quitar la vida por de. fender!la,v mejoral dela honra , qhe es mas ela timabie,porlo qual es fentirde muchos, que vn Cauallero no debe huir, ni tomar elle me. dio para defender la vida : luego quando na huutelTe otro medio para defender la hazienda, y la verdadera hónra,que el aceptar el duclo, le podrá huzer. La confequencia parece buena,por fer elto menos que aquello , y como talla tupone cier. ta Lumbier, Vb; fuprinim:7 15 Y el antecedente Je tiene por hiíarto probable el mefmo , quando no ay pará el particular otro camino de confer- var la haziendasy lo miíimo dize de la verdade. ra honra quando no ay otro medio (por lo mes mos mientras la Ig!léfa no declarare lo contra- rio:) v añade, que el huir en. vn Cauallero , le opone derechamente al credito, y verdadera honra de fu valor;y que en la Sagrada Elcritus ra es muy celebrado el que verdaderamente hazecara, y vituperado el que huve-quando la debía hazer : y que entonces es medio vnico, y que afsi podrá abraqáríe el tal medio: crgo, de, is: 117 Lo quinto: (feria licito el duelo fecundum fecidef feclufo efcandalo,y mal. exomplo)quan. do el tal delafio no fuefíe verdadero, lino fingi. dosy folo para cumplir; eltoespaétado:, y con el feguro de que aúque (algan no'han de llegar a reñiv)atento que la jaílticia eftá preuenida ; y lo ha de eltorvar, y mas fabiendo todos los que concurren la verdad de lo que hade paítar: A (si lo tienedicho:Lumbier,24p».7 13:(aunque dize ño fe atreueria á aconfejarlo, ni nadie ferá bien que lo aconfeje., por lo peligrofo de la materia, y por na fomentar.el engaño de quecon el due. lo fe confervala verdadera honra, quando ay orrosmedios de mantencila de que infra: ) y la Tratado 7 Delduelosriña, guerra, y aborto. razon puede (er» porque en dicho cafo tela la máticia del duclo,pues ceíla el peligrodé muer te,O herida de los defafiados , ¿mo , el tielgode que lleguena reñir:ergo,Kc. : 18 Dichos calos fe pueden reducir á dos generales:el primero es.quando conoce;y fabes que le han de quitar injuítamente la vida ,. has zienda,ó verdadera honra:y el orro ,quandolo pide afsi el bien comun : aísi lo tiénen Becano en el Compendio de las controuerlias,lib.5 cap; 22.conclnf.1.y Toled.lb,s. imftruét, Sacerd. cap. 6.circa fimem,vide ¡llats, 19 Y queá lo menos entadmitir el duelo en dichos cafos no fe pequejani le vaya contra la condenacion de Alexandro VII, en dicha pro» poficion,ni fe incurra en latdpicomunion que impone contra los tranfgrellores, lo tiene Luna. bier,vbr fwpr.hablando de los dos vltimos., y lo meímo debe dezir de todos losdemás ¿y la ras zon esyporqueen dichos calos no fe admite cl duelo por huir la infamia fantaítica de timido, que es el calodela Bula, fino por la cenfervas cion verdadera del pueíto honorifico, hazienda, O vida,o por el bien coman ,para lo qual (e lu- pons medio vnico:crgo,8tc. CONCLVSION IL 20 REsr.lofegundo:queel duelono es la cito en los quatro cafos liguientes : lo primero, quando fe hize para oltentacion de lasfucfcas, y de la deítreza en armas,o para delcGtacion:de los que afsiften al expeétaculo : es comun, y coníta,ex cap.1:de tornzamentis :' y la razon es, porque es contra la reóta razon , y gran nece- dad,y temeridad,el exponerle A peligro de per. der la vida de cucrpo,y alma, por vna vana of tentacion,O deledtacionbarbara de los circunís tantes:ergo,8c.Cafp.tom.2.tratt.17 .difp.7. febE, 2.1n4Mm.25. Í 21 : Lo fegundo:quando el duelo fe ordena, O haze para vengarla injuria: Afsi lotiene Vas lencia,9.17.p.1.y la razon.es :porque la perfo- na privada no puede vengar la injuria que fe le ha hecho,con10 coníta,ex Math. cap, 5.V.39. 9 Cap.26: 1.5207 ex Epifiad Rom.cap.12.V,17Y Ái la períona es publica, aunque puede vengar la injuria q (e le ha hechosedo bade fer, d por via de derecho,o por via de guerra yindicativa , (ja no €s que acalo (ea necellario telolver: la guers xa en duclo,como fe dixo arriba, $. Lo Segundo: .Ergo,Xc. ; 22. Lotercero:quando (e toma, ú haze para invefltigar la verdad ,0 la juíticia de la vna delas partes: Afstlorienen Calpent.Vhi fupr.num.24. Sanchez,lib.2.c4p.3 9mém.3. y COMMINMENTE : y coníta,ex:c4p.Monomachiam 2.9..5.U' ex CApit. -Sigmficantibus,de purgatione vulgaris yla razon es:porque el duclo queíetoma para teltimonio Se la verdadsinocenciaso jufticia,es de la maru xa"

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