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Confulta:17 Propoficion 6. de Tanoiéncio. dofe en la ocafion, avrian de echar en la placa preguntados:quanto faben ; aunque fieficn las <fpias,y los Embaxadores , y eftriualle 'en cl fe- creto todo el bien de vna Monarquia: la adulto. ra preguntáda debiera manifeftar fimplemente íh delito, y qualquiera debiera 'echar en publil cospreguntado de ellos los delitos ocultos de fu proximo, aunque de al le Gguieflen mil perdidas de yida; honra,o hazienda,y aunque porsellode huvieíffen de marar los, hombres vnos:á: ctiós como mofcas:pues li dichas anfibolozias lenti bles,0 equivocaciones externas , fueflen contra el precepto negativo de.no mentir,ferian nen» tiras,y por configuiente intrinfécamentemaias, y no cohoneltables comodo alguno,ni portin,o d cauía alguna:ergo, tc, OB¡ECION. 1V, 720 ' OPOND:RAS lo quarto : fontantas las palabras que fon ambiguas ex fe,y tantas -las circunitancias,Vocabulario5,y: 16y es, ¿or las qua- les fe hazen ambiguas las palabras , que alias no Jo eran; y feníibles 5 O. externas las reltricciones mentales, fegún lá doÁrina de lasreglas ANICCE= dentes,que cali queda,eludida la condenacion de la propolicion 26.. pues Viene a fer tan vni- ucríal el efecto, v dañode equivocarle el oyen te por eftas reftricciones (enfibles (a caula de lá vniuerfalidad de las dichas circunitancias exteta nas)como lo fuera por rázon de tas reilriecioz nes puramente Mmentales:crgojóc. RESPVESTA 1 230 REsP.loprimero :que el Sumo Pon: tifice condeno dicha propolicion 26. no tanto por el efeho;,y dano que te (gue du la reíiric- cionmehtal,quanto por el medio que fe toma; que es el de la mentizayla qual es intrinlecamé- te mala :. con que hallandofelá mentira en la reltriccion puramente mental 5 y no enla fentis ble,y extérnajcomo todo queda probádo: figuez 12,que las reftricciones pure Mentales no le pue. den cohoneítar en manera. alguna por alguna caufajo finsfiendo aísi,que las leníibles, O cxter- nas fon cohoneítables , y Lavio lícito conjutá caufa;y por configuiente , que la condenacion de las puramente mentales ¿ no queda cludidas lino en pie:aunque las feníibles, O externas no queden comprehendidas en dicha condenácion; que esloque prerendemos , y que fea licitofu v(o con juíta caula , lo qual parece debe tencríe por ¿ierrosarentos los exemplares de la Sagráda Efcriturasla praGtica de losSantos,la aprobacion de grauiísimos Autores, v los demás fundamen: tos que quedán alezados cn la conclufioñ 2 y lus reglas,por toda ella; $02502 os do, á mas del que. tienen, ex fua fi - ” 359 RESPVESTA dí: -> 231. RESP:lofegundo : que adhec para los efectos de equivocar fo.elóyentezay muchadifer rencia de las anfibologias externas .d las pura. inente mentales:paes En ctas foloriene el oy¿- te con que engañarle. Pero en las fenfibles o externas y aunque puede enganaríe , tiene-tam- bien con quedelengañarie, 1i lo advierte bien; puestienen dos féntidos externos: y Lon (Enái» bles las reltricciones mentales , O porque las pa= labras (on ambiguas ex fe , O porque: lo fon por razoa delas circunftancias,, leyes , O vocabula- rios,confórine al:qual fe profieren : en las qua- lescircañitancias fignitican,y tienen otro fenti» gnificarione, fuera de dichas circunftancias + vocabularios, ó leyes. RESPVESTA TÍ. 232 RESP, lotercero: que ay: otra grande difparidad entre dichas anfibologias :,.0 teltrica ciones:porquel3reltricción puramente mental engana;pero la (enfible,ó exierna , ni engaña,ni pretende cnganar, fino víar de fu derecho de ze - lar lá verdad como pudiere fin mentir 3aungue cowel otro fentido qué tiene permitá el enga. ño. po Y aísi el zelarla verdad y que el otro no la conozca, us de (i1 intencion : pero que el otrofe aplique á la parte contraria, y de afenfod la fala ledad,eldo no es de lu intención; ni fe ligue per fe,imó 1ólo per accidens «de dichas anfibologias fenhibies:con que, comio dize,y muy:bien, Lúm- biersle conoce palpáblemente la difparidad , y diferencia que ay de vhasreltricciones 4 otras,y como.no le elude la condenación de dicha pro. policion 26 .pues queda en pie ,y no eludida en manerá alguna en Orden á las puramente men. tales,que lon lás condenadas alli, y declaradas por mentira yy por perjurio el juramento cod que le confirman. DE LAS CAVSAS IVSTAS PARA EL vlo licitorde eítasanfibologias fenfíbles, Ocxternas: 233 SvPONGO tomo cierto con la co£ mun de Doétores, quero es licito jarárcon 11 fibologia,aumque fea fenfible;o externas fin que aya algunajufta cinlfa, que obliguierA ello: y le miímo digo-del hablar con dichas anfibolozias, auñique [ea (in jufimento: Y la razon ¿S?porque elte modo de hablar, y jurarcon equivocacion”,-que propriamente fe Jlama calidiras,es muy perjudicial , y dañofo al trato comun,y comercio de jos hombres : y á la Ecciproca fescaridad,y amiítad con que le deben tra-

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