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Conf.17 .Propoficion 36.de hintcencio. mo €n tal cáfo las palabras no fean equiuocas ex fe, ni tampoco por razon de las circunítancias le vittan , adhac implicité , de otra figniticación, porque expreílamente la excluyen, no parece pucden libraríe de fer mentiras, 1i defnudaríe de cita malicia, y por configuiente; ni el iuramentó de la malicia de perjurio:ergo, Stc. No obitanté cílo: 164 Reípondo:que adhue, en tal cal) puede refbonder dicho vendedor: Que ha guardado la 14fj450 que no ha Vendido lás mercadurias en mayor preciosentendiendolo,defmerte , que aya hecho ds%o en el precio,pefo,o medidas;y que adhuc, en tal calo en dichas palabras le (fignificara baltartemente, a lo menos implicicé dicha reltriccion mental de el rcfpondiente.Alsilo tiene con el Macitro Za. nardo,el doto Moya, vbi fupr.m: 16.y con'Soto; Aragon, Nauarro, Suarez, Henriquez, Valentia, Bañez;y Salon,Sanchez,Vbi infra num 45 .dondé dizc lo.metino, proporrrene fervara, del teftivo, que es preguntado de el delito oculto/4dhsc,en quantoal;del Conf.-Tor,que es preguntado ade bus de lo que fabe en confeísion , y como Dios; del reo,que es preguntado de delito fecreto , no obltantesque (ca fecrero + Del que és preguntado por las guardas, (1 vienede Luzar apeñtido, n9 obítante, que fallamente le juzgue eftár apela? do;y generalmente dize con los dichostqueo fiení pre,que eslicito vfar de equiuocacion,d anfibos logia , podrá víarde ellas , aunque iniquamentd obiigue el que pide el juramento , que no víari de antibología. Y Jo miímo rienen con Silveltre, y otros, Remigio,y Palaos vbi imfra,y es comun; 165. Y fe prueba, lo vno: porque en querers le privar del remedio dela equiuocacion, y anti boiogia,quando elta le es licita al interrogado, fe le haze fuerga,y agranio ; y afsi podrá víar de fir derecho, no obítante la iniqua fuerga , O depras uada intencion del interrogante. 166 Lootro: porque aunque le obliguen (4 jurar,que no víara de equiuocacion,a4dhwc, podía jurar con anábologico juramento; y reftriccion mental;pues lo puede entender aísi : ¡Que jurara fin equinocacion mjufta 5 lo qual coníta manifñic tamente en el Conteflor, que file preguntan de algun dciico,que fabe por confefsion,etá obliga. do á callarle,de qualquiera manera que fe le pi- daeljuramento. Y lo mifmo digo del que labs vna:cola en fecreto natural , falvo fi eto vitimo fueíe en detrimento de tercera períona; Ode la Republica. 167 Y asi,fiá vno le obligafen debaxo de juramento 4 que manificíte, (1 labe algana cola, añque la fepa en fecreto natural, O en el figilo de la confefsion,podrá jurar: Que en ningun fecreto,- ni de ninguna manera lo fabe,entendiendolo, pas ra dexirlo o defserte, que efte obligado á dexinlo. Y í1le forgallen á jurar,que íi lo fupicra por alguna via, aunque fuelle en fecreto natural,O por con. fobion,lo dixsrayadbuc,podrá jurarlo,entendicn= 351 dolo 2151: Sí Dios ree alcarada obligacion del fécre- r9.Y lo milmo' proporriors fervara'en el calo fot- mal de la pregunta, en los demás mencionados fapra,y en fémejantes. 163 Y lo'otro; qualia: priori sporque el im- terrozado no ex 4 obligado ¡A refpouder 4 cla 'Rrénte formálde elinterrogante ¿04 la que de fatto tiene, fido4* la: que debe tener e Y darefe putita ay meltro dalo ; y entosdemaás mencio.. mádos es verdaderá, fegan la mente que debe te- ner el interrozinto, rex fesy de lo arriba. dicho conita:sr30, 8%. Es 169 Y queen núeltro edo, y en los demás mencionados , numer. 164.104 leníible da ref triccion, O (“quod idem et Y presa dichas ica. lo le igaitique' baltancemente «en dichas palal bras, por tazón de'las circunitancias que oca* tren (4 loménos fmblicite?) la reitricción merl- ral de el refpondiente y lo prueba bién dicho doctitsimo Moya,cuyas palabras quiero referie a la letra,y fon como ebelilizuicate numero. 170 - Er vario! potefhoff? 3: nar queries: ad mente intertogantis re[pónácro non' tención ¡07 aliunde expedit”, "veritatemiocccalrare y “ad: hoe quiljae ms haber ¿licor fub'Imvramento exrorquiar tá, quam' Com t4cendo occilrave nor poftie, ne Verba equiñóca” fine y quivis prudens auditóp Si, bi fuadere deber ratione circunfiurriarma occúra remiuns y véjtii Elhionenai mentidem/verbis fuper ad= ditam ef]e , 7 ¡uxra ¡llum refponfum menfuras "il: Vide fr vevba efje mento: conformia , cumil lam imsplicitó falten. figmificon, quod ad veriz tatem ovarionis vocalis [ufficene:conflat ex comi muni Dottorúm ve vide mes: Haíta aquí dichó Aipientifsimo Macftro en terminos de, mueítro calo,y de nueftra fegunda regla. 29" 171 Nibaíta dezic, que elluez: interroganá te en el dicho cafo, excluye ex relamente qualo quiera otro. modo de faber; O qualquiera ref triccion, y anfibologia: y queda réípucita :fignis fica cllo:ergo,Xc. ¿ASUMA 172 —Potque (e refponde»: fer verdad, elos atenta la intencion formál., € iniquade eliriter. rogante, 4 la:qual fe debe impuraz. la: repugnaia cia que ay enlas palabras,como las toma él pros ferente¿y la dicha iniqaa interrogacion pera ch que relponde, vía de lu derechos repondienda dla meare legitima,que debiera tener: y que ele ta reltriccion ( Gguificaballanteménte en ás palabras externas del proferente:, por razomdo las circunítancias:extermas de la períona:de el luez, quepregans1,'juyzio; perfona que relpon. de, y lacitcuaftancia externade la injuíta vexaa cion con que fe le-protcade iniquamente: obli gar á loque, leguide:echo;y razon noc Hi gblis gado,ni Le le puede obligar: por razon dela qual circunítancia, y de las demás ¡debe pertuadiríe qualquier varon pradente, que ay reftricción: mental añadida aidicinas palabras, y que la dicira relpuelta fe conmenfura «on ella. Y abidicha Ggz 1 sele

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