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C nf. 3.Propo/.41.delnnoc.y 42. de Alexsndro: CONCLVSION IL 21 Dico lofegundo:que aunque el que preíta fe obligue á no pedir el dinero que pref ra,hafta palfido el año,o hafta otro qualquiera cierto tiempo , que adhac por ella obligación no podrá licuar cofa alguna Vitra forte, pór= que lo contrario eftá cóndenado por Alexan- dro VlL.2wm.42 donde le condena la própolt- cion figuiente:Licitum'eftmbrivanei aliqinid pez tere Jupra fortem mutms > fi obligatur non :petere principalevfque ad ceriumtempus. CONCLVSIÓN “IL. 22 DiG0lotercero:que en eftasconde= haciones no queda comprenendida la lenten- cia de Diana, y otrós que Cita; y [1Iguo:, pare. T, tr.s ref.63 los quales dizen; que ti Peáro debe a Ian cien dúcados 4 pagartelos delpues de vn año,que podrá paétar con el,el que le da- ri luego los cinquentas porque le elpere dos años por los utros cinquenta:la razon es: por- qué en fte contrató folole dá vn mutuo por otro,y nada vlrrá fortem:ergo,áe. CONCLVSION 1V: 23 Dico loquarto:quelas dichas con denaciones folo pretenden el que no e llcué cola dirra forrem,por la privación del dincro; ni por lo precilo de la dilacion Paiítada de la paga.Pero ño prohiben, nt le condena en ellas el que fé puedá llenar algúna, cofá Vltrá fora tem por útros titialos,corho (OR $ por el lucro cellante, daño emergente; peligro del capital; O por razon de las molétlás,y gaultos de la co= branca,y por el trabajo en efériuiclo; y contará loal dátlo,y al recibirlo. ; ls 149 Lo vho,porqué todo élto es precio eftimaz ble,y extrinfeco ¿l mutuo,,y nO exprellado en dichas condeniciones:y lo Otro;purque tl mu tuante harto haze en preftar fú dinero al otro por amittad,(idque fe arrielgue elyniárricligue fus bienes.padezca moleltias > y delazones er la cobranca, O trabaje graciofamente “por el átro,ni fe le puede obligar a tal:ergo, Sc: SECCION lll CONCLVSION Vnica: 24 Y enquantoa la cantidad ; que puede Jrenarfe digo: que por dichos titulos de lucro csfinre daño emergente ; y ricl3os ue kh co- brinca,y por qualquiera de ellos lu puede lle» naejuftificidamente A ficte pot ciento (O lo áue comunmente le fa en la placa > icgan Lumbier en la Suma de Arana, Verb. Damno 287 emergentespag.12 9.y en ci Apendicemm.543. pag .+95 celebrando impiicicimente tres Coda tratos,que fon el de compañia; el de affecura- ción «del capital”, y 'el de affecuracion de vna moderadasamancia. Y añade que fin duda es muy probabie,que es licitó dicho trato , y nó lolo en Mercaderes , Íino en otras perfonas y y cita 4 Gibalino;y 4 Trullench. 25 Y [rdixeres:que no liempre ay dichos titulos: (epúsde relponder:lo primero,que 10 qúe no ay fiempre los titulos de lucro ceffan. tc,y dano emergente,ay fic:mpre los riefizos dé: la tobranca,fegun Sylveltre, verb. Negorrum 7. 4.donde dize loque fe figue: Nullus porefte/fé sta [ecurus,quin:pólstt aliguod imtervenire peri culum,vel faleert aliqia difficulas: vel labor in re hahenda. Y lo milmo apracba el Maélteó Sierra 2.2.9.77.4rb.2idmb Y. 0. A ¡;. Y lómifino parece aprueba Lumbier-, vb; fup.pues dize:qué dichos tielyos de la cobran + ca,(uelén fer hartós, 100 quindo ay prendas),y carta de encomienda ; pues talvez le ampara las prelidas lá juticia, y le ponen 4 rielyo el capital,y la honra:luego fi eltos riefeos fuclen fer. hartos, 14GnGquañdó ay “prendas, y cárra de encomienda,quien podra alfeguraríe del todo del tal riefgo”, dde la dificultad; y trabajo en cobrárla deuda? y mas elo calátiitabie de el figlo que alcáncamos, en que aun lós mas nui bles, fuclen fer los: mas defectuofos en pasar lo qué deben, 10que fea la deuda por emprele tido,ó mercadúrias ¿Imoyel dicho Lumbier, tom.2.num.1566.p4g. 999. dize, que rara vez falta el peiigro del capital... : 26 Puedefe refpónder lo (egundo :*que fiempre que fe celebran los. tres contratos de arriba;av otro titulo muy diuerfo de el lucro telinte daño emergente, y riefgos de la co» branca;que €s dar el dinero4 lucro;0 4 ganan+*” cia:y que clte titulo fea lícito, con el contrató de los tres contratos mencionados, [4pr. num. 24 lo fhene Bonacina con mucli0s, de conirace ib di(p.3.9:3.puntta1.anum.2. y con Gracia? hojSarmiento,Narbona;Máldero, Morla ; Rú- bio, Homobono,Nátra;Megala, y otros, Din; ».1.17.3.refo30:y Lumbicr,vbi fupr.dizc,que es 18 duda muy probable dicho trato , y no folo En Metcádéres(como quieren muchos dé los cirádos)fino tambien en otras perfonas, pará lo qual cita:3 Gibalino,y á Trullench. +47 Y fípreguntares,quánto pueda llenar- e 4 mas de lá fuerte por cite rirulo?refpondo: que Diana dize,que falva force (1deff falvc cl capital) fe puede llcuar 3 cinco por ciento: Lumbier, vbí fupra,dize y que á liere por cien to,o lo que comunmente [e víaen la placa : y el Maeltro Sierra 2.2.4.77. 4fr. 4. dub. 2, dize, que fe ha de eftar á la praótica aprobada, y dla comun cltimacion,y añado: que aunque anti- guamente fe pedián cinco por Ciento ; pero que
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