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Confulta 6. Propojicion 21. de Alexandros renciasa la penirencia, y á la extrema nece(si- dad del pobre a quier la di : y con yna comu- nion,al precepto annual,y al del viático:ergo, Sc. á 63 Y la razon de difparidad entre ellos ca- fos,y €l de la propoficion condenada,coníilte: en que vna cota es para lo mandado; muchos titulos que obliguen á hazer yn individuo de accionty otra cofa muy diuería es, quando lo mañdadofon muchos indiniduos+ lo primera paíía en los exemplos reféridos: y lo legundo pafía en los preceptos del rezo , con que le me manda rezar dos dias diítintos,o por mejor des zir, cada día, ; 69 Y fino,puede dezirle:que por vna par- te la coltumbre esel mejor interprete de las leyes, leg Si de interprerasione , imfine , 36 ff. de legrb. y que en las colas dudofas , la coftumbre tiene fuerga de ley , leg. Nam imperaror, 37: ff. cod. titul. y por otra parte : que la Igleía puede mitigar el rigor de las eonfequencias connexas, ex natura re + de donde fe (igue, EAN Ez a SA So A ATA RR EA o he OS NA Ú (e A A E ch PE 275 que como por vna parte ete en coltumbré el cumplir con vna accioná los titulos de Jos exemplos pueltos, y no eftc“elto condénido expreílamente y citando!lo el cumplir.con vn oñicioá los preceprosde el rézo , correfpon- dientes á dos diftintos dias , coño coñíti de Ja propoficion: condenada ;de a1es , que de i ella no valela confequencia á la diuerfidad de tirulos, quepueden concarriremvnmek mo dia, y relpedto de vna accion,como en los exemplos pusítos;+.67 .el precepto delos qua= lés le ha interpretado la coftambre en el mo= do dicho, y noleha prolribido haíta aora la Igleíía, como ha prohibido , y condenado el degir, quecon el rezo de oy , puedo farisfacer á la obligacion derézar oy ,y á la obligacion de rezar mañana. Además, que independena temente de dicha condenacion , prucba nuela tro Leandr. vb; fuprá, refol. 12. euiden- tementeler faltifsima dicha propo= licion, Vide ¡llum TN > e Be «a "jo: ¿A AO EA FA TS
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