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274 CONCEVSION IL 60 Tampoco queda comprehendida endicha condenacion la fentencia que dize: que el que rezalle fiempreen los demás dias (tucra de la Dominica de Palmas) el oficio de Refurrección fatisfaria fubítancialmente - al preceptodel rezo, y por contiguiente no efta- ria obligado a Ja reftitucion de los frutos: pues Ja fubitancia de el precepto de recitar el oficio Diaino es la reciracion cotidiana de fiete ho- ras Cañonicas;que el rezar de Feria , Santo, O Dominica, lolo puede pertenecer al Rito , 0 modo accidenta!, que no cae debaxo de pre- ceptosy alsi dizen,que el no guardar dicho mo do no feria contra la fubltancia del precepto,y por configuiente ni pecado mortal. Imo, añade efta fentencia , queíi huuiefle cauía juíta para mudar el modo del oficio, co- mo livño eltunieie grandemente ocupado en frequentes predicaciones, lecciones dela Sa. cra Ficologia,contelsiones , 0 en otra graue, y continua ocupacion, que en ral cafu no obli- garia el dicho modo, y por coníiguiente que faltará el con femejantes vrgentes cautas , no feria ni pecado venial. 61 Dicha tentencia es del lu(trifsimo fe- ñor Don luan Caramuel, enla Regia de San Benito,difp. 109.m:m, 1337.y difp.106.n4 1. 1438.yenfa Theol ogia tandamcaral, funtam ment.53:5$. 12.nm, 1100. de Bandicio:, citado por dicho Caramuel ,»u.1107.de Leandro del santiísimo Sacramento, tom. 2 .de Sacram. tratt.s.difp.13.queft.23.y mas exprellamente, tom.1. 14m Decalog.tract.3.difp. 3. que ft. 44945. y nueít:o Leandro de Murcia , que cita todos Jos dichos,tom.2.Difquifsr. Moral. libr. 4. difp.6. rejol.3 .a mum.9. tiene por probabie dicina fen- tencia, la prueba difufamente, y relponde 4 to.» dos los argumentos, que fe pueden hazer en contra 5 y lo mefino haze Leandro del Sacra» mento,citado, vide illos, Jmo, dizen ambos Leandros, que la miíma fentencia parece tener cali expretiamente, Le. 110, Azor,y Cayetano, á quienes cita, y cuyas palabras refieren indicatiuas, O manifeltatinas cali exprefse de lo dicho: lo mifino dize Fray Luisde ¡a Concepcion , quetienen otros mus chos doétos,á quien el lo oyó much as vezes, en fu Examen V eritatis Moralis,part,1.tr.2.de reftirut.cafu 6.n.1s. 62 Pero quidquid fit dela probabilidad , O improbabilidad de dicha fentencia , de la qual abítraygo: juzgo empero,que no eltá compre- hendida en dicha condenacion de Alexandro: porque como cíta lea de interpretacion eftre- cha, v folo condene el rezo ae refurrecion en el Domingo de Ramos: (iguefe , que no quede condenada dicha fentencia para los demás dias fuera de cfle. Tratado 4. de Beneficios? 63 Áfsi lo tiene en terminos ueltrolezn. dro de-Murcia en el findela refolucion «cita da: donde deípues de auerprobado,y defendi E do difufamentedicha fentencia , concluye con las palabras figuientes : Pofk hac foripra edidir Decretnm SS. D¡Alexandri VIT. damuaantis!, 3 probiben:is opinionem afjerentem quod. indiePal. marum recitans officiumPajchale farisfacit pra. cepto. Quod Decrerms edito efidie23 Marti; AnDO 1606 .CAÍUS epale omnino fianden; ej notandum támen e ¡pfum Decrerum non effe he tendendum,neque :eiws di fpofirionem.ad alios Po dies preter diem: Palmarum ) etiam Ji circa ¡ta los, milster eadem ratio, qua eftim materia odio. fa. Haíta aqui dicho Leandro. 15%, 64 Y le puedeprobar aísi: Porque las per nas fe han de reltringir;ry noeltenderfeá. otros catos fuera de los expreílos, ex leg. Erétum.cuia que,$. In penalibes, Vb Deciws , núm. 6. 0. (9 26 .infin, ff. de regulis. iwris. Y elto, aunque aya limilitad de razon del caío exprello, albino exa prello,como lo risneo luan Ándreas , ¿2 reo! Odia, de regulis iuris, lib. 6.Imolasin leg. Si Verós $¿De Vivo, col..3 SF: folat. Matrim., Gñ cia Gi : ronda , de premilegrors few exception, explicar, A 540.y Otros muchos:ergo,duc. : PROPOSICION XXXV, de Alexandro VII, 65 Y.S1 preguntares finalmente : Si poz drá qualquiera con vn oficio Diuino , rezado €n tiempo competentes(atistacerá dos precep. tos del rezo 5 v.g. Si vno rezafle Maytines, y Laudes el Miercoles las quatro de lá tarde, íí podrá fatisfacer con. dichooficio, á los May” tines , y Laudes de aqueldia, y de. el dia lin guiente £ 66 . Relpondo negativamente ; elta refolux cion Cs yá agena de toda duda; porque lo con- trario cfta condenado yá por la Santidad de Alexandro Septimo en fudicho Decreto, 2 35. donde condena la propolicion fizuientes Officto Diwino eodem, pote? fatisfieri duplici pre. cepto , feslicer, hodierno, (7 diei feguents. 67. Debe empero aduertirió, para inteli gencia de la dicha condenacion: : que aunque nofe puede con ya mefino oficio (atistacer al precepto de dosdias 5 pero aísi á muchas óblía gaciones,numero,o elpecie diftintas: como íi vnanacicíle del Beneficio, otra del voto, orra de la penitenciasStc.Y afsi vemos, que con vn memo oficio Diuino,latisface el Sacerdote al orden,y al Beneficio, y aun á muchos Benef. cios. Y fe puede probar con muchas paridades: pues con oir vna Miila le fatisface á muchas fieltas, quando cócurren fimul:con vn ayuno 4 la Quarcíma,y á las Temporas,que caen en di- cho día: con vna limolaa impucíta por penis [CDe
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