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Confulta Owz.e. con Villalobos,a quien cita, tom.e. eralt.35. dif. 47 .num.4 Balco, verb Claufuza,numer,s í con Bonacina,1 quien cita Gregorio de Sala- manca in Sum.Ba/]-yerb.Clamfwra Monsa!: wm», n.14 Buenagrácia Ablente:allátaz fua Su- mula ¡verb.Clanfura,n.S 5 con el Colector de los privilegios, Santes, Policio, y Cy priano de Antuerpia,que cita otros muchos. 2 Y fe pru<ba: lo 1. porquealsi lo deter- mino la Santidad de Vrbano.Oítauo,fobre la Reglade5.Clara,cap.7.por las fizuientes pas labras: Confe/Jori, few Vicario Momalium lices ingredi Monx/teria Monialiwm. Sancte Clare, quando alique Soror» vel Monialis tanta fuerit imfrmitáte derentasquod ad Locutor; 4m commo- de veniremon poteT haber necefsitatem con- fuer vellzom ni Corpus, vel ali arecipere Sacra- menta, 1defhque €s licito al Confeibor ¿0 Vi- cariode las ¡Monjas entrar en-dos Monaltc- rios de las Monjas de: Santa Clara , quando alguna de e! lascftuuicre tan impedida por fu enfermedad,que no pueda venital Locuto rio conmodaméte, y tiene necelsidad de:cós feMarle,comulgar, o recibir otros Sacramens tos;lo qual dizen los Doátores citados, que le puede hazer icunpre, que por precepto de Regla, Eltatuto , 0 por Otra pla , Y razonable cauía fe adminiftra a Jas demás Religiolas los Sacramentos de la penitencia. y: Euchias riítia:crgo, Le. d A , 3. Lo2.porqueaísi lo concedió ladanti- dadde Alexandro V L:por el: confuelo de di= chas Reliziofas enfermas yá pojicion de:las meíimas Abadelas.y Religiolas,comocontta de los. Monumentos de la. Orden ; de la pri- mera imprelsion,fol. 7 1 .y: de la fegunda , fol. 155, concefsion 373. y lerehierc en £l Com= pendios verb. Ingredi Monafieria Meni aliwnm, y en Rodriguez citadozy Miranda haze de cilo mencion:trgo,%c. da, 4 Lo3. porque afsi fe couge baltante- mente de la melina Regla de Santa Clara, pues en la primera, le dize exprellimente en el capitulo terecro ; Que pará comulgar a las Religiofas enfermas, fea licrto 4 los Capellanes el celebrar dencro de la Clawfura ¿donde fe debe notar,que no dize la Regla, que para conul» gar d las enfermas , que eltán en el articulo de la muertes ni dize, que para darlas € Via tico, fino folo , que para cae a: lasen- 1 icito cl entrar dentro» a NA pan 2.de lamelma Regla fe di» ze: Que para confe/J:sr a las of nn meden ¡y al Locutorio , y para: com se pres me[mas fea licito al Capellan el entrar entres dondefé ban de notar aquellas no Que no pueden ir al Locutorioyde las quales e cp re , que la Regla folo efto requicte p que fur licita la entrada dentro, para Conicilar, Y comulgará las enfqrunas, 205 $ Lomiímofe pruiba; e inñers de la E gunda Regla de Santa Clarajen el c4p.7 don» de ledize, lo que queda dicho arriba cin el pum. 2. Que fi alguna delas Monjas efinsiere tan tmpedida: por [wenfermedad, que no préeda conm damente Venir al Locútorio , y rumiere mex cefsidad de confef]ar, b.comulgar, que entre demo tro el Capellan; donde fe ha de notar: our pre ra que tgalicica la entrada, nineana otra cof pide la Regla,que el que la enferma conmo- damente o puzda ¡vetical Docurorio , o al Rallo:ergo, Sc. 6 Contirmafe eto delcap/10. de la mit ma Reglaydonde ludizs: Qué quando alpuñt enferma huuiere de hablar de confefsiom al Sa cexdote: y mulo haga. fino eftanda: dos Religio(as fentadas no muy di flanross las quales puedan ver ¿la que: fe confi-/Ja,y dd Confeffors la qua! cau tela; y.cuftodia, ya de ve, que no (o haze por las queeítán conítitaidas.en :el articulo de la muerte pues relpeóto de eflas fasra Mipera fluadlacgosfegun envrambas Reglas,para que (ea licito el inyredodel Vicario, o del Con+ fellor enlos Monatterios de las-Moijas. de Santa Clara, folo fo requiere,que la Relizios fa efte detal: fucrre enferma , 0impedida de tal enfermedad, que no pueda conmodameha te ir al Locutorio,Comulgatorio,o Rallo: er- go, XcC. 11201 7 Lo 4.porqueaísi eltá en pragtica entre los Menores,comalo tienen Porrel, Miran- dasy Rodriguez ,citados:y.lo.miímo luande Bobadilla en lu Enchiridion Manuferipto,(6< gun Miranda,quele cita. S ¿Lo 5.Porquea6i fe infiére rambicnda el derecho Canonico; ex cap..Cum infirmnizas. de penitent.S'remi/f] como lo ponderan Ros driguez;Mirandasbanchez,y otros . 9, Lo6:porque afsilodióta larazon ma. tural:lovno , porquofifucra del articulo de la muertesy en enfermedades, que no fonda, «Te poligro,niconítituyen en el , (e llama; ál Medico cotporal , y 4 eftelces lícito elena trar gaia clauliica de las Religiolas,y lo met. mo á los Cirujanos,5te. par el confuelo,y A. lud.corperal:; porque note tera licita: time bien la entrada al Confebior ; y Medico efpis ritual y porel confuelo del cfpiritu ,Llud., y, bienesdelalma? 10: Lo ctro: porg alas q cltán afligidassrio fe les ra de añadir añieció á fu aBicció: fed fra eft, que fuera luma-afficción de. las pobres Ruligiofas enfermas,el verfo. priuadas delos Santos Sacramentos de la Perñitencia; y .En+ chariitiayinititoidos parala alud; yrefeccion delasalmas , en el tiempo que te lesadmi. niítra adas demás Roligiolas:ergo,8tc. 11. Y Jo otro: porque quando la Reli. giola enferma tiene devoción , Ó particular contirelo en confefíar, o comalgar, quando lal . S Co.

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