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166 ningunacípecie de duda objetiva es feguril- fima la prática , y doéttina de cfte papel, y que ni el motivo de lasBulas,q fue de honor, y aliujo,y no d e merito de tá gran Religion; piel material fonido de las clauíulas obíla A la feguridad de efta fentencia , y más fano- recid¿ con la autoridad de Varones tan doc- tos:afsilo fiento, y firmo , Alvo in omnibus. En la Viroría de Madrid, Encro 5. de 1674» Fr..Aatonio de Herrera, 61 VisTaladudadel cafo, la refolució del,y pareceres de los Reuerendiísimos Pa- dres Maeítros fuprá feripros , me conformo con fus pareceres , afsi por fus dOÉtas, y gra- ues razones,como porque las Bulas de Gre= gorio XIV.y Clemente VIII. ca orden a efta Sagrada Religion , fueron expedidas por lu» plicafuya,y no por inconueniente que obli- galle 4 dar cíta reflriccion por modo úe caf» tigo. fino por reprefentacion,que cítos Kcues rendifsimos Padres harian á fu Santidad; y afzi como entonces podian efcularíc por cl. tas Bulas de víar de íu derecho cltando apro» bados , oy pueden ( como confta de la cof tambre)víar del que tienen antiguo , y co- mun en las Clementinas para preflentarís, y aprobados confelfíar , pues en aquella ley co. mun,ni ay excepcion , ni en elta particular dercgacion expreíla de la comun ; y no fien- do eto afsi,aun con las licencias de lus Pro» uinciales pudieran preféntarfe , y confellar, pues no es prefumibie en vna Religion tán graue,obfervante, y dotta,que yn Superior cabega de vna Prouincia tomalle jurifcicion en cofa tan graue, lin tenerla comunicada de el Capitulo General con fus Difinidores. Y deben los feñores Obifpos, viendo teítimo- nio deperfonasde tanto credito , y fee , ada mitir,y examinará (us fubditos , fin tener el menor elcrapulo:cítees mi parecer , Íalvo, 8c.En elte Convento de la Santiísima Tri. nidad Redempcion de Cauriuos : Madrid, y Enero cinco de mil feifcientos y Íeténta y quatro. INE. Tratado 3. de Penitencia. M.Fr.Diego de Salazar y Cadena, Predicador de fu Magze/fiad, Doctor or la Vnvwerfidad de Salamanca , y Melo de dicho Coma Vento, 62 Heleido con toda atencion efte pas pel,y eftá tan erudita , y doftamente proba. do lo retuelto en el,que fuera agrauño el ques rerlo adelantar mas;con que tengo por É riísimas las propoliciones que te retuslven por la praética comun , que ha tantos años quefe guarda en la Religiofifsima Congte- gacion de los Capuchinos; y me admira us cho,que aya feñor Obifpo,que dude en Elpas ña de cite eftilosy a(si entodo me conforma con dicha relolucion,y con el apoyo de tana tos Padres Maeltros , á quien conozco,y ves nero por fus muchas letras, y lo confirmoen nueftra cala de el Efpirivu Santo , de Padres Clerigos Menoresde Madrid, en cinco días de Encro de mil (ejícientos y fetenta y quás vántonio de la Parrayde los Clerigos Menores. 63 AVIENDO lcido arentamentelas refoluciones contenidas en elte papel de los Reucrendiísimos Padres Macítros tan gras ucs,y doétos , las tenemos por muy feguras en la praética, y nos conformamos con fa do4trina tan bien fandada,y lo firmamos en el Carmen de Madrid cinco. de Enero de mil (ciícientos y lerenta y quatro, Fr .Iuan de Heredia,Calificador, Y de la Iuntd de la Suprema , Ex Prowincial de Caftia lla, y Cataluña, y Prior de el €. Madrid. ; col Fray luar de Boi lla , Catedrático de Philos Sophia de la Vaiwerfidad de Salamancas Calificador de el Santo Oficio ,y Predig cador de fu Magejtad, El Mae firo Fray Francifco de Zu4xo,Ex-Dis $0? $0? $o?5 fnidor , y Examinador Synoda vár sob fpado de Toledo. 8 de IS ES IS “QS ETA [EN CON-

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