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) 1 58 Tratado 1. ¿de Penitentia. REGVNTAS E: lo primero, fi los Confe/Jores Capuchinos de eflas Promincias de Elbaña, prefentados por. los Prominciales , 5 aprobados por les feñorés Obifpos , puedeñ , co plo, confefjar con fama conciencia , y Admin: firar efte Santo Sacramento tón Juri fdicion baf tante en dichos Obi fpados donde eftan aprobados. Preguntafe lo fegundo , fi los ferñores Obi lpos podran aprobar ; 3 concede» licencia: de toni Fel]ar- ¿“dichos Capuchinos , prefentados por fus Promincias y y con patente folo de fus Prowincias- les , fiendo en lo demás idoneos, razon de dudar cólifte: lo vno, en el decretoso Bula de la Sán- tidad de Gregorio Dezimoquario, decer Sea raphicam Relrgionem,expedida en primero de lunio el año de 15091..en que le exime á los Capuchinos de confelar feglares , anulando las licencias generales, quealgunos feBlares antes tenian: para confeñlaríe con dichos Capuchinos, y las confelsiones hechas et virtud.de dichas licencias y el yual decreto le expidió , lo vno pobla quietud de dichos I S rindo lo primero, que la Religiofos, y condetcender con firs deléos;* y periciones 3 y lo otro para contirmat y y corroborar - con Decreto Apoltolico: las Conttimeiones de-dichos Capuchinos, co- mo todo fe colige, y conñfta de dicha Bu- la. 2 Y lo otro enda Bula de Clemente Oáútamo, que embieja, alias foelicis recorda. rionis, expedida á tresde Febrero el año de 1603. cn que á inftancia, y pecicion de mu. chos Ficles, que defeauan confellaríe con dichos Capuchinos ( como todo coníta de dicha Bula) moderóo la dich1 conftitucion de Gregorio Dezimoquarto , en la forma, y con las palabras (iguientes : Tra yr Mini/ler Generális eiujdem' Congrebatiónis Capateinó= mm, ODiffinitores in Caprrulo Generali con- grezáti Tin éodem Capirnlo tata, qmibul- Vis congregátionis Relibyófís ad confe[sioñes audiendas approbaris,' provt ¿pl Mini fire Generali, O Diffinitoribus Videbicur , licen- tam aúdiendi Secularinm Vir [qué Jexus confefsiones Vfque ad nom Capital: Generalis celebrarionem , UU" non Vltra, 29 fe de Can pirulo Generali in Capitidium Generale cóñ- cedere refpeétime pofsint, O Valeabt, anthos ritate Apoftolica cóncedit, 9 Impertitur, SVPOSICION IL 3 SvPONGO lo fegundo : queél Con+ felor, que con jurifdicion probable adini. niltra el Santo Sacraménto de la Peniten- cía (aun quando Fueffe menos cierra,y (e- ura ) obra licita, y yalidamente;y porcon- figuiente cun Tina , y (é2ara conciencia: Asi lo- tienen Suarez, Lelis, Henriquez, Sanchez , Rzginaldo , Granados , Bafilio de Leon , Egidio 4 Bónaciná , Filucio, y otros muchos ¿ y grauiimos Thcolozos; y luriftas, que tita y (¡gue el Cáfpeñle, tó. 1. tract. de confolémid , dilp: 30 feEb: £y des xaádas tus pruebas, que fon muciris, y eficá Ces, lo pruebo breugmente als, 4 Praebale lo primero de lá priaica pues cada día fe adwiniítra elte Santo Saéris mento con jarildicion mere probable, como escierto, y notorio, y fuefa inconveniente grauiísimo , dar por nulas tántás Confefa Írones en- detrimenco de los Fieles : ergo, ec. $ Lofegurdo: porque aqui no a1y'pcli- gro de nalidad; pórquela Igle(ia, que ve (e adminiltran los Sacramentos en virrud de probabilidad de opintones, le di jarifdicion ciertá al Minittro, y fuple todos los defetos, que en las opiniones fuele auer, lo qual noes dudable de fu piedad:ergo, Sc. 6, Lotercero; porque fi la Iglefa da ju. rifdicion “interviniendo error comun , por cuitar granifsimos daños, mucho mejor la dárá interviniendo opinion probable ; y lo JuAro , porque en víar de opinion proba- ble, ni le haze injutía al Sacramento, ni (efi. guedaño al qué le recibe, pues como dicha €s ,lá opinion probable no dá menos jurils dicion,que el érror comun;ergo,óc. SVPOSICION IL 7. .SYPONGO lotercero , que nadie, que fepa en que conlifte la razon «de pro- babilidad , puede negar (er probable la Opi- Pion, que afín, que la facultad conces dida a los Frayles Menores en la Glemen- tina Did, de fepulturis, Y por otros pri. tilegios no eltá derogada, relpbeítode los Capuchinos; en orden á conteílar feglares, por las Bulas referidas arriba de Gregorio Dezimoquarto, y Clemente Oétano, yá pot los muchos, y graues Thcologos que la ¡le tian,y yá por los fundamentos fuettes,y mu- Chos en quela fundan. 8 PucseH quanto á lo primero, lleuan dic'11 opinion feis hombres muy dotos, que Cita, tácito. nomine ; nucítro muy Reueren- do Padré Fray Leandro de Murcia en la queftion quinta, fobre el QUÍNIO , amer. 3. Lem,
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