BCCPAM000508-1-08000000000000

Confulta 30 Ni obíta ,( dígas lo fegundo; que Vrbano VIIL. en el principiode tir conítitu- cion refiere la conftitucion de Clemente Vilí. que quia declarado lo miímo 5 luego, aquel locum minime habuifJe , meque habere, deberá refericfe á todo el mempo anteceden» te,defde la dicha conftirucion de Clemente Y L.ergo,8Tc. 81 Porquerefponderán: queno fe de- be atenderá las claufulas;, que (e traén en la 1arratiua , fino folo á las quete poned en la diípofitiua, cómolo tiene con Roba fo ¡ dicho Ftay Luis de la Concepcion; atte, libr. 1. tractar. z: de Clawfulis 19 common, maumer, 3. in fine.pag, 23. Ademas, que di- cho Vrbano reficré dicha confitucion de Ciemente VIII, para dar á entender , que no es el primero, qué haze femejinte decias racion ¿(o que antes trgue en cflo loable. mente las pifadas de (is ánreceílores , como lo esprella el mcimodál principio de dicha conttivucion ,ibi: Dignum quin porras debi= rm repitumos , VE eorindem Ponrificam Yes ligijs imhierentes , Fe. lo qual bucive á re- pour delpaes:Prefare que Clementis predecef= foris declararion; imberentes, Fe, 2 y aia $2 1: Ni obita (1 digas lo tercero , que def pues de aucr referido la conftitucion de di- cio Clemente, dize Vrbano V HE-en lá lu- ya: Nibilominas $ ficue nobis, non fine. animi ro0/tri molejtia, imnotmo, moral: Ordimis Frá- sum Prelcatornm profe/Jores pretexto Bulle ciujdem Sancte Cruciare, ac dictorum imdul- rorim ConfefJarimon biwiufmodi, qui: eos, Vi pre. feriur y abfovar eligere pofJe pretendan: , O forjam.eligan: , etiam ad prefens , Pe, luego parece que abla de todo el tiempo anteces dente defde Clemente V 1. ergo,óte. 33. . Porque relponderán ; lo primero, que la dicha claufila , adhuc , eftá endana- rratiua, y no en la difpofitiva, y por con- figuiente, que no fe debe atender: lo legun. do , que alli habla folo de el tiempo pre- fente, como confia de la mefma claufula referida: Prerendant, 7 forfan: eligamt etiano ad prejens ; no dize, que pretendicron', y quizás eligieron ,- fimo que pretenden , y quizás eligen , conque eta claufula añás fa uorsce el intento de lo que le va defendien- do, que el de los que lo impugnan. $4. Á que le añade : que fegún Lean- dro del Sacramento , tractat. $. de ponia sent. difp.12:quefk 58. in refponf. ed 3. con Lugoá quien cita > Yrbano VIH. hizo la dicha conílitucion , motiuado de la decia. racion, que por Ediéto publico hizo el Co- mifario de la Cruzada en el Reyno de Por- tugal (lo qual fe ha de entender junto con la pretenfion de los Religiofos , que (e exprefla cn da claufula referida ¿3 ) y por ello des Quinta, | 137 quitó a los Comilarios de la Cruzada la licencia de interpretar *, y decíarar de otro inodo la Bula de la Cruzada : fed fic eft,que la declaricion de el Comiila. rio de Portugal, fe hizo en fiere de Mar- 69), de 1030. como fe dixo fuprá , en el aamer. 29. y 13 dicha conititucion Vrbana fc'expidió en veinte Y nacue de Tunio d+ el miímo'año 1630. Vn'año defpies ¿qué di- cho 'Vrbano concedió la feguada Bula de la Cruzada, en la" qual concefsion fué ú in- rinciols excluir á los Regulares de el dicho isidulto de elegir: COMfollos pará los reler- vádos (+ auiendolos tociiido en la primera, cómo alli [e exprefli 5 y quizas firelaalala exprelía , [mo cor: lás Sencrales” folo;) lue- go dedicir claufula artes (e infistés que la sántidad de Vrbano Tibia fo!o de las confefa hoñes hechas en el difcurlo de aquel años que de todas las hechas por efpacio de los treinta años antecedentes;ergo, $e. 85 * Ni balta fídig1s lo quárto; qué en la difpofiriua, folo ferexceptua el quinquenio de lxprimera Bula de Vrbano; luego parece, que habla de tódo el tiempo antecedente défile Glemente Vill.erdo,Scc. , “86: Porque refponderán : qué declarin- do, como declara, Vibano VII. lu inten= cion-particulur 5/def?, en quanto a las Bulas, eindultes particulares, concedidos, y que auiade conceder por todo el tiemoo de fu vida, que elo quiere dará entender en aque láclanfala : Perpetuo declaramms 5 Como (e dixo arriba, numer. 63. de todas, pues las dis chas concesiónes porel tiempo defi vida, excluyélolamentela primera Coficelbiion , O el primer quinquenio, ibi : Extepro dunta- xar ¡llos quinquenio, qna littere noftre, ve pres fertur, deráueruñ: 5 para lO'qual es de adver= ir, que cada concefsion dé la Bula duraua por elpacio de cinco años; aunque ya fecon= cede cada feis años , fegun Leandro, vbi (4 pra. y ad quinium 5 y afside dicha claufula, Y excepcion nada puedeioferirfe, y menos có- cluirfe , contra dicho modo de defender elta tercera fentencia, 87 Ni baíta ( digas finalmente: que aquellas palabras : Bullam Crutiate , lócuné minime habui/Je, neque habere ¡mec ¡lis (idelt Regularibus3 faffragari pormi/]e, neque pofJes pueden cltenderfe de fuyo haita el tiempo de Clemente VIE; y entenderé de todas las contelsiones hecias en elle ticinpo : ergo, dic; sa Porque refpondetin,lo primero, que tambien pucden entenderfe ¿y fe verifican baltantemente de folo ci tiempo,y concefsió mesdo Vroano VUE fir neceBitár para yerificacion de eltenderíe 4 ' los tiempos de -los Pontifices antecefiores-, de ex- fe M3 pa-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz