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J 124 elaf.3.rodo lo. qua! es de Villalcb, rom. 1.£+. 2: de la Bula de la Cruzada yclamf.9.5 2.8135 p4g.004. e la 6 .imprelsion hecha en Madrid, año de 1640.por ¿a mitima leneencia cirana Vii¡alobos Dian .y Leand.dél Sacram,ybrin- fra,y la debio de. llenar ablolutamente en la primera imprebsion,sum, 12.donde le citan dichos Autores. Y aun en e(tá 6.la defiende; y dá baltantemente á entender [er probabie, y fegura in praxi , auhque por vltimo es de fentir fe Giga la contraria por mas fegura. Lo miímo tiene Q¡intanaduenñas, Tho- más Hurtado,Martin de San loleph, Delga- dislo,y otros , que cirá el dodifimo Moya, en fas Quelt.lcicA rad. 3. de penñicene.di fp. 8:5..1.num.1t, y lo milmo tiene Geronimo Garcia con otros,en lu Politica Eclefaítica, tom, 2trabt.0. difficult qoduda7. puntk.4.». 27928. pagmibi 3130 0, 2. Elta mima lentencia tiene por pros babie, y fegura en practica Diana, parr,. tabt.11,refolur, 14. citando á Villalobos, y á los citados fupra : Elta miíma tiene Tru- llench , a quien cita fimul con los de atriba, Leand.del Sacrament. rómis i. de ltent. tralt,5.queft.6 o. y dizesqtie dichos Doéto- resentienden: lo dicho-,ddhuc imvitis Prel4n tisyy Thomás Hurtado , apud predióbum A») thorem,praeba , quedicha opinion no esim- probable : y. el mitmo Leandro ¡bi la tiene porprobablespues lolo dize ¿que la contras ria lo.es mucho mas : y finalmente lleéua di. clia fentencia. el Padre Fray luan Henri. quez,Agultiniano,en lus Pons pradis cas morales.Seccion 49.944/t.S mm. it. pag, mil 421 .dondeademás de los citados en el numero antecedente, dize, que en favor de efta opinion cita Luis de la Cruz, á Bañez,i Fray Luis de Leon,a Mendoza, y á Zumel, el qual dize, que eíta opinion es verdadera, avirique fe tome la Bula (ín licencia del Pre. lado : y en clmam. 12. cita porcíte fnrira otro Varon de tanta opinion como los cita dos fupra,con quién dize, que loconf::Itó, y que le relpondio , que el comun fentido, y accepcion de la Bula era ¿que pudiciten los Religiofos víar de ella para doscalo3 refer V3idos. 3. Y larazori en que (€. funda efa Opi= nion es : porque aunque es verdad , Que los Pontificesá inftancia de los Padres Carme. litas Defealcos declararon, que los Religios los no pueden gozar del privilegio de la Bu la para elegir Confelloress fina cor licencia de lus Prelados.Elto (e ha de eñtender de los Gonfeflores de fuera dela Reliyicn,y no de la miíma , como live en iareiacion quele hizo al Papa Elemente V 1H. que fue con las Lizuientes palabras: Et eorum pratextw eli guns Confe/Jorem aliquando práter eos,qui a fis Pra> Tratado.r. de Peñitentia. Laris corum confejsionibes depurar; funt $ quod aliguanio in fpeciale cormm. Vergir dertimena tem : delasquaieste infiere el tundamento; que tantos y y tan granes Aurores hanteñido para llevar elta Opinion. 4 A cierras autoridades del Derecho Ganonico , que cita contta eliá; a opinion contraria; Relponde Henfiquez Ausuítinias DO, Y0; fupr.num. 12. que ho hazen fuergaj por auerte tecivido la Bula ea ce modo; y con elta accepcion vniueríal de das Retigios ncs.Y á otras objeciones que fe fucleh hazer Contra clia fenrencia,ya tomadas delas coño Celsiones Pontificiasantiguas, y declatáctos hesde Cardenales; ya de las nuevisdé Pio V.y Clemente VII. y yá de vias Palabras de la meínia Bula , relponde, y tacisface balá tantemente Villalobos , ybí fupra , viderila lun. 5 Y (1 finalmente (e opulicre la Bula nueua de Vrbano VIIL podrán reiponder que le debe entender como la de Clement y Vl1l.pues noes másque vna innouación de la mieíiia, como le dizeen el titulo de dicha Bula Vibana; o podrán rélponder , que la ta Bulá de Vrbano VL. no le publico, intimál hi acepto en Elpaña, fino que antes bienfes fuplico de ella al melmo SumoPontificé por el Comiflario General de lá Cruzada; de op den,y mandato de nueftroCatoliciisimoRey: Felipe Quarto,de quo infra, SENTENCIA 1 6 La fegunda fentericia dizc:quelosRé: gulares pueden en virtud de lg Cruzada ele- gir el Confeflor que quifieren para quelos: abluelva de los cafos refervados 41 Pontifice y al Obilpo,pero no para que les abluelva de los refervados en la Religion ¿ AGí lo tiene uintanaduena s,en lus Singulates,tóme. 1 4d pen:t.Sactám.tr .z. firgnlari13.¿n y Jí- gulari 36 24M8.3.5 4. y lo milino tienecon Candido,y otros Garcia, en fu Politica Ecle- fialt.tóm:2 .tr.10s df. dud.7.puncr, ¿.n.13. pag.310.fundaníe:lo vno en losProcmios de las Bulas deClem.VILy Viban.V IL. quelo pe aentendera(si y lo Otro, en quelasRe- liziones folo han pedido proliibicion de los que ellas relervan,como cofá importanited* laobediencia ; pero en los demas no fe po. nen 3 porque nd jazg3% por ihcoñueniente elte,como ¡o juzgan de los refervados en la Religioniy comnalos Pontifices ho preten- dan mas que acudir al confutlo , y pericion de las Rel igiofheszde al coligen, queno €s (il intencion prolmbir lá ablolucionde ef tos calossfinó lolo la de los Iclervádos en las Re. ligiones, SEN-

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