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110 mul , que la duracion es ciréunftancia que fe debe zxplicar en la confelsion, para que el Confeilor pueda hazer juyzio de el citado, y conciencia de el penitente, ni feria hereti- ca dicha alfercion , ni la ¡falrarian patronos ( pues lo han de llenar precilamente todos los de la tercera fupoficion, y aun los de la fegunda) ni (eria tampoco contra las buenas coltumbres:la primera,y fegunda parte conte ra baltantemente de lodicho. g Y latercera parte, en que parece po» dia eftir ladifículcad le prueba; lo 1. porque de elta fentencia ningun inconveniente fe puede confiderar, y feguir contra las bucnas coltumbres; que no le (1ga igualmientede la fentencia quetiene lo dicho en quantoa los aétos internos de la voluntad,que es lenten» cia comuniísima,y muy plaufible,como ques da dicho en la primera fupoticion;lo 2.4 pa= ridad dela fentencia que afiema, que la mus ger publica baíta que diga enla confebion el tiempo que cltuuo en elte eltado expucíta 4 todos los pecados deshoneftos , que pudiera cometer, (1 que fa necefiario dezir el pume ro de lasculpas; la qual opiniori es de Naua- rro, Toledo,y Henriquez : y lá razon en que fe fundan es 3 porque con lo dicho explica baltantemente el eltado de fu conciencia, y delitos , y tan expreffamente como los de- mas pecadores,que dizen el numero: lo mifs mo tiene Fagundez por probable , añadien= do , quees neceilario declarar los inceltos; facrilegios , y fodomias +. ergo, Sc. Elto fientoy/obre dichadificultad : Salvo in omni- bus meliori indicio non folwwm Ecclefie , fed Eccle/14 DD. 9 Pero es de advertir , que lo dicho folo tiene, O puede tener lugar en el rigor de la meraphifica para falyar dich2 propoficion via vez alferta ¿ pero nopor ello fe entienda fer lícito reducir á practica la tal opinion , o doátrina elpeculatiua; antes bien feria digno de grauibsima reprcheníion ciConfellor que quilicre reducirla d praxi, o que tenazmente la defendiellosy afsi fe debe tener omnino , € dicho penitente cometió taritos pecados, im genere mortis , QUANIOS aítos exteriores tuuo con lamuger:Imoyaunque las dichas copnlas huuielen (ido fuce(siuas (in interrapcior mo ral,no por dicha moral continuacion coníti- tuirian yn folo numero pecado, in genere mo- “ris, Ímotantos quantas fuefien las copulas: aísi jo tiene dicho Padre Macftro Moya con la comun de Theologos, que/h.3.$.2.14m.3. y la razon es , porque en el [entire comun de todos los Doítores, muchas copulas no fe re- puras por partes de vn meíma accion huma- na, fimo por acciones totales , y totalmente dixerfas:lucgo uo folo en lophiíico, y ¡meta- philicoférin muchos pacados numero die Tratado 2. de Penitencia. tintos, fiño tambien en lo moral , y enel mo- do humaño : luego noay por donde efcufar la maltiplicacion de pecados en orden a la confelsion:ergo,X€: ro Ni baíta dezir lo-primero , que. mis chos homicidios fucelsinos,' hechos ¿on vna continuada accion no conftituyen mas que vn folo numero pecadoeñ fentencia de Luis de la Concepcion, Leandro de el Sacramen- to , Zanardo, y otros ; luego lo mefmo avraá de dézirie de muchas copuias fucelsiuas por razon de la continuacion mofál. ri Porque fe refponde fer filía la doc. trina de el anrecedente $ yla razon. Cs , por que cadá homicidio delos dichos es aíto completo, y total , y ninguño de ellos.es Ca mino paraelorro; ni enla eltimacion mo» fal tienen vnidad alguna entre (i , fino que cada agtoide aquellos es confumatiuo de ( pecado : luego como vn aíto fuceded otro, aísi tambien vn pecado lucede á otra : ergo; Sic. 13 Nila continuacion de el tiempo puede vniren el ler moral acciones, que en íu orden fon ablolutamente completas, y adequadás , y que fe mandan a la exccu- cion por dínerfos actos de voluntad ¿ dun. que procedan todas las tales de vná unica intencion; y la razon €s, porque cíto mefs mo puede daríe en actos pertenecientes d diueríá efpecie; como fucedería , fi vro con vn mefiño , y vnico aéto ptetendicífe la fornicacion , el homicidio, y el hurto ;y defpues fuccelsiuamente los pulicíle en excs cucion ¿3 y con todo eflo , ninguno podrá dezir , que de todos aquellos actos refiltas ría vn pecado en idiuiduo , perteneciented muchas elpecies: ergo, óc. 13 Ni bafta dezir lo fegundo , que lg vnidad de los pecados fe kia de tomar de lá vnidad de las acciories , y no de la vni. dad de las perlonas , úu objeptos á- quefe terminan ,comolo defienden Suarez, tom. 4. 153. parc. difput. 22. Ject. 5 númer.34s Lcandr. de Sacrament. tom. 1. tract, s.difpo 3. $. 3.quefl. 19. O fequentib. Fagund.z, Luzo , y otros varones doctios : luego el que con vn folo adto de voluntad deferfe lc matar muchos hombres, O tener copus la con-muchas mugeres, O muchas Copu. las con vna , no por ello cometería mas que vn pecado , ¡mn genere moris , ni ten. driaobligacioná explicar en la confeísion aquella cireunftancia de los objetos : luego a lo menos en quanto 4 los actos Íntef. nos fe debes tener ablolutamiente la doótrina de el primer [npuetto. 14 Potque fe refponde . quela vnidad, o multiplicidad de los pecados no fe ha dle tomar folamente de la ynidad, ómul- tl-

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