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03 Tratado 1.de Matrimonio. en tlalguna efperancade enmienda: Afsi lo tienc.cou Henriquez ¿Suarez , Reginaldos, GianadossSanciez ¿Lugo, y Azor, Leandr. queft.40.y con Grafhs, Coriolano , y Lopez; Gauro Paláo:tom.1: trabt.2. di fput.2. punce. 0.5.3 .»umer;:17 contra luan Sanchez, im fe- lech, PROPOSICION 60. DE Innotcenci0. ON elto quedará tambien eñ- tendida, y explicada d< palo la condenacion de la Santidad de Innotencio X1.4 la propoficionoo. la qual toca en el propoífito de la enmienda, y €s de el tenor (1 guiente: 60. Penitent! hábents confwetudi- nem peccandi contra legem Des , RÁtUrE , aut Ecclefia U* fi emendation:s fpes nulla appas rear nec eftneganda ,nec diferenda abfolwr1o, dummodo ore proferas, fe dolere, Y proponere emendarionem condenada: tos * Noxondena, pues , aqui fu Santi- dad, ebablolver fiempre que al Conteilor le coníta probablemente , que ay firié pro» poíitode laenmienda , y haze juyzio pro- babie de elozino folo prertende,que el Con felorpara darla Entencia de aotolucion fe aflegare probable, y prudentemente , por [e ñales lenííbles,que ay alli verdadero ; y efi» caz propofitode la enmienda , y por ello pi- de dicha condenacion , que no fe ellcá lo marcial de fu dicho de el penitente, 04 que eltedize con la boca que le enmendara, fino quedebe ver en el otras fenales fentibles, que hagan probable credulidad de que el di- chopenirentetras verdadero dolor, y Verda « deropropolito de en nendaríc , con lo qual fecompadece;el que fimul haga otro juyzio tambien probable, de que por tu fragilidad ha de bolver á caer. 109" Con que lo que formalmente es condenado emdicha propoficion , es : el que fe aya de eftar á (u dicho. material del peni- tenteso 4 que lolo diga con la boca ¿ quete ducle,y que propone la enmienda: y que con etto foto, tin orras feñales fentibles , que pro- bablemenrte funden elperanca de enmienda; aya de fer abfuclto. tio Delo qual fe figue; que (1 el Con- fefior vielle al penitente con tales lagrimas, amarguras, y ofrecimientos muy ferios de hazer quanto ¡e fea polsíble,con avunos,ora= ciones, penitencias,o por otra vía nueva ,pa- Ya no cacr,de tal fuerte y que conociele cla roy09 410 menos probabie y, y prodentemen- te que el provofito no estula' de boca, lino de coracon,no teria elteet cafo defacondes nacion:potque en ete ya avria efperanica de enmienda , como bien Lumbier fobre dichx LO7 ; > propoficion,tom.3. RMEr. 1999. infine; 111 Anado em;,ero : que el Conrellor, aunque nio en fuerga de la condenacion , pe. ro ti en fuerca de la razon , podrá prudentes mante por cl oncio de Medico , y deberd hegare la oblolucion tal yez al que tiene cotrumibre de pecar ( aunque crea, que tras Verdadero dolor , y proporito de la enmica. da,no folo bocal, fino de Coragon)para Cante. lar por ele medio las naeuas caidas, que (atenta la coftumbre, y fragilidad del ral pus nitente)tan proxima, y quati incuitablemena te amenacan , aplicandole por cauterio mes dicinal , la dilacion de la ablolucion. por als gunosdias. 112 Y fiopuíieres : que no es medicina el negar la ablolucion,ni el dilararla, porque imas tortaleza dará la gracia del Sactamento para ño pecar , que puede dar el tevror dela ablolucion, o fufpendida , O negada ; ergo, Xc. 113 Relpondo: que para vna coftumbre endurecida, vale masel cau:erio,que el ¡ente tiuo,legun aquellode Dauid:imple facies es yum ignominid (7 querent nomen rm Dom» Me:y que tal vez puede con ella mas el tera ror,que la gracia del Sacramento, no potque eltano [ca de fuyo mas poderofa ;, fino pote quelo lerá per accidens , port el obice de la deprauada coltumbre, y fragilidad del litges to,que le dexa llenar de ella, lino fe le aplica medicina que le duela,y le caule confulion, y que le haga entrar mas dentro de [i para res primiele , 11 quiera por o verle confulo ,y aucrgoncado otrá vez. 114 Peroes deadverrir , que elto fed be entender, no como en la oca/jon proxima, queay obligacion de quitar , de la qua! dixje ios, fupri deíde el num-3 9. hata cl 100.que rara vez le debeablolveral que eitá en ella; linque primero la aparte , fino con mucha mas latitud ¿juyziode el prudente Confele for. : 115 Advierto lo fegundo,que fegunHos Zeslobre dicha propolicion 60. nm, 9. CON Azor á quien cita , ño [e tiáde víar de dicho remedio, (1 primero no.huuicre fido amonele tado el penitente tres yO QUÍTIO VEZES.EN OF+ den á dexarlamala coftumbre - y que elte pareter no fe compretiende en la prohibl= ciofi de dicha “coidenación , lo qual tengo por cierto cori dicho-Áutor: porque la dicha condenacion habla folo de los que teniendo coftambre,no ay en ellos elperanca de la ena mienda; fed fic eff,que para que no la aya, es mencíter perfcuorancia, y repericion de cul» pas,delbues de aucr fido amoneftadospor el Confeffor,comto-lo tiette dicho Aurór , y lo dióta la prudericia:ergo, Se. Y atsi nó áuiens doprecedido dichas amoneltaciones ,. dize di-
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