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Confultz Septima. 55 10m . 1.de [u Sum.tr.x.dif7 m3. y lo prueban, ex cap,Licerex quadam fin. de tcft. 7 arteft. fiendo la opinion que aqui defendemos de tantos DD.y teniendo if favor tantos fun- damentos probables como quedan alegados, deberá fer preferida á la opuelta, 4 lo. menos vna vez confeguidata difpentacion , y con- tráido el Matrimonio ia facie Ecclefia, y mas no teniédo,como no tiene la contraria 'texto expreflo Y (u fanor, alias, muefircleterg:c. 20 Y finalmente lo otro,por los múchos; y firertes fundamentos,que deftamente ale- ga el Autor del primer parecer,que ellos fó+ los baftauan para hazer intrinfecaoanté pro- babié efe opinamento:ergosóte. 13 21 Delodicho fefigues que el tal cons trayente que haze lipregunta, nodcbe Pros clamar en el fuero externo al cftado,y liber tad del ce/ibrro: lo Vnoy por el efcandalo qué ciufaria 2 injaria del Oro contravente,4 etta en piciidapofiifiion;ypuede mantericile en ella cón Buena fe, v Peguridad de conciencia: 52 Lootro,porque-todo lo que puede alegar 4 favor del celibato por la dicha fupo= fición ¿e copula gúeno hato) fon 10lo razo- nes probsbles, y la contraria opinion proba- bles fed fic ejk, que los derechos del que pofe Re el Mirrimontono fe diben diíminuir pot probanca fOlamente probable , como confta, ex cap Cum d nobis,de reftib. 7 atreflariombus, comobien Palao part. 5. de fponfalib. de fp.3 ¿ pnit.2.5.5.num.4 CON Sanchez , y otros: ct- go,3c. 23 Niel fertan parientes,y tencr pádres la feñora, es argumento de que no fuefte la nota , y eftandalo tantas filas acciones, la frequencia, y ocalion dauañ dá entender otra colasy mas fiendo gente moga, que fe tenian cariño,y tratauan de catarfe , en los quales el meímo parentelco podia facilitarles laco- municacion, que alias no les fuera tan facil, de que fe han vilto no pocós exempiares. Y afsi podia muy bien nacer dicha nota de la frequente,y folpechofa conuerfacion con el tal pariente. 24 Ni el tener la feñora en zquel tiempo otros cafamientos,es argumento concluréte de que no huuicfle infamia:lo-vno,porg qui- zás los tales calamientos eran en otro lugar donde no eftaua difamada dicha feñora,có lo qual cabe la infamia refpcétiua en el logar de fu habitacion,la qual bafta, ex confe queti doétrina de Sanch.Jib.S .di fp.19.%2.13 14.de Fr.Luis de la Concepcion, vb: fmp.y otros mu chos:y lo otro,porque aunque los tales caía- mientos fueffen en el mefino lugar,pudieron los pretendientes atropellar con efe defec- to,0 por fia ciega paísion , O por otros fines, como fe ye muchas vezes : yo he conocido fponfa lib po num. 7 y lo racímoVillalob. 4 4 Cauallero con habito en los pechos cafarls con muger,cuyodefetto en langre cra bien notorio,y calificado,y que no podiaignorar- le el dicho, folo porque la ral feñora tenia que comier:y «muerto el talCauallcro,no la faltas róotros pretendientes do calidad ila mefinz, 25 Ni baítadezir:; que ya por lo menos no auta caula parada ditpenfacion: porque la caaía vnica porquetfe mucue el Pontificea dicha difpenfacion,y á (emejanres, essgue la feñora'ne máneat imupta: luego fi la dicha fo. nora tenia otroscálamientos entonces. eo ip- fo,ceLo la cauía final :ergo, 80, 26 - Porque ferefponte:lo 1:que aunque Ja leñora topeotros cafamientos iguales,con todo eo £1 ton fuera del lugaren q imbita,no por eflo ceda lacanífa final, conio lo tiéne, y bien,con Manuel Rodriguez Gallego, y Hen= riquez Sanch2z,Vbi fupra, num. 13. y conftá dé vna declaracion de la Sagrada Corngre. sación deCardenales,queallirefiere:y la ras 20n es:porque fuera cofá dutifsima el 'oblis gará la tal leñora d que cafaffo fuera de (ul lugar,y por configuiente á quedeñimida de el conforcio de padre,madre;v pariéntes, país fue yna vida folitaria, y acerba: 27 Reípondolo 2.queaund la tal leño. ra topalíe otros calamientos dentro de firlu- gar, con todo ello podia fabliltir adhxc la cani la final, y fuficiente para la difpenfacion:pues podia fer,o quelos tales 10 £reflen iguales á dicha feñora,o que dicha feñora no quilicle cafar conminguno delios, porjultascanfas, O porque no la'agradauan , como'bien Luisde la Cócepcion,imExam Verit.tr.1.caf.14, 4.10. pac.mihi 46.y Sanch.con Otros, ex confequen- ria doctrine,vbi fup 2.14. v la razon tomada de! miímo,es : Quia cum matrimonia debesnf elf libera, O múlras comdisjones exigant,vt ¿ón venientia.(7' paria ¡udicentur,expedit Valde, ne femina ad vnum,vel alrerum coniugium aréte- rur: fed fint Varia; ex quibus ci detur optio.Y G (ca grandemente conuzniente al bien'co- mun,que los Matrimonios fe celebren entre iguales, lo prueba latifsimamente Tiraq.in Í, s.connubial.a n.1.y lo tiene dicho Sanch.cot Henriq.Graf.Nauar.Vega,Galleg. Ledeíma, y otros, Vb: fupr.num.12. 28 Añado:que aungue dicha feñora to- paííe igual cafamiento afsi ¿con todo eflo í1 pordicha nota no topaffo igual cafamiento á lu primo,que queria cafir con ella , avriide dezir,ex confequentia doftrine, que lubliftela canía final. Nanarro¡Pedro de Ledefin.Graf. Manuel Rodr.y LuisLop.citados por Sanch, vb fupr.n.17 . porque en tal. cafo , aunque la infamia no ferabíolura,y fuficiente para con algunos , lerá 4 lo menos refpedtiua , y fufi- ciente relpedto de otros, y por conlíguierte fuficignte para la difoenficion en fenrencia Ga de
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