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D:! Derecho de Privilevio de lts FF. ¿oe, 8 Hallarafe ¿a Bula eh Laercio Chernbino,tom.1 yes la Bula 2.de 435 dicho S wo Pontifce,p49.mibi de la fegatrn ¿a imprefsion 125.5 de laimpre/sion 3-pag-146.J en el Bular.de Rodriguez, Bula 7«pag.Lo0. RESPVESTA L DE EL R. P. Truxillo, 9 Dize el P.Truxillo fobre efte punto, Nopjá ble 1 ...8.pag.1o.que el PapaNico!ao 1V en dicha Bula no dió precepto para:que dicho Tercero Orden ex vi pracepe eltuvielTe fubo rdinado,y fu guo á los Frayles Menores , fino que folamente. dió en ella vn fimple,y voluntario confejo 4 lós profellores dél,para que elVifitador que avian- de elegir de qualquieraR eligion áprobada,lo eligiefa Sen fiempre del Orden de losMenoreszy dize, que lo dicho escola manifiefta ; y añade: que elto no ponía obligacion alguna, ni por efe confejo que. cava el Tercero Orden lugeto 4 los Fráyles Mez nores, fino fiempre libre para admitir ; 0 noel confejo , y Gaun de ñecho no lo admitierón fus profefTores,antes lo contradixeron tán obltinada. mente,que publicavan 4 figuiendo con elte adita- mento efta Regla,no fe podian falvar ¿ y que afsi lo refiere Nicolao 1V. eñ otra Bula que dió para Loffegarlos,que empic 22:Vnigonitus Dei Eiliws. 10 Sed contra fic:Lo 1 .porque quando diellel mos,que lo dicho era mere confejo, y que no por ello quedavan obligados ex vi precerti,d fugetarfe á la direccion de los Erayles Menores ; con todo ello no fe padrá negar,que lo contrario feria có. tra la intencion del SumoPontifice,que aconfejas va lo dicho en la mefma aprobacion de la Regla Cl yá no era punto de la mefma Regla, y ordenaz= cion del Serafico Patriarca, Autor dellá) y afsind Te podrá facar confequencia de elfo, que fea mas fuerte contra dicha direccion de los Fravles Me- nores,que contra todo lo demás q (e contiene en dichaReola,como conftárá de lo que luego diré: Arqui-dich » PadreT ruxillo,no querrá defobligar dm toram ¡ dichos Terceros de todo lo contenido en dicha Regia, y 4 queden tan libres > y eflempa tos della,que no queden con alguna aligacion d la Regla que profeflan:ergo,8cc; 11 - Lo 2.porque todo lo que le contiene en dicha Regla,es de confejo folo, y que no obliga, ex vi precepti A pecado alguno, lino en quanto alias eltán obligados por la Iglefid ¡ O preceptos Diyi- nos,como lo probé en mi libro de laTercera Or. den,tr.1.dif.14.y lo indica baltantemente dicho Sumo Pontifice en el cap.vitimo de dicha Regla: Luego (i náda de lo que ay en dichá Regla tiene fuerca de precepto por virtud della., fino de con. Lejo folo, qué maravilla quedafTe tambien en folo cófejo elta direccion?calo negada que afsi fuelle: Luego de aqui no puede facarfe confequencia có. tra la direccion de los Frayles Menores, que pre- tendemos,que no pueda facarfe del mefmo modo contra todo lo contenido en la Regla, pues nada della obliga,ex vi precepri,d es la refpuelta deTru= xillo:4rguizelto no obítante, fe dize, que los Ter- ecros eftán fugetos 4 la Regla:ergo,$c. 12 Lo3.porquelos confejos, yamoneltacio- Conjult Tom. 4; nes de los Sumos Pontifices , Suelen tener algunas vezes fuerga de precepto,como lo notaró laGlof. y Archidiacono,in cap. Revertiminisin verb.Elor tor. 16.91. in Clem.t . in verb. Exbortamur , de deftib, cum alijs adduétis per Tiraquelum de peenis tema per.cauf.35.0.4.8 loq Sedfic ef, que fi en algun calo tiene lugár lo dicho ; es en el que vamos ha blando:ergo,é8te, l 13 - Pr .min.lo vno:porque fi en algun caloha de tener lugar dicha doétrina,ferá en cafo,que lo que aconfejan dichos Pantifices,lo aconfejen con maximo defed de que fe pónea: en execucion; Sed fic eft,que elto pafía en mueltro cafo como el mefmo Pontifice lo teftifica en la Bula Unigenitus Dei Filius,n. y.por las figuientes palabras ibi: "0= niam cupimans vebementer buñu/modi noftrum falubre Confálinm ad impleri,F'e.ergo,$c. 14 Lo otro:porque a los que refiítian a dicho confejo los llama hijos batardosde lalgleña, yde S.Erancifco,d que degeneravan de la dichiaBilia. cion,por las figuientes palabras, ibid. n. 4. Verum quia prob. dolor nonnulli ex Ordine pradiclo Ponitena eur, Ecotefia, Confeforis corumdenk de generos filij advuerfuin perfaafionem, $ Confitism buiu/módi confutr= gentes, Fe. Y enel n. 2: degavadichio, qule:es me- nelter ir 1 la mano 1los que refilten 1 las ordenas ciones de lós Póntifices, ibid, Ne fúcce/fores civfdem Principis ordinazionibus,vel doSrinis minorando derras bane,vel quoquomodo labijs-derractionis obfiflane, cuma Jecundam Apoñolum Ordinacioni /ie obvias qui poreflari refijtie; dando baltantemente 4 entender en co, 4 . dicho confejo, avia fido ordenacion Apoltolica equivalente a maándato;ergo,8zc; !5. Lo 3:porque dicho Sumo Pontifice di fu bendicion Apoltalica alós que abragaren dicho confcjo,y les haze dignos, y participes de losPri- Vilegios,concedidos porlaSillaApoltolica,ibi: n; 5.Omnes qui lud fufceperine, dr ad implevérine reve= henser,Apoltolice, O noflre benediótionis gratiam ama plins confeguantar Ó gandeántP rivilegijs cifdemOrdi mis Penitentlum ab eaderm Sedo concefsis, Ó' impofterum concedendis.Como negando dicha bendicion, yPri.- vilegios d los que no executáren dicho confejo: ergo,8rcá j ! : iS 16 LO 4.pórque adbuc,en el cap.16.de laRe- gla,referido Íupr .n.6.lo di baltantemente 4 enté- der dicho Sumo Poritif ice:pues por vria parte dis ze,que no quiere en manera ¿lguna,que los Vifita- dores de dicha Orden fedn Seculares , fino Reli> giolos de alguna Religion aprobada; y como por otra fuera monftrofidad contra la naturaleza , 9 contralo que diótan la equidad, y la razon natd ral,el que los Terceros fundados por S.Eranciíco, tuvie/lenGovernador, y Vifitador de otra Orden, que de la de,S:FErancifco fuPadre,yFundadorsdi- ziendo,como dize alli; Pepo por quanto ella prefen- te forma de vida tavo fu inflircion del dicho B. Saá Francifco , aconfejámos , que lós Vilicadores ¿ dc. 094 ' Di
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